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              32 Description archivistique résultats pour PRESOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0003-PC_0003_0002 · Pièce · 1643/11/23
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Ante el Capitán don Alonso de Peralta y Mauleón, Alcalde Mayor de la villa de Córdoba, Corregidor del partido de Huatusco, pareció don Agustín de Sotomayor, vecino de la ciudad de Oaxaca, estante en este pueblo, y otorgó escritura de venta a Luis García Camacho, vecino de este dicho pueblo, de un negro llamado Manuel, portugués, de edad de cuarenta años, el cual vendió por esclavo cautivo, sujeto a servidumbre. Dicho Agustín de Sotomayor lo entregó en la cárcel pública de este pueblo por haber estado fugitivo y habérsele ausentado de su servicio [roto].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0082 · Pièce · 1718/10/24
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de haciendas de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, se obliga de pagar al Capitán don Fernando de Carvajal, residente en esta villa y vecino del pueblo de Orisava [Orizaba], a saber 200 pesos de oro común en reales, mismos que le [debía] a don Francisco Ruiz, maestro de herrero, porque fue preso en la cárcel pública de esta villa. Cantidad que pagará al susodicho de la fecha de esta escritura en dos años, llanamente y sin pleito, pena de la ejecución y costas de su cobranza.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0043 · Pièce · 1698/04/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Marcos Fernández, vecino de la jurisdicción de esta villa de Córdoba, dijo que habiendo sido mayordomo de la hacienda de fabricar azúcar que posee el Capitán don Joseph de Leiba Esparragosa [José de Leiva y Esparragosa], Alcalde Ordinario de esta villa, en el ajuste de cuentas de datas y recibos de los dos últimos años que sirvió en el ministerio de tal mayordomo, fue alcanzado en cantidad de 390 pesos de oro común, por los cuales el capitán puso demanda en el juzgado de esta villa y se procedió a prisión de su persona en la cárcel pública [roto]. Por lo tanto, Marcos Fernández, como principal deudor y obligado, y su suegro Antonio de Arévalo, vecino de esta jurisdicción, como su fiador, se obligan a pagar al Capitán don Joseph de Leiba y Esparragosa [José de Leiva y Esparragosa], la cantidad los 390 pesos de oro común dentro de un año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0034 · Pièce · 1701/05/25
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Bautista Sierra Valle y Rioseco, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de los Ángeles, dijo que el 8 de octubre de 1699, Pedro García de Meza otorgó poder a Matías Delgado, para que a su dita y crédito buscara en dicha ciudad de los Ángeles esclavos fiados, obligándole a la paga según la manera en la que se expresara en dicha escritura; en cuya conformidad dicho Pedro García de Meza consiguió los esclavos por mano de Matías Delgado, y en dicha escritura de obligación el presente otorgante fungió como fiador, por lo que de mancomún acuerdo se obligaron de dar y pagar a don Francisco Dantas Pereira, Superintendente Privativo de la introducción de negros en la América por el asiento celebrado con Su Majestad, el valor de seis negros y una negra, unos congos y otros [roto] en precio de 360 pesos cada uno que importaron la cantidad de 2 590, de cuyo monto quedó debiendo el susodicho 1 790 pesos. Como resultado del adeudo fue librada carta de justicia requisitoria por el Capitán de Caballos Corazas don Juan José de Veitia Linaje, Caballero del Orden de Santiago, Alcalde Mayor de la ciudad de los Ángeles, contra García de Meza y sus fiadores, su fecha en dicha ciudad a 28 de enero del presente año. En ese sentido, el alcalde de esta villa y el escribano se trasladaron a la hacienda de fabricar azúcar nombrada San José, propiedad del citado García de Meza, para trabar ejecución en todos sus bienes, por lo cual quedó bajo depósito de Juan de Molina. Asimismo, el otorgante señala que fue preso en la Real Cárcel de la ciudad de los Ángeles por ser fiador de García de Meza, de cuya cantidad la pagó y lastó, como consta del lasto que presenta. Y por lo que le tocó haber pagado como fiador, acordó con Pedro García de Meza, que lo esperaría en los plazos que pactaron, mientras se le desembargaba su hacienda para hacer uso de ella. Asimismo, dijo que el 20 del presente mes, a Pedro García de Meza le fue devuelta la hacienda, por lo que al presente se obligó de pagar 3 970 pesos y 2 reales, los dos 2 630 pesos y 2 reales de resto de los seis negros y una negra, en que están comprendidos todos los costos y daños que se le siguieron, y los 1 340 pesos que son los que se obligó a pagar al Capitán don Diego Hidalgo, vecino de la ciudad de los Ángeles, por cuenta de este débito; por lo que estando presente Pedro García de Meza dijo que se obligaba de pagar la citada cantidad en los tiempos y plazos que tienen acordado, y para mayor seguridad del principal hipotecó su hacienda y todo lo que le pertenece, así como su casa de cal y canto.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0018-PC_0018_0004 · Pièce · 1682/03/24
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Juárez, natural y vecino de esta villa de Córdoba y Alcalde de sus naturales y barrio de San Juan Teteltitlan [Tetitlán], se obliga a pagar al Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de esta villa y su jurisdicción, 93 pesos de oro común, los 90 de ellos que por hacerle bien y buena obra pagó a Alonso Navarro, vecino de la Nueva Veracruz, para redimir de prisión al otorgante, quien se los debía; y los 3 pesos restantes que le prestó el alcalde en reales. Dicha cantidad la pagará a finales del mes de agosto, y en caso de no hacerlo en ese plazo se obliga a servir en un trapiche de hacer azúcar que tiene el alcalde en esta jurisdicción, con su mujer e hijos y por el salario acostumbrado hasta que enteramente haya pagado la cantidad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0021-PC_0021_0021 · Pièce · 1686/04/19
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Rosales, pardo libre, residente en esta jurisdicción, se obliga a pagar a Francisco Rodríguez [de Olmedo], vecino de esta villa, 55 pesos y 4 reales de oro común, cantidad que Rodríguez se obligó a pagar en su nombre al Regidor Joseph [José] de Leiva. Los 50 pesos para sacarlo de la cárcel de esta villa y los 5 pesos y medio restante en cumplimiento a toda la cantidad del carcelaje y costas de su prisión. Como paga se obliga a servir a Francisco Rodríguez [de Olmedo] en el trapiche que tiene en esta jurisdicción a razón de 5 pesos y medio mensuales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0022-PC_0022_0005 · Pièce · 1687/01/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto Juan Caballero, residente en esta dicha villa, entregó a Juan Lanceta Osorio, vecino de la misma, unos ornamentos y otras cosas de cuenta de [roto] Margarita Núñez Chacón, vecina de Cádiz, para que los vendiese, de cuya entrega le otorgó escritura de obligación en fecha 19 de septiembre de 1684. Al presente dicho Juan Caballero presentó concierto para que Juan Lanceta declare la cantidad de pesos en que vendió dichos ornamentos y lienzos y se retuviese en la cárcel. Por lo que Juan Lanceta declaró ante el Alcalde Mayor que vendió los ornamentos en 440 pesos y los dos lienzos de pintura en 16 pesos, que ambas partidas importaron 556 pesos, por los cuales está preso. Reconociendo dicho Joseph [José] Blanco la imposibilidad en la que Juan Lanceta Osorio se halla y no teniendo bienes para la paga, se ofrece como fiador de dicha cantidad para pagar al citado Juan Caballero dentro de un año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0108 · Pièce · 1706/10/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Sargento Miguel Díaz de Aguilar y doña Josefa de Prado, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto don Francisco José de Alvarado apoderado de don Diego Manuel de Alvarado, su hermano, Asentista que fue de la Real Fábrica de la Pólvora, por él y en nombre de los demás hederos del Capitán don Juan de Alvarado, difunto, Caballero que fue del Orden de Santiago, su padre, presentó escrito y un mandamiento del virrey ante el Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa, por el cual se manifestaba que el presente compareciente Miguel Díaz de Aguilar adeuda 761 pesos y un real a los herederos de Juan de Alvarado, del tiempo que fue comisario de la pólvora en esta villa. También, dijeron que reconocían el escrito, pero que sólo estaban debiendo 334 pesos y un real por haber pagado 427 pesos, sin embargo, en la presente fecha no contaban con la cantidad restante, razón por la cual el compareciente fue encarcelado y embargados todos sus bienes. Asimismo, dijeron que posteriormente convinieron con el citado don Francisco José de Alvarado, que cuando el compareciente saliera de la cárcel, a los ocho días subiría a la Puebla y daría cuenta de dicho débito de 300 pesos y lo demás dentro de un año. En consecuencia, don Francisco José de Alvarado se presentó ante el señor alcalde para manifestar el acuerdo al que había llegado con el presente otorgante y autorizaba el desembargo de sus bienes y que fuera suelto de la prisión. En cuya virtud los otorgantes para cumplir con el trato, otorgan que se obligan a pagar a los herederos del Capitán Juan de Alvarado, 426 pesos de oro común, dicha cantidad incluye los costos y salarios de dicha ejecución, los cuales pagarán en la manera siguiente: 300 pesos dentro de ocho días en la ciudad de la Puebla de los Ángeles y los 126 pesos restantes dentro de un año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0047 · Pièce · 1692/11/03
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              “Doña María Rodríguez, vecina de esta villa, dijo que por cuanto la otorgante es deudora a Gerónimo [Jerónimo] de Montenegro, vecino de esta villa, de 80 pesos, por los mismo que le dio a la otorgante en reales y géneros de una tienda que tiene en esta villa, los cuales se obligó a pagar al susodicho por la otorgante Juan Rodríguez de Aguilar, su hijo, a cierto plazo, por un vale que le otorgó; y por haberse cumplido el plazo y no haber pagado la cantidad, dicho Jerónimo de Montenegro pidió ante la Real Justicia de esta villa poner preso en la cárcel pública a Juan Rodríguez de Aguilar”. Por otra parte Antonio de Brito Lomelín, Alcalde Ordinario, por hacerle buena obra se ha constituido fiador de Juan Rodríguez de Aguilar a favor de Gerónimo [Jerónimo] de Montenegro [roto] “si el dicho Juan Rodríguez Aguilar faltare a dicho plazo [roto] esta otorgante los pagará […]”. Para seguridad del pago de la deuda hipoteca una casa en que vive, con un solar en que está fundada, con 50 varas de frente y 50 de fondo, la cual hace esquina con casas de Francisco de Barrios.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0031 · Pièce · 1681/10/05
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Diego Pegueros Rranxel [Peguero Rangel], residente en esta villa de Córdoba, declara que Sebastián y Juana su mujer, y Diego “negros minas”, sus esclavos, se le “huyeron” y fueron aprehendidos por fugitivos en esta jurisdicción y puestos presos en la cárcel pública de esta villa. Y debido a que no se presentó a recuperarlos, el entonces Alcalde Mayor don Lope de Yribas [Iribas] los entregó en depósito al Capitán Nicolás Blanco, para que los tuviere trabajando en su trapiche de hacer azúcar por ciertos salarios, con cargo que debía pagar 70 pesos a dicho alcalde por lo que pagó a los negros de San Lorenzo y al alcaide de la cárcel por la aprensión y sustento de dichos negros. También señala que para recuperar a dichos esclavos y gozar de los sueldos debía tener orden del alcalde mayor o juez competente; razón por la cual pidió a la autoridad la entrega de dichos esclavos y salarios y por auto proveído le fue concedida. En este sentido dicho Capitán Nicolás Blanco y el compareciente ajustaron cuentas de los salarios devengados y de ellos tuvo un alcance en 45 pesos y 3 tomines de oro común, los cuales recibió en reales de contado. Finalmente, dijo que dicho Capitán Nicolás Blanco pretendía entregarle los tres esclavos, junto con una mulatita nombrada María y un negrito nombrado Nicolás hijos de la dicha Juana, pero acordaron en que dichos esclavos queden en poder del Capitán Nicolás Blanco; y para cumplir con el presente acuerdo otorga que deja a Sebastián, Juana y Diego, sus esclavos en poder del dicho Capitán Nicolás Blanco, para que por el tiempo de su voluntad le sirvan en dicho su trapiche en lo que los quiera ocupar dichos dos negros a razón de 4 pesos por cada mes y la dicha negra por 12 reales.

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