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  • Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.

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  • Real Academia Española.
    Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
    Madrid .
    Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
    1737.
    Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.

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          Sans titre
          MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0075 · Pièce · 1719/07/29
          Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

          El Capitán de la Artillería don Jerónimo de Acosta, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la isla de Tenerife [y puerto] de la Octava [Orotava], una de la Gran Canaria, hijo de don Pedro Simón de Acosta y de doña Juana Bautista, difuntos, otorga poder a doña María Josefa de Celis, su mujer, para que después de su fallecimiento haga su testamento como se lo tiene comunicado. Manda sea amortajado con el hábito de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de la parte y lugar donde falleciere. Declara deja un libro de cuentas en el que señala sus dependencias, lo que debe y le deben. Señala que habrá tiempo de dieciséis años, poco más o menos, contrajo matrimonio con María Josefa, en el que han procreado a don Jerónimo, a doña Rosaura y a don Pedro de Acosta, y el caudal que llevaron consta a su mujer que declarará en el testamento. Nombra por sus albaceas a doña María Josefa y a Juan de Acosta, su sobrino. Por herederos de sus bienes, deudas, derechos y acciones a sus hijos.

          Sans titre