Doña María Josefa de Herrasti y Alba, viuda de don Carlos Díaz y Herrero, de esta vecindad, mayor de edad, otorga poder especial a don José María Garrido Vicuña, vecino de la hacienda nombrada Atoyac, cita en la jurisdicción de Chalco en el estado de México, para que a su nombre acepte el legado, donación o herencia que a su favor haya testado la finada doña Ana María del Alba, vecina que fue de dicha hacienda y tía de la relacionante. También para que promueva y haga se practique la descripción de bienes de la difunta, nombrando peritos valuadores, aprobando las memorias o reclamándolas si contuviese algún yerro y pidiendo la aprobación judicial. Y para que pueda en razón de lo expuesto, comparecer en juicio ante el juez de los autos de esa testamentaria y en de los demás tribunales eclesiásticos o seculares, superiores o inferiores que importe.
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Taxonomia
Código
Nota(s) de âmbito
Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.
Nota(s) da fonte
Real Academia Española.
Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
Madrid .
Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
1737.
Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.