Doña Antonia Franceschi y Castro, heredera de los finados don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro; doña María Josefa Monroy de Franceschi, albacea de su difunto esposo don Francisco de Paula Franceschi y Castro; don José Antonio y don Domingo María Franceschi y Castro; don Manuel Arizavalo como representante de la sucesión de doña María de Jesús Franceschi y Castro; y don José Antonio de Agrasar que lo es de doña María Josefa Franceschi y Castro y de doña María Manuela Franceschi y Castro con la señora doña María Dolores Martínez de Espinosa y Franceschi; dijeron que sin revocar los poderes que tienen dados a don Juan Hilario de Echagaray y al señor don Pedro Abraham Rojas, quienes no pueden salir de la ciudad, por la presente otorgan poder especial a don José Seoane, vecino de la ciudad de Orizaba, para que en nombre y en representación de sus personas, derechos y acciones, como herederos todos de los expresados finados don Domingo Franceschi y doña Rosa de Castro, perciba y cobre, judicial o extrajudicialmente todo lo que les corresponda.
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Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.
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Real Academia Española.
Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
Madrid .
Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
1737.
Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.