Don José Simón de la Portilla [y Cabello], Teniente del Regimiento de Infantería de las Tres Villas, albacea testamentario del difunto Teniente Coronel don José de la Pedreguera, como heredero y en representación de su esposa doña María Guadalupe de la Pedreguera, dijo que debido a que tiene asuntos que atender en el Valle de Cayón, en las Montañas de Santander de los Reinos de Castilla, no pudiendo comparecer personalmente, por la presente otorga poder especial a don Gerónimo de Villa Villagutiérrez, vecino de dicho Valle de Cayón, para que en su nombre haya, perciba y recoja los bienes de la pertenencia de dicho difunto, don José de la Pedreguera, y en general para que cobre judicial o extrajudicial a cualquier persona todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos, géneros y demás efectos que les deban. Así para que ceda y traspase cualquier bien a las personas que quieran comprar de contado o a cambio de efectos.
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Nota(s) de âmbito
Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.
Nota(s) da fonte
Real Academia Española.
Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
Madrid .
Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
1737.
Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.