Diego de Estrada, dueño de recua, vecino de la ciudad de México, dijo que por cuanto Doña María de Castro, viuda, mujer que fue de Antonio Luis, difunto, vecina de esta jurisdicción, tiene intento de proseguir en el arrendamiento de la Venta de Plan del Río, y se ha de obligar por nueva escritura, en favor del Capitán Don Francisco de la Higuera Matamoros, le pidió al otorgante saliera como su fiador, atento a lo cual, Diego de Estrada dio su poder cumplido a la susodicha para que lo obligue como su fiador en el mencionado arrendamiento.
Zone des éléments
Référentiel
Code
Note(s) sur la portée et contenu
Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.
Note(s) sur la source
Real Academia Española.
Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
Madrid .
Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
1737.
Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.