PODERES

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  • Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.

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  • Real Academia Española.
    Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
    Madrid .
    Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
    1737.
    Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0166 · Item · 1832/12/10
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Doña Cecilia y don Manuel Toral, de quien da conocimiento el Presbítero don José Policarpo Rodríguez y don Fulgencio Ochoa, de esta vecindad, otorgan poder especial don Manuel Patiño, para que en sus nombres, pueda vender una casa de la propiedad de los otorgantes, la cual se ubica en esta ciudad, en la calle de que llaman de Alfaro, por la cual hace su frente al norte, haciendo esquina que da vuelta a un callejón que está a la espalda de la casa de don Juan Francisco de Bárcena, por el oriente; por el sur linda con callejón que de la casa de los herederos de don José Cordera sale y va para la calle principal; y por el poniente linda con solar y jacalitos pertenecientes a la cofradía del Santísimo de esta parroquia. Cuya casa la obtuvieron de doña Ana María Toral, como sus únicos herederos, y se encuentra gravada solamente con 588 pesos 3 y medio reales en favor del Presbítero don José Policarpo Rodríguez.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0170 · Item · 1832/12/15
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Los ciudadanos Mariano y Cayetano del Moral, otorgan que dan poder especial a don Manuel María Medina, de este comercio, para que en sus nombres pueda formalizar escritura de venta de una casa que los otorgantes tienen vendida hace más de un año a don Manuel de la Torre y Carvia, de cuya venta tienen pagados los correspondientes derechos de alcabala. Dicha casa está situada en esta ciudad, en la calle que nombran de San Francisco de Paula con la cual hace su frente; por el sur linda con el callejón que nombran de Arrieta; por el oriente linda con casa y solar de doña María de Jesús Altamirano; y por el poniente con casa que hoy es del ciudadano Andrés Bremont. Asimismo, dé posesión al comprador de la casa vendida, declarando que el precio concertado de 1 000 pesos ya lo tienen recibido.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0180 · Item · 1832/11/29
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don José Couttolene, de esta vecindad, otorga poder especial a don Andrés J. Bouquet, para que en su representación haya, perciba, demande y cobre un baúl de alhajas y cuando lo reciba y cobre otorgue recibos y cartas de pago. En cuya persecución y en demanda de los gastos, daños y perjuicios irrogados, parezca en las administraciones de rentas particulares y generales, antes los alcaldes, jueces de primera, segunda y tercera instancia y en los demás tribunales que importe. Y si fuere necesario enjuiciar in scriptis presente escritos, testimonios, pases y los demás recados que importen.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0005 · Item · 1833/01/05
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Manuel Antonio Ruiz, vecino de Veracruz y residente en esta dicha ciudad, otorga que da y confiere poder especial a don Rafael Alcántara Molina, vecino de Zacapuastla [Zacapoaxtla], para que en su representación haya, perciba, demande y cobre de don Antonio Severiano Villa, de don Juan Cano, don Manuel Barros y don José Joaquín Vargas y Machuca,, vecinos de Tlatlauqui, todo lo que le deban o debieren; y de lo que recibiere y cobrare, otorgue recibos, cartas de pago, finiquito y demás documentos que le pidieren. En cuyo caso, si se ofrecieren litigios, pueda parecer y parezca ante todos los tribunales superiores o inferiores.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0006 · Item · 1833/01/05
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          El Bachiller don José María Aparicio y don Rafael Velad, de esta vecindad, dijeron que son apoderados: el primero de su señor padre don Manuel Ignacio Aparicio y el segundo lo es sustituto de doña María Micaela Rodríguez Rojo y Ortega, como consta los poderes insertos en esta escritura. Dijeron que los referidos don Manuel Ignacio Aparicio y doña Micaela Rodríguez parecieron el primero por sí y la segunda por medio de su apoderado principal, don José María Campoverde, en esta ciudad el 31 de marzo de 1826, diciendo el primero que tenía cuentas pendientes con la Rodríguez sobre compañía y administración de la hacienda o trapiche de la Concepción, propia de esta señora, ubicado en la doctrina de Jilotepec; cuentas que reducidas a juicio serán interminables y erogarían incalculables gastos; por lo que a estímulo de aquel Juez convinieron en nombrar contadores, jueces, árbitros, etc. que oyéndolos y visto sus documentos, cuentas y papeles, se las transasen y liquidasen poniéndolas en su final conclusión. En cuya virtud, Aparicio nombró por árbitro a don Dionisio Camacho y Campoverde a don José Fernando de la Peña. Siendo nombrado por el juez un tercer árbitro, que lo fue don Juan Francisco de Bárcena. Y habiendo pronunciado sus laudos don Dionisio Camacho en 14 de noviembre de 1826 y don José Fernando de la Peña el 2 de septiembre de 1828, éstos quedaron discordes, y se pasó éste al tercer árbitro, quién el 4 de mayo de 1829 pidió la práctica de varias diligencias y el 6 de agosto de 1831, después de haber expresado con la mayor energía su parecer en el asunto, vino a concluir que el compromiso se otorgase ante una persona de fe pública. Cuyo arbitraje fue aprobado por ambas partes y practicadas algunas diligencias, se resolvieron a otorgarlo ante el presente escribano considerando lo siguiente: Primero, que éste litigio tubo origen en la compañía que ambos litigantes tuvieron en la referida hacienda, sin que el contrato de sociedad se hiciese constar por documento alguno que aclarase las obligaciones de los socios. Segundo, que les es muy difícil a ellos mismos poner en claro sus cuentas. Tercero, que considerando cada uno de los contendientes acreedor al otro en cantidad indeterminada de pesos, será interminable el litigio. Cuarto, que las costas que impenderían en el juicio serían tan considerables que les acarrearían perjuicios en sus respectivos intereses. Finalmente, usando de la facultad que les concede la ley, ambos apoderados otorgan que comprometen las pretensiones introducidas en los autos que se han referido por ambas partes en el licenciado don Antonio Viamonte y en don Juan Francisco de Bárcena, a quienes eligen y nombran por contadores y jueces; y confieren amplio poder y facultad para que dispongan que dentro del término de 30 días hasta los 60 de la ley y contados desde la última notificación se reciban por el señor alcalde juez nato del pleito, las probanzas que a los otorgantes parezcan convenientes.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0008 · Item · 1833/01/09
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don José Julián Gutiérrez, vecino de Veracruz, de cuya persona testificaron don Nicolás Vázquez y don Domingo Rica; otorga poder general al Licenciado don Ramón María Terán, vecino de esta ciudad, residente en la de Veracruz, para que en su representación pida y tome cuentas a todas las personas que le deban; así mismo, recibiendo y cobrando el alcance que resulte en favor del otorgante. Y de lo que recibiese y cobrase otorgue recibos, cartas, pago y demás documentos que le fueren pedidos. También lo otorga para que lo defienda en todos sus pleitos y negocios civiles y criminales que tenga pendientes y en adelante se le ofreciere; y si fuere necesario pueda parecer y parezca ante todos los tribunales superiores e inferiores, eclesiásticos, militares o civiles.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0009 · Item · 1833/01/14
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Martín Sánchez y Serrano de esta vecindad, otorga que da y confiere poder especial a don José María Serrano, del comercio de Veracruz, para que en su representación, prosiga, continúe y finalice por la vía ordinaria o la ejecutoria, el pleito que el otorgante y socios entablaron contra don Julián de la Colina, vecino de la ciudad de Córdoba, por cantidad de pesos de que le es deudor y; se haya hoy en grado de apelación pendiente en segunda instancia. Para lo cual pueda y parezca ante todos los tribunales superiores e inferiores.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0014 · Item · 1833/01/30
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Aniceto Guzmán y don Manuel Guzmán, presentaron a una persona afirmando que la conocen, que saben que se llama María de los Dolores Zarco de Arellano, de veinticinco años de edad, vecina de México, casada con don Joaquín Ignacio de Arellano, Director del hospital militar de Chihuahua. Por consiguiente, la expresada señora doña Dolores Zarco de Arellano con licencia judicial concedida por el señor Alcalde para otorgar esta escritura, en atención a estar ausente su esposo; otorga que da y confiere poder especial a don Juan Viera, del comercio de la ciudad de Mejico [México], para que en su representación: haya, perciba, demande y cobre en la tesorería general de la federación o en donde convenga, las cantidades de pesos, que el citado su esposo, le tiene asignadas para sus alimentos en periodos mensuales, también las que estén vencidas. Y de lo que recibiese y cobrase otorgue recibos, cartas de pago firmando al efecto en los libros de la expresada tesorería.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0068 · Item · 1833/06/10
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Ignacio García, de esta vecindad, con poder especial del Presbítero don Antonio García López, cura actual del pueblo de Coatepec, como albacea de la finada doña Manuela Antonia López, le ha conferido poder para que formalice escritura de venta de una casa perteneciente a la testamentaria de dicha finada, cuya venta está pactada con el Presbítero don José Agustín Alanís en precio de 1 000 pesos, de los cuales ha de seguir reconociendo, sobre la misma finca, el capital de 340 pesos de imposición antigua a favor de la cofradía de Ánimas, así como otros 260 pesos igualmente a favor de la misma cofradía, que hasta la fecha se adeudan de réditos por dicho capital, según manifiesta el mayordomo y se ha de obligar a entregarle al propio señor cura albacea los 400 pesos restantes al completo de los 1 000 del precio. Dicha casa ubicada en esta ciudad, en la calle del Ganado con su frente al oriente, lindando por el costado del norte con casa que fue de don Félix Ruiz Ortiz de Zárate; por el sur con otra que fue de los herederos de don Pedro de Senande y por poniente que es su fondo con solar que fue de Antonio Choza. Y en virtud de todo lo expuesto, el relacionado don Ignacio García otorga que vende al Presbítero don José Agustín Alanís, la casa que queda deslinda en precio de 1 000 pesos, con las condiciones antes mencionadas. Estando presente el comprador otorga que la acepta y se obliga a reconocer el capital de 600 pesos a favor de la cofradía de las Ánimas; y entretanto no redima dicha suma se compromete a pagar el correspondiente rédito de un 5 por ciento anual. Finalmente se compromete a entregar al cura albacea los 400 pesos restantes al completo de los 1000 pesos dentro de 6 meses contados desde esta fecha. Y para mayor seguridad, ratifica la hipoteca antigua relativa a los 340 pesos; además hipoteca de nuevo los 260 pesos. Por otra parte, estando presente don Joaquín Ruiz, mayordomo actual de la cofradía de las Ánimas, expuso estar en conformidad, acerca del monto de los réditos vencidos hasta la fecha.

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          MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0088 · Item · 1833/07/11
          Parte de Archivo Notarial de Xalapa

          Don Jorge de la Serna, de esta vecindad, otorga poder amplio a don Juan Nepomuceno de Urquía, de esta misma vecindad, para que en su representación haya, perciba, demande y cobre todo lo que le deban o debieren. Y especialmente para que siga la demanda de 1 150 pesos ya embargados en don Juan Francisco de Bárcena y don Francisco Lerdo de Tejada sobre bienes de la difunta doña Ana Josefa Flores. Y de lo que percibiere y cobrase formaliza las cartas de pago y demás documentos que le sean pedidas. Generalmente para todos los pleitos, causas y negocios que al presente tiene o en lo sucesivo se le ofrecieren; además pueda y parezca en todos los tribunales eclesiásticos o seculares, superiores o inferiores que importen.

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