Los ciudadanos Francisco Diego, Esteban Miguel, José Martín y José Casiano, el primero juez de paz, todos vecinos del pueblo de Santa María Magdalena Coapan de este partido, dijeron que por sí y en nombre de los demás vecinos del citado pueblo, por quienes prestan voz y caución, otorgan poder general a don José Miguel Contreras, de esta vecindad, para que en sus nombres haya, demande, perciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que les deban. Para que principie, prosiga y concluya todos los pleitos, causas y negocios, civiles o criminales. Para que apele, deslinde y amojone no solo los términos de dicho pueblo, sino también, los que recayeran en él y de todos los bienes raíces que posee el pueblo.
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Se llama asimismo el instrumento en que alguno da facultad a otro para que en lugar de su persona y representándola, pueda ejecutar alguna cosa.
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Real Academia Española.
Diccionario de la lengua castellana, en que se explica el verdadero sentido de las voces, su naturaleza y calidad, con las phrases o modos de hablar, los proverbios o refranes, y otras cosas convenientes al uso de la lengua [...]. Compuesto por la Real Academia Española. Tomo quinto. Que contiene las letras O.P.Q.R.
Madrid .
Imprenta de la Real Academia Española, por los herederos de Francisco del Hierro.
1737.
Reproducido a partir del ejemplar de la Biblioteca de la Real Academia Española.