Don José Durán y don Luis Flores, el primero Gobernador de naturales del pueblo de Tlacolulan, y el segundo Alcalde del de San Salvador Acajete, su anexo, ambos de esta jurisdicción, y demás repúblicas de naturales de dichos pueblos, otorgan poder general al Licenciado don Domingo Zoraya [y Rubín de Celis], Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que los defienda en el pleito que sobre tierras tienen pendientes en la actualidad con los Alarcones, vecinos de esta jurisdicción, y en los que adelante tuvieran, tanto civiles y criminales, como eclesiásticos y seculares.
PLEITOS
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Francisco Fernández de Velasco, Cura de esta doctrina, solicitó que se mantuvieran en paz los naturales de este pueblo con los de la población nueva del Soldado, quienes andan en problemas de tierras, por lo que habiéndose presentado Andrés Domínguez, el Alcalde de la nueva población y Clemente Rodríguez, Domingo Jures, Alcalde de Jilotepec y Francisco Peña, apoderado de los naturales de dicho pueblo y gobernadores de Tlacolula y alcaldes de este pueblo, se dijo que, por poseer el pueblo del soldado tierras competentes para las sementeras, pastos y demás necesarias para el servicio y cultivo de los tributarios de aquella población y esta antigua que sirven para mantenimiento de los naturales del pueblo de San Salvador en las mismas que antes tenían quedan desembarazadas, por lo que se les dijo que se quedan como antiguamente estaban quedándose entre los 2 pueblos una buena hermanable y recíproca correspondencia.
Gertrudis Pérez, vecina de esta jurisdicción de Jalapa, poseedora de la venta de La Joya, y los naturales del pueblo de Tlacolula, representados por don Miguel de San Gabriel, Gobernador, Francisco de la Cruz, Marcos Salazar y Miguel de la Cruz, Alcaldes, Cayetano de Luna y Martín de la Cruz, regidores, todos oficiales del actuales de dicho pueblo, Juan de Santiago, Escribano, quienes tienen hecho un pleito con la citada Gertrudis, por haber vendido la venta de La Joya, por lo cual acuerdan, que dicha Gertrudis, entregue parte de los réditos obtenidos por la dicha venta, así como cederle a los naturales de Tlacolula, las tierras antes mencionadas.
Los licenciados don Sebastián Camacho y don José María Aparicio, apoderados legítimos, el primero del común del pueblo de Tlatatilan [Tatatila] y el segundo del de Tlacolulan, dijeron que el día 25 del actual se celebró una conciliación en el Juzgado Segundo de esta ciudad, en cuyo acto manifestó la parte de Tlatatilan ser su pretensión se le diesen las tierras que le corresponden como pueblo erigido en terrenos del cacicazgo de Mendoza que han defendido en comunidad con los de Tlacolulan, quienes ofrecieron ceder a aquellos los terrenos que tienen desmontados, y aun llegaron además a ofrecer el de Santiago Mextla que linda con Pilhuitepec [Pilhuatepec], más no lográndose avenencia, acordaron a persuasión de los hombres buenos comprometer el negocio en arbitrios y a otorgar los poderes. Por lo cual, en uso de dichos poderes otorgan que comprometen la decisión de dicho negocio en los licenciados don Luis Gonzaga Gago y don Manuel de Zárate de esta vecindad, a quienes nombran según lo convenido en la conciliación por jueces arbitradores y amigables, confiriéndoles tan amplia facultad y jurisdicción en cuanto necesiten para que dentro de dos meses contados determinen lo que crean más conveniente con arreglo a los informes y documentos que reciban, consignando los terrenos a su arbitrio como lo tuvieren por más oportuno.
Sem títuloBenito Ortiz, síndico del pueblo de Santa María Tlacolula, y Francisco Antonio, del de Santiago Coacoatzintla, otorgan poder a don Juan Antonio Sánchez, de esta vecindad, para que en representación de su persona, derechos y acciones como síndicos personeros de los citados pueblos, los defienda de los pleitos que tengan o en adelante tuvieren, por cualquier razón, título o derecho; en especial, del litigio que sobre tierras se sigue con los pueblos de San Juan Chapultepec y San José Paxtepec. Para lo antes mencionado, preceda la conciliación, haga pedimentos, alegatos y cuantos actos, agencias y diligencias que se requieran, por lo que le conceden éste con libre y general administración y facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
Sem títuloLucas de la Cruz y Domingo Juan, síndicos procuradores de los pueblos de San Juan Chapultepec y Paxtepec, en jurisdicción de este cantón, dijeron que una de las facultades de que se hayan investidos, por sus respectivas representaciones para defender los intereses de sus pueblos y promover cuanto a ello pueda serles útil, han deliberado conferirle sus poderes general a don Manuel Patiño de esta vecindad, para que en representación de los pueblos demande y cobre de todas personas las cantidades de dinero, oro, plata, bienes muebles. Asimismo, se lo confieren especial para que continúe el artículo que dichos pueblos [tienen] sobre tierras y linderos con los de Tlacolulan, Coacoatzintla y San Salvador, y para ello practique lo conducente hasta su conclusión.
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