Juan de Monteagudo, residente en el pueblo de San Lorenzo Cerralbo, de la jurisdicción de la villa de Córdoba, otorga que vende a Juan Fernández de Ávila, vecino de esta villa, una casa cubierta de zacate cercada de madera y embarrada, un horno de coser pan y un pozo de piedra, labrada en solar que está en la plaza Pública de dicho pueblo, en precio de 212 pesos de oro común en reales.
UntitledPLAZA PÚBLICA
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El Capitán Pedro López del Castrillo y doña Josefa Maldonado, su legítima mujer, registraron una escritura e imposición de capellanía de 3 000 pesos de principal, y por ellos 150 pesos de renta en cada un año, que cargaron sobres las casas de su morada, altas, de piedra y madera, cubiertas de teja, que están en esta villa, en la calle que viene de la plaza Pública para el camino Real de la Veracruz, en esquina frontero de las casas de Gaspar Rendón e Isabel de Rojas y por otra parte linda con solar del Regidor don Francisco de Aguilar y por otro lado con solar y casa de Francisco Estévez. Nombró por capellán propietario a Pedro Pablo López del Castrillo, que se halla estudiando en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y por su fin y muerte nombra por capellanes a Juan, Jerónimo, Nicolás, Antonio Romualdo López del Castrillo sus hijos legítimos. Esta escritura fue realizada el 19 del presente mes de julio.
UntitledDoña Juana Rodríguez Romano, vecina de esta villa, viuda, albacea y heredera de Benito Rendón, difunto, registró una escritura de censo de 100 pesos de principal y por ellos 5 pesos de renta en cada un año, a favor de la susodicha que cargó don Miguel Valero Grajeda sobre su casa principal de piedras y madera que posee en esta villa en esquina de la plaza Pública y linda por una parte con casa del Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa, y por otro lado con casas de doña Juana de Contreras Gatica y por el fondo con casa de los susodichos, hace frente calle en medio con casas de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos y doña Gertrudis de Gatica.
UntitledDon Luis Martínez de Figueroa, Teniente de Infantería, y doña Gertrudis de Soto Noguera, su mujer, vecinos de esta villa, presentaron una escritura de obligación otorgada por el Bachiller don José Miguel de Figueroa, Clérigo, Diácono de este obispado, su hijo, en virtud de su poder general [roto] de la capellanía de misas rezadas [roto] don Andrés Bañuelos Cabeza de Vaca [roto] don Nicolás Carlos Bañuelos Cabeza de Vaca, Presbítero, Cura Beneficiado de la parroquia de Señor San Joseph [José] de dicha ciudad, por la cantidad de 2 000 pesos de principal que se le mandase entregar por el ilustrísimo señor obispo de este obispado, por modo de depósito irregular por el tiempo de tres años y en el ínterin el 5 por ciento de réditos en cada un año, con general obligación de todos los bienes de marido y mujer, especialmente con hipoteca de una casa de cal y canto, cubierta de teja, que posee en esta villa en esquina de la plaza Pública, lindando por el oriente calle en medio con casa y solar de Antonio Amaro González, y de pedimento de los susodichos registra esta escritura para que en todo tiempo conste.
UntitledYsidro [Isidro] Sánchez de la Llama, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que Pedro Trillo de Figueroa, también mercader y vecino de esta villa, le puso demanda ante el Capitán Carlos [de] Samaniego y Pacheco, Alcalde Mayor, sobre el arreglo y derecera en que está fundada la casa de la morada del susodicho, y habiéndose mandado inspeccionar a Antonio Gómez Cataño, Fiel nombrado por el Cabildo de esta villa, éste juró estar 3 varas fuera de la derecera de la casa de dicho Pedro Trillo. Y habiéndose proveído auto para que dentro de cierto término se pusiese en derecera la casa de Isidro Sánchez y por haber sido edificada su casa por el arreglo que hizo Salvador Pérez [Milián] cuando la fabricó, midiendo el lugar y frente que dicha casa tiene sacándola desde la plaza Pública de esta villa, por tanto otorga poder a don Miguel de Roxas [Rojas] y Amer, Doctor en Medicina que reside en la ciudad de México, para que en su nombre pueda parecer ante su Alteza y Señores de su Real Audiencia de la ciudad de México y pida y suplique mande a dicho Pedro Trillo [roto].
UntitledDoña Isabel de Rojas, viuda de Juan López de Villardo, vecina de esta villa de Córdoba, se obliga de pagar a don Fernando de Carvajal, vecino y mercader del pueblo de Orizaba, a saber 525 pesos en reales de oro común de a 8 reales de plata cada uno, mismos que por hacerle favor le prestó; cantidad que pagará al susodicho o a quien en su poder hubiere dentro de un año de la fecha de esta escritura en adelante, sin pleito alguno, pena de la ejecución y costas de su cobranza. Para seguridad de este débito hipoteca una casa que heredó de sus padres, de cal y canto, cubierta de teja, ubicada en esta villa en la calle que sale de la plaza Pública para la ciudad de Veracruz, y no la venderá hasta que la deuda esté pagada.
UntitledJuan de Agra y Nicolasa de Robles, marido y mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, ella con licencia del susodicho, ambos de mancomún, venden a José Beltrán, vecino de esta villa, un solar de 50 varas en cuadro en esta villa, ubicado en la calle que sale de la plaza Pública para el pueblo de Orisava [Orizaba], en el cual está fabricada una casa cercada de barro, cubierta de teja, que por una parte linda con solar de Gertrudis Pérez; por otro lado con solar de Nicolás Íñiguez; y hace frente, calle en medio, con solar de Manuel de Calsinas. Lo venden por libre de deuda, empeño e hipoteca y de otra enajenación, con sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, en precio de 200 pesos de oro común en reales.
UntitledMaría Clara Balderas, mujer de Sebastián Díaz de Solís, vecinos de esta villa de Córdoba, con licencia del susodicho su marido, vende a Miguel Díaz de Aguilar, vecino de esta villa, un cuarterón de solar de tierra de 25 varas de frente y 25 de fondo; ubicado en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para el pueblo de Orisava [Orizaba], que por la parte del oriente linda con solar de Miguel Íñiguez; por la parte del oriente con solar del Alférez Nicolás del Castillo de Altra; por la del sur, calle en medio, con solar de Manuel de Calsinas; y por el fondo con solar de Diego Méndez, mismo que hubo y heredó entre sus hermanos de los bienes de Miguel de Balderas, su padre. Lo vende por libre de empeño, hipoteca y de otra enajenación con todas sus entradas y salidas, usos, costumbres, derechos y servidumbres, en precio de 45 pesos.
UntitledPablo Blas Muñoz, vecino de esta villa de Córdoba, vende al Licenciado don Leonardo García de Monzaval, Presbítero, vecino de esta villa, una casa de piedra y madera baja, en la calle que sale de la plaza Pública para el camino [roto] de la ciudad de la Veracruz, que tiene de frente 25 varas y [roto]. Por una parte, linda con casa del Licenciado don Leonardo García de Monzaval, por el otro lado con solar del Capitán don Pedro López del Castrillo y hace frente, calle en medio, con casa y solar que fue de Francisco Rodríguez de Olmedo, difunto, y por el fondo con casa del Capitán don Lope Antonio de Iribas, misma que hubo y compró de Juan de Aguilar, vecino de esta villa. La vende por libre de deuda, empeño, hipoteca y de otra enajenación, con sus entradas y salidas, usos, costumbres, derechos y servidumbres, en precio de 533 pesos.
UntitledJosé Rodríguez Romano y Josefa María del Castillo, marido y mujer; y José Pascual de Canoas Pérez, vecinos de esta villa de Córdoba; dijeron que tienen por propia una casa de madera en la calle que va para el camino del pueblo de Orisava [Orizaba], en solar de 25 varas de frente y 50 de fondo en esquina, que por una parte linda con casa de Juan Juárez, por el otro lado con solar de los herederos del Capitán don Juan de Piña y hace frente por un lado con esquina, calle en medio, de Cristóbal Martín Infante, y por el otro lado hace frente, calle en medio, con esquina y solar de la viuda de Manuel Pérez de Rivera, cuyo solar que ella llevó por su dote. Y José Canoas tiene por propia una casa en la calle que sale de la plaza Pública para el camino de la Nueva ciudad de la Veracruz, en solar de [25 ] varas de frente y 50 de fondo, que por una parte linda con casa del Alférez don José de Tembra y Simanes, por el otro lado con casa de Isabel de Rojas, y por el fondo con casa de los herederos de Juan Álvarez de Rivera y hace frente, calle en medio, con casas del Capitán don Gaspar Rendón y los herederos de Jorge Salmerón, difunto. Casas que se estimaron en 400 pesos cada una, de cuya cantidad y por valer más la de dicho Canoas le ha dado Rodríguez a Canoas 200 pesos. La cual casa de José Canoas, hubo y compró con solar de Francisco Estévez, mercader y vecino de esta villa. De dichas casas y solares hacen venta y traspaso de mutuo acuerdo, José Canoas vende y traspasa su casa a los susodichos, y declaran uno y otro son libres de deudas, empeño, hipoteca y otra enajenación, con sus usos y costumbres, derechos y servidumbres.
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