Fray Juan Coca, Prior del Hospital Real de Nuestra Señora de la Limpia Concepción de este pueblo, en virtud de patente del M.R.P Fray Basilio Patricio, de la Orden de la Caridad y de ella usando, vende a censo redimible a Miguel de la Torre, vecino del pueblo de Jalapa, un solar que pertenece al mencionado hospital, ubicado en la calle de la Plaza Pública que va a los ingenios y hace esquina al remate por la calle que va a Tecuanapa con la puerta falsa del hospital y por el otro lado con corral del que hace frente con casa que hoy poseen los herederos de Magdalena Díaz Matamoros y por la otra con Juan de Quiroz y Diego de Quiroz, cuyo solar obtuvo a censo de doña Juana de Gamboa, viuda de José de Castro y como en el testimonio se canceló la escritura de esta obligación que ahora esta libre de censo. La venta se hace en 200 pesos de oro común que deja impuestos a censo redimible a que corresponden 10 pesos de rédito en cada año a razón de 5% hasta su redención.
PATENTES
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Fray Francisco de Llerena, religioso de la orden de San Hipólito, Hermano Mayor del Hospital de Nuestra Señora de la Concepción de Jalapa, y en virtud de la patente de Fray Alonso de Ayala, Hermano Mayor Provincial, dio en arrendamiento a Martín Ventura de Gorospe, vecino y mercader de Jalapa, una tienda y aposento que es propiedad de este hospital, la cual hace esquina en la plaza pública, \"linda por una parte con la cerca del patio, y por la otra, con casas del dicho hospital\", de piedra y cubierta de teja, por tiempo de tres años, a partir del 1 de junio del presente año, y al precio de 50 pesos de oro común anuales.
Fray José Enríquez, Prior del Convento y Hospital de Nuestra Señora de Belén de Perote, actuando como tal con la patente respectiva para ello, otorga que vende a Juan López, vecino del pueblo de San Miguel Perote, un solar con 50 varas de frente y 80 de fondo, más otro contiguo, con 41 varas de frente y 28 de fondo y por la parte que linda con mesón mide 11 varas, al frente linda con casa y solar de Manuel Hernández Calle Real en medio que cruza por el camino que va para Jalapa, al fondo con el corral del mesón y al norte con casa y solar del Capitán Antonio Beltrán, cuyos solares pertenecen al hospital y convento, estos se encuentran libres de empeño, hipoteca y enajenación. La venta se hace en 37 pesos 4 reales de oro común.
Los muy reverendos padres Fray Francisco Jaimes, predicador y guardián del Convento de San Francisco de Jalapa, y los predicadores Fray Pedro Muñoz, Fray Hernando Ricardo y Fray Miguel de Godoy, moradores en él, por ausencia del Síndico Don Francisco de la Higuera Matamoros, habiendo visto la escritura de fundación de una capellanía de misas otorgada por Isabel López Muñoz, como albacea de su hermana Francisca Díaz Becerra, se dispusieron a aceptar la capellanía, sin embargo, no pasó por la falta de la patente.
Diego de la Torre Arnate, Síndico del Convento del Señor San Francisco de este pueblo de Jalapa, pareció en virtud de la patente expedida por el Padre Fray Clemente de Ledezma, de la religión de San Francisco, ex lector de Filosofía y Ministro Provincial del Santo Evangelio en la Ciudad de México. De la otra parte parecieron Sebastián Díaz de Acosta, patrono de la capellanía de misas que instituyeron y fundaron Diego González y su mujer Mariana de Astudillo, abuelos legítimos de dicho patrono, y asimismo padres que fueron del Licenciado Diego González de Astudillo, poseedor que fue de dicha capellanía. Para lo cual dicho Diego González y su mujer impusieron 1, 000 pesos de oro común sobre sus bienes con hipoteca a favor de Alonso García de la Torre, vecino que fue de este pueblo, correspondiéndole a éste 50 pesos de réditos anuales, y el cual fundó capellanía de misas en dicho convento de San Francisco de este pueblo, por cláusula testamentaria. Y por fallecimiento en 1692, de Diego González, hasta el presente no se han podido recaudar más que 36 pesos en un año, lo que perjudica a dicho convento en 14 pesos por cuya razón se procedió a hacer las diligencias de embargo de dichos bienes; ante esta situación, Diego de la Torre Arnate como Síndico, Sebastián Díaz de Acosta como capellán, y el Licenciado Miguel Pantaleón Díaz de Acosta, su hijo coincidieron en un acuerdo que se menciona en esta escritura. Declarando dicho Síndico que el pedimento para ejecución fue por 400 pesos de oro corridos de dichos censo, lo cual es un error pues sólo se restan 14 pesos anuales lo cual da 196 pesos hasta la fecha, más 60 pesos de costas y diligencias, importando 156 pesos, habiendo pagado 50 pesos dicho Pantaleón, y lo restante se pagará en dicho convento como está mencionado en la escritura.