Manuel de Boza y Juan de Bárcena, vecinos de este comercio, otorgan que fundan una capellanía perpetua de misas rezadas con 3, 000 pesos de principal, que cargan sobre la casa que poseen los herederos de Bartolomé Salvo, contigua al mesón de la Plaza Pública, cantidad cargada a censo redimible pagándose por los poseedores que son o fueren de dicha casa, con 150 pesos, que corresponden al 5 % de réditos anuales, para que los patronos y capellanes lo perciban. Nombrando como primer patrono a Dionisio José Salvo y a sus demás descendientes en línea varonil, asimismo la Hermandad de la Escuela de Cristo de este pueblo y el cura propietario que fuere de la parroquia son quienes harán los nombramientos de capellanes; siendo 12 misas rezadas anuales que dirán dichos capellanes para la intención de Bartolomé Salvo y una mensual para su esposa Ángela Francisca del Pino
PATRONATOS
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Doña María Micaela de Medina, vecina de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, viuda del finado don Pedro Lagunas, brigadier que fue de los Reales Ejércitos, otorga poder especial a don Miguel Lobo, caballero de la Real y Distinguida Orden de Carlos Tercero, residente en Cádiz; para que en su nombre y representación, entienda y se encargue de la administración y venta de la parte que le corresponde en el Patronato que fundaron don Tomás Rodríguez y doña María Teresa de Medina, vecinos de Cádiz, sobre cuyo particular practique las diligencias necesarias como administrador legítimo, solicite del propio modo la enajenación o venta de dichos bienes, sean raíces o muebles, ajustándolos con el comprador o compradores, por el precio, calidades y condiciones que convengan, otorgando en razón de ello, las escrituras necesarias; y si fuera necesario entable judicialmente las solicitudes que corresponda hacer al gobierno competente relativas al arrendamiento, posición o venta de las fincas del indicado Patronato; asimismo, para que demande, haya, perciba y cobre todo lo que le deban, dando lo que así percibiere y cobrare los recibos y cartas de pago que sean necesarios.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINODoña María Rafaela Gutiérrez de Terán, Condesa de Casa Flores, vecina de la Capital de México, residente en esta Villa, como patrona de la capellanía que con el principal de 4 000 pesos y cargo de 15 misas rezadas al año, fundó su padre, don Gabriel Gutiérrez de Terán, como albacea y marido de doña María González Guerra y Vértiz, nombra como capellán de la expresada capellanía a don Gabriel Flores Gutiérrez de Terán, hijo de la otorgante.\t
José Miguel de Iriarte, de este comercio y vecindad, dijo que en el Juzgado del Ilustrísimo señor Obispo, ha seguido el artículo en representación de los individuos residentes en esta Villa, originarios del Reino de Navarra y Provincia Vascongada, como diputado de ellos en el Patronato de la Capilla que ayudaron a levantar con 500 pesos, en esta Iglesia parroquial, dedicada a su patrono San Ignacio de Loyola. Otorga por la presente que cede y traspasa a favor de la fábrica de esta parroquia y en persona de su mayordomo que hoy es y en adelante lo fuere, los 1 000 pesos de principal, con los réditos que devenguen desde la fecha citada de la aprobación del convenio, quien de ellos otorgó escritura de obligación y reconocimiento en esta Villa el 27 de febrero de 1798, en la que para el mayor seguro del principal hipotecó una casa, dando facultad al mayordomo de fábrica para apoderarse anual y perpetuamente de los premios, así como del principal que ya pertenece a la Iglesia, con lo que expensará la indicada función del patronato, los costos, reparos, y aseo que necesite la capilla que ya quedan a su cargo; desistiéndose el otorgante, como sus compatriotas del derecho que tenían al referido capital y premios, y lo cede, renuncia y transfiere en la iglesia como queda dicho. Y para el entero de los 500 pesos restantes le entrega libramiento contra el dueño o poseedor de la finca citada de cantidad de 296 pesos 3 reales que adeudaba de rédito hasta esta fecha para que los cobre y perciba, y los 203 pesos y 5 reales de su complemento le entregará en reales efectivos.
El Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, otorga que ha recibido de don José María Bausa, de esta vecindad, Mayordomo, Hermano Mayor de la Cofradía del Señor de la Santa Veracruz, sita en esta Iglesia Parroquial, Patrono de una Obra Pía, la cantidad de 500 pesos, cuya suma se obliga devolver en el término de 3 años; y para seguridad del principal, hipoteca, sujeta y grava una casa de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la Calle del Beaterio.
Simón de Franqui Giovo, vecino y labrador de la provincia de Tepeaca, como patrón de la capellanía de misas que instituyeron sus padres Vicencio Franqui Giovo y Ana Rodríguez Negrete, vecinos que fueron de los llanos de Ozumba, en atención a su avanzada edad y usando de la facultad que le fue concedida por los instituyentes, nombró por patrón de la citada capellanía a Luisa Merino, mujer legítima de Pedro García Mongai, maestro de sastre, vecino de la ciudad de Los Angeles, su sobrina, desde hoy día de la fecha en adelante.
Don Francisco de Aguirre, mercader vecino del pueblo de Jalapa dijo que el 12 del corriente mes y año se le remataron los ganados pertenecientes al quinto de los bienes de doña Francisca Díaz Matamoros, vecina que fue de la doctrina de Misantla, los cuales se han traído a pregón por comisión del señor Juez de Testamentos, Capellanías y Obras Pías de este Obispado, en los precios que se señalan en la escritura, cuyos ganados importaron 2, 120 pesos que son los mismos que constan de la hijuela del quinto que se presenta en los autos para la fundación de la capellanía mandada fundar, en cuya virtud se obliga a cumplir las condiciones, a exhibir y entregar la cantidad para la voluntad y disposición de don Manuel Antonio Casados, patrono nombrado de la capellanía.
El Capitán Gonzalo Márquez de Acevedo, Alguacil Mayor del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisición, vecino del pueblo de Jalapa, natural de la Villa de Trigueros del Condado de Niebla en España, hijo legítimo de Lorenzo Márquez y Ana Pérez, otorga poder para testar a doña Josefa de la Peña, su mujer. Declara ser hermano de la Cofradía de las Benditas Ánimas, Santa Veracruz, y Santísimo Sacramento en la parroquia de este pueblo. Declara ser patrono de las capellanías que fundaron Francisca Díaz Becerra sobre el molino de pan moler que nombran de Sedeño en la Iglesia y Convento de San Francisco y de la capellanía que instituyó Isabel López Muñoz, asimismo es hermano de la que instituyó María de la O Muñoz sobre el rancho y sus tierras que está contigua al molino de pan moler; para tal caso nombra como patronas a Josefa de la Peña, a Ana Márquez de Acevedo, su hija, y a Álvaro de Paredes y Valdéz, también su hijo. Nombra como albaceas testamentarias a su mujer, a Sebastián de la Peña, su hermano y a su hijo. Como heredera nombra a su hija Ana Márquez de Acevedo.
El Capitán Gonzalo Márquez de Acevedo, vecino de este pueblo de Jalapa, Alguacil de los Tribunales de la Inquisición de este partido, patrono de la capellanía de misas rezadas que mandó a instituir y fundar María de la O Muñoz, de cantidad de 1, 000 pesos sobre el rancho de labor que hoy posee Juan Bravo de Alarcón; usando de dicho patronato y habiendo fallecido Mateo López, quien era el niño primero y llamado al servicio y propiedad de la mencionada capellanía, nombra al Bachiller Miguel Pérez de Medina, cursante en sagrada teología en la Ciudad de los Ángeles, como capellán propietario de dicha capellanía.
Doña Teresa de la Gasca y Ortega, vecina de Jalapa, como patrona de una capellanía fundada por Doña Sebastiana de San José y de la Gasca, nombró por capellán propietario de la misma al Bachiller José Solano, de 21 años de edad, que está cursando Artes en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y es sobrino en tercer grado de la instituyente.