PALMA, ISLA DE LA

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              MX UV.USBIX ANC-P-0034-PC_0034_0070 · Item · 1699/07/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Domingo López, hijo legítimo de Gerónimo [Jerónimo] López y de Francisca Rodríguez de la Cruz, difuntos, vecinos que fueron de la isla de la Palma en las Canarias, de donde es natural y vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se digan por su alma treinta misas rezadas por la pitanza ordinaria. Ítem manda a las mandas forzosas y acostumbradas, Casa Santa de Jerusalén y para la beatificación del Venerable Gregorio López y para la del señor don Juan de Palafox, un real cada una. Ítem declara que es deudor a Marcos Gutiérrez, arriero, vecino de esta villa, de 10 pesos y 2 reales, manda se paguen. Ítem declara que Manuel de León, vecino de Alvarado le es deudor de 290 pesos, manda se cobre. Ítem declara por más bienes un caballo ensillado, una espada, un machete de cinta, un colchón, dos sabanas, una colcha blanca, una almohada, una caja de cedro, un sombrero de lana de vicuña, cuatro camisas usadas, dos pares de calzones blancos, un vestido de lamparela con un armador rosado de China, un vestido de paño de la tierra, una balona de encajes, un par de medias y un par de calcetas. Ítem declara estar casado en la Isla de la Palma con María Leal, con quien procreó a Gerónimo [Jerónimo] que será de edad de dieciocho años de edad; a María de quince años; y a Francisca de trece años. Nombra como albacea testamentario y tenedor de bienes a [Antonio] Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, y como herederos universales a sus tres hijos legítimos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0029-PC_0029_0083 · Item · 1694/11/22
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro Pérez Padrón, vecino del pueblo de Acayuca [Acayucan], dueño de hacienda de ganado mayor en su jurisdicción, otorga poder a Salvador Pérez Padrón, su hermano, residente en esta villa, para que en su nombre y representación pida, demande, reciba y cobre de todas y cualesquier personas, albaceas, herederos, cajas reales, bienes de difuntos y de quien con derecho deba todas las cantidades de pesos, joyas, esclavos, mercaderías y otros géneros. También le da este poder para que busque hasta la cantidad de 2 000 pesos en reales, y que lo obligue a pagar como principal o como su fiador. Y en atención a que a su hermano Salvador le pertenece una parte en la hacienda de ganado mayor de la que él posee, nombrada Solquautla [Solcuautla], ubicada en jurisdicción del pueblo de Acayuca [Acayucan], la cual hubo y compró de don Juan Téllez Nieto, quien a su vez la compró con cargo de censo a favor del Capitán Francisco de Estrada, pero por no habérselo hecho saber anticipadamente, quedaron todos los bienes de dicho Téllez obligados al principal y rédito de dicho censo que está situado sobre dicha parte de la hacienda; por lo que también da poder a su hermano para que libere los bienes de Téllez y que el censo quede cargado como lo está sobre dicha hacienda, pero que el otorgante quede obligado con sus personas y bienes a favor de dicho Francisco de Estrada. Por último, le da este poder a su hermano para que en su nombre haga donación de la cantidad de pesos en reales y otras cualesquiera géneros y efectos que le pertenecieren en la isla de la Palma una de las Canarias, de donde es natural, por la muerte de Salvador Pérez Andrade, vecino que fue de dicha isla, dicha donación la hará a favor de María Pérez [Padrón], su hermana. De todo lo referido entregue recibos en forma, por lo que le da éste con libre y general administración.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0022-PC_0022_0009 · Item · 1687/01/25
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Domingo de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Antonio [de] Brito y de Francisca Lomelín, sus padres difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de la Palma una de las islas de Canaria de donde es natural, otorga su testamento de la manera siguiente: Declara que es casado con Josefa Cid [de Lara] y que al presente no han tenido hijos. También declara que Ana Galván le debe 9 pesos y Juan de la Mata, vecino de Cosamaloapan, 50 pesos. Manifiesta que después contraer matrimonio con Josefa Cid adquirió el solar en que tiene su casa de vivienda, que fue de sus suegros. Nombra albaceas a don Gaspar de Caravaxal Benabente [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente] y al Bachiller Bartolomé de Brito [Lomelín], y como su universal heredera a Josefa Cid.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0057 · Item · 1666/09/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Jusepe [José] de Brito [Lomelín], vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Antón de Brito y de Polonia González, sus padres difuntos que fueron del pueblo del Mazo en la isla de la Palma de las Canarias, de donde es natural, otorga su testamento de la manera siguiente: Declara que fue casado en primera nupcias con Cathalina [Catalina] Martín, ya difunta; en segundas nupcias se casó con Inés de Morantes, viuda que era de Diego Anastasio, quien trajo de dote 500 pesos de oro común del valor de dos casas, de los cuales 200 pesos pertenecían a Juana de Morantes, su hija, por la herencia paterna. Manifiesta que él y la dicha su mujer casaron a su sobrino Joseph [José] de Brito, vecino de esta villa, con Juana de Morantes, su entenada, hija de dicha Inés de Morantes y de su primer marido, y le dieron de dote 3 000 pesos, los cuales otorgaron por mitad y cuenta de ambos. Declara que creció en su casa a Josepha [Josefa] de Brito quien al presente está casada con Salvador de Fuentes, vecino de esta villa, dicha Josefa se la dio una india casada diciendo que era su hija y para descargo de su conciencia declara que no es su hija, sino que la ha criado como huérfana. Declara por sus bienes los que constan en el inventario que de ellos hizo y otros bienes que se mencionan en la escritura. Nombra albaceas testamentarios a Salvador de Brito Lomelín y a Isidro Zetina [Cetina] y pagado el testamento nombra como sus universales herederos a José y María, sus sobrinos, hijos de José de Brito, su sobrino difunto y de dicha Juana de Morantes [roto].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0068 · Item · 1667/07/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Salvador de Brito Lomelín, hijo de Antonio [de] Brito y Francisca Lomelín, vecinos que fueron de la isla de la Palma en la de Canaria, de donde es natural, vecino de esta villa, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que está casado con [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], quien no llevó dote al matrimonio, los bienes que tienen los han ganado durante el tiempo de su matrimonio; ambos procrearon a María de Brito [Lomelín] mujer del Alférez Tomás López de Sagade; Antonio de Brito [Lomelín] de veinticinco años; Salvador de Brito de veintidós años; Josefa de Brito de dieciocho años; Francisco de catorce; Diego de trece años; Bartolomé de [Brito Lomelín] de ocho años y Ángela de seis años. Menciona que debe a Juan Muñoz Redina, vecino de la ciudad de los Ángeles; y a Miguel Méndez Ferrera su compadre, vecino del pueblo de Orizaba. Declara por sus bienes la porción legítima de la herencia de sus padres; las casas de su vivienda con la parte del solar en que están edificadas; cuatro solares de tierra para casa de vivienda y dos hornos que en ellos están edificados; veintidós mulas de carga de silla y de carga aparejadas. Nombra albaceas testamentarios a [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa] su mujer y Antonio de Brito [Lomelín] su hijo para que entren en sus bienes, los vendan y rematen. Y del remanente que quedare de sus bienes instituye como sus universales herederos a sus hijos para que los disfruten por iguales partes. Por último, nombra por tutor y curadora de sus bienes a dicha Andrea Rodríguez.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0083 · Item · 1668/06/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Brito [Lomelín], vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Antón de Brito y de Polonia González, difuntos que fueron del pueblo de Maso [Mazo] en la isla de la Palma una de las Canarias, otorga su testamento de la manera siguiente: Declara que fue casado con Inés de Morantes, viuda que era de Diego Anastasio, cuando contrajeron matrimonio trajo de dote 500 pesos de oro común del valor de dos casas, de los cuales 200 pesos pertenecían a Juana de Morantes, su hija, por la herencia paterna. Nombra albacea a Nicolás Rodríguez, Antón de Brito sus sobrinos y Antonio Hernández, para que entren en sus bienes y los vendan, y como herederos nombra a José y María sus sobrinos, hijos de José de Brito y de Juana de Morantes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0031 · Item · 1706/04/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la isla de la Palma en el lugar de los Llanos una de la gran Canaria, hijo legítimo de Sebastián Pérez Padrón e Isabel de la O, difuntos, dijo que las cosas de su conciencia las tiene comunicadas con Antonio Padrón, su hijo, por tanto, en aquella vía y forma otorga poder al susodicho para que pueda hacer su testamento con todas las cláusulas, mandas y legados que por una memoria le dejó. Nombra albacea testamentario al citado Antonio Padrón, asimismo lo nombra su heredero legítimo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0020-PC_0020_0027 · Item · 1685/07/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Jacinto Pérez Padrón, hijo legítimo de Luis Pérez Padrón y María Pérez Tenorio, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de San Miguel de la Isla de la Palma, una de las siete Canarias de donde es natural, vecino de esta villa de Córdoba, otorga su testamento de la manera siguiente: Declara que es casado con doña Juana de Contreras Gatica; asimismo señala que ambos han criado en su casa, “con amor de hija”, a Juana de Gatica Padrón, y cuando la susodicha contrajo matrimonio con Manuel Gómez Dávila, le dieron la mitad de los bienes del otorgante y la mitad de los de su mujer. Menciona por sus bienes la casa de su morada; medio solar en que está fundada, ubicado en la calle de San Juan; una negra esclava nombrada Ana Mina de edad de veintitrés años. Nombra por sus albaceas a la dicha Juana de Contreras Gatica; a Antonio Sebastián Pérez Padrón, su sobrino; y a Manuel Gómez Dávila. Por último, nombra como heredera de todos sus bienes a su mujer Juana de Contreras Gatica.

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