El Bachiller don Diego García Calvo, Presbítero, y don Francisco Valero y Alvarado, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de don Miguel Valero Grajeda, difunto, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que les confirió, otorgan el testamento de dicho difunto de la siguiente manera: Declaran que el día 22 de julio pasado falleció dicho alférez en esta villa. Declaran que los bienes del difunto están debiendo lo siguiente: 202 pesos 2 reales a Juan Álvarez de Rivera; 159 pesos al Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Colector que fue de diezmos de la santa catedral de la ciudad de los Ángeles; 150 pesos al Licenciado don Nicolás García de Figueroa, vecino de la Puebla; 100 pesos a Pedro Pezellín Vaca, vecino de Orizaba; 332 pesos al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor de Orizaba; 225 pesos 5 reales a los bienes del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto; a don Francisco Rodezno, vecino de la ciudad de México, Contador del Tribunal de Alcabalas, 384 pesos de traspaso que le hizo don Sebastián de Landeta, vecino de la ciudad de Oaxaca, a quien se los debía el difunto; 212 pesos a don Francisco de Lara, vecino de Acayuca [Acayucan]; 79 pesos a Tomás Lucas de la Cruz y a Juan Lucas, hermanos, vecino del pueblo de Santa Ana; entre otros que se mencionan. Declaran que a dicho difunto le debía el Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, 805 pesos que suplió para compra de las tierras del Ojo de Agua; asimismo, en virtud de poder del Ilustre Cabildo de esta villa, gastó cantidad de pesos en el pleito que siguió contra don Juan Mellado de Rivadeneira, cantidad que le suplió don Miguel Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago. Declaran que el difunto tenía renunciado su oficio de Alférez Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa en don Diego Valero Grajeda, su hermano y que éste se había obligado a pagarle 2 000 pesos, y que sólo le cobraran 1 500 pesos porque le hacía gracia y donación de los otros 500 pesos. Declaran por bienes del difunto un rancho de labor nombrado el Piñal, de 9 caballerías de tierra, el cual tiene cargados 666 pesos 5 reales y medio a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de los Ángeles; y dos solares eriazos en la plaza Pública de esta villa. Se nombran los otorgantes como albaceas testamentarios del difunto y a Francisco Valero y Alvarado como tenedor de sus bienes. Nombra como herederos universales a sus tres hijos naturales: Agustín Valero y a Josefa Valero, mayores de veinticinco años, y a Juan Valero, dieciocho años, y nombra a Francisco Valero y Alvarado como tutor y curador ad bona de su hijo menor Juan Valero.
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José de Ayala, natural del pueblo de Orizaba, vecino de esta villa, hijo legítimo de Antonio de Ayala y de María de Aguilar, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara fue casado con Nicolasa de Aguilar, difunta, natural que fue de Orizaba, durante el matrimonio tuvieron por hijos a María y Ana de Ayala. Ítem declara por sus bienes una fragua, dos yunques, [roto] machos de fierro, una sopestaña del cobre, tres moldes de paños de hacer [roto], fuelle aviado, dos cueros de timbre, tres pares de tenazas, una arroba de cobre, una clavera, una mula, dos frenos mulares, entre otros bienes. Ítem declara que le adeuda el Capitán José de Segura y Ceballos, Marcos Márquez, el Cabo escuadra Benito Caravallo, el Capitán José Tiburcio Valeriano, Pedro Tiburcio, Juan de los Santos Cubillos y el Escribano Juan Jiménez. Ítem declara debe al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Antonio Pezellín y doña Teresa de Olaso Vega. Nombra albacea a Nicolás Pezellín Vaca y Antonio Pezellín, vecinos de Orizaba, y por solo tenedor a éste último. Por último, nombra por sus albaceas testamentarios a María y Ana de Ayala.
Sem títuloDon Juan de Buendía, residente en esta villa y vecino del pueblo de Orisava [Orizaba], en voz y en nombre de doña Inés María de Serrano y [Perea], viuda del Pagador don Juan de Buendía, difunto, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], y en virtud del poder general que otorgó a don Dionisio Serrano y Perea, su hermano, para pleitos y cobranzas con fecha de 20 de agosto de 1715, el cual le fue sustituido por el [susodicho] el 11 de mayo del presente año de la fecha. Y usando de dicho poder, otorga que ha recibido del Capitán don [Antonio] de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa, 1 300 pesos de oro común en reales, cantidad que se obligó a pagar a doña Inés María Serrano Perea, por escritura de 6 de agosto de 1718, en cuya cantidad se incluye una libranza de 200 pesos que se le da por el Capitán don Antonio de Leiva sobre don Fernando Pinzón, su encomendero, vecino de la ciudad de los Ángeles, la cual si no se [ilegible] se volverá y se pagará dicha cantidad en azúcar. Cantidad que tiene recibida, y entrega carta de pago, finiquito y cancelación.
Sem títuloLos Capitanes don Pedro López del Castrillo y don Gaspar Rendón, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan poder general al Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa y residente en la ciudad de México, para que en sus nombres los obligue a favor del Coronel de Caballería don Francisco de Aguirre y Gomendio, vecino de dicha ciudad, Caballero de la Orden de Santiago y Asentista General de la Real Fábrica de Pólvora de este reino, en la cantidad de pesos que los alcanzare dicho coronel como fiadores que fueron, junto con Iribas, del Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Mayor del pueblo de Orizaba.
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