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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0132 · Item · 1706/10/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              José de Ayala, natural del pueblo de Orizaba, vecino de esta villa, hijo legítimo de Antonio de Ayala y de María de Aguilar, difuntos, vecinos que fueron de dicho pueblo, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara fue casado con Nicolasa de Aguilar, difunta, natural que fue de Orizaba, durante el matrimonio tuvieron por hijos a María y Ana de Ayala. Ítem declara por sus bienes una fragua, dos yunques, [roto] machos de fierro, una sopestaña del cobre, tres moldes de paños de hacer [roto], fuelle aviado, dos cueros de timbre, tres pares de tenazas, una arroba de cobre, una clavera, una mula, dos frenos mulares, entre otros bienes. Ítem declara que le adeuda el Capitán José de Segura y Ceballos, Marcos Márquez, el Cabo escuadra Benito Caravallo, el Capitán José Tiburcio Valeriano, Pedro Tiburcio, Juan de los Santos Cubillos y el Escribano Juan Jiménez. Ítem declara debe al Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Antonio Pezellín y doña Teresa de Olaso Vega. Nombra albacea a Nicolás Pezellín Vaca y Antonio Pezellín, vecinos de Orizaba, y por solo tenedor a éste último. Por último, nombra por sus albaceas testamentarios a María y Ana de Ayala.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0135 · Item · 1707/09/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Lorenzo de la Torre, Regidor Perpetuo de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre administre unas casas de su propiedad de piedra y madera, una alta y otra baja, ubicadas en la plazuela del colegió de la Compañía de Jesús y calle del convento de Nuestra Señora de las Mercedes, las cuales arriende por el tiempo y precio que ajuste.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0009 · Item · 1707/09/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Inés María de Serrano y Perea, viuda del Pagador don Juan de Buendía, difunto, vecino de esta villa de Córdoba, registró una escritura de obligación otorgada por el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, y don Tomás López de Sagade Bugueiro, su hermano, vecinos de esta villa, a favor de la susodicha y de sus menores hijos, de 4 236 pesos y 4 reales, a pagar dentro de dos años con sus réditos a razón de 5 por ciento en cada uno, con hipoteca de la parte que cada uno tiene en la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph [José Suchiatl] en esta jurisdicción. La escritura fue otorgada el 12 de [roto] de 1706.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0030 · Item · 1717/05/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Inés María de Serrano y Perea, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomapetec], jurisdicción de la villa de Córdoba, viuda del Pagador don Juan de Buendía, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos y herederos; otorga poder a don José de Ledezma, vecino de la ciudad de México y Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para todos sus pleitos causa civiles y criminales que tenga con cualesquier personas en los juzgados, audiencias y tribunales superiores e inferiores, de ambos fueros eclesiásticos y seculares.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0019 · Item · 1718/04/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Bernardo de Buendía, residente en esta villa y vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de esta villa, en voz y en nombre de doña Inés María de Serrano Perea, su madre, viuda del Pagador don Juan de Buendía; y en virtud del poder que le otorgó a don Dionisio Serrano y Perea, hermano y tío del otorgante, para todas sus causas y negocios civiles y criminales; y, asimismo, como tutora y curadora de sus menores hijos; cuyo poder fue sustituido por don Dionisio Serrano Perea en el otorgante. Declara que ha recibido del Capitán don Lope Antonio de Iribas, uno de los fiadores del Capitán Juan de los Santos Cubillos, a saber 1 326 pesos de oro común en reales, los 1 078 y 4 reales mitad de 2 357 pesos que el difunto le quedó debiendo por resto de escritura de mayor cantidad, y los 147 pesos y 4 reales de réditos cumplidos hasta fin de enero pasado del presente año. Cantidad que se dio por entregada, por lo que dio carta de pago, finiquito y cancelación, y le da este poder general y lasto al Capitán don Lope Antonio con libre y general administración con facultad de sustituir y relevación en forma.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0083 · Item · 1719/08/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa y doña Margarita de Bistrain Dávila, marido y mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de ganado mayor y de labor en su jurisdicción, ella con licencia del susodicho, ambos en mancomún, se obligan de pagar a doña Inés María de Serrano y Perea, viuda del Pagador don Juan de Buendía, a saber 300 pesos de oro común en reales de contado que se dan por entregado. Cantidad que pagarán de la fecha de esta escritura en diez meses, llanamente y sin pleito, pena de la ejecución y costas de la cobranza.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0036-PC_0036_0084 · Item · 1701/11/08
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa de Córdoba, y partido de [San Antonio] Huatusco por Su Majestad, otorga poder especial a don Melchor [roto] Campo, vecino de la ciudad [roto] Oficial Mayor de la Secretaría de Cámara del Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España, para que en su nombre pueda parecer y parezca ante los señores del Real Tribunal de esta Nueva España, y presente las cuentas que han sido y son de su obligación, así de la pagaduría y teneduría de la Real Armada de Barlovento, como las demás que fueren de su cargo; para que sean vistas y reconocidas, pidiendo su aprobación, haciendo para ello todas las diligencias necesarias hasta conseguir el fenecimiento y conclusión de esta dependencia en dicho tribunal.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0081 · Item · 1719/08/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan de Buendía, residente en esta villa y vecino del pueblo de Orisava [Orizaba], en voz y en nombre de doña Inés María de Serrano y [Perea], viuda del Pagador don Juan de Buendía, difunto, vecina del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], y en virtud del poder general que otorgó a don Dionisio Serrano y Perea, su hermano, para pleitos y cobranzas con fecha de 20 de agosto de 1715, el cual le fue sustituido por el [susodicho] el 11 de mayo del presente año de la fecha. Y usando de dicho poder, otorga que ha recibido del Capitán don [Antonio] de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa, 1 300 pesos de oro común en reales, cantidad que se obligó a pagar a doña Inés María Serrano Perea, por escritura de 6 de agosto de 1718, en cuya cantidad se incluye una libranza de 200 pesos que se le da por el Capitán don Antonio de Leiva sobre don Fernando Pinzón, su encomendero, vecino de la ciudad de los Ángeles, la cual si no se [ilegible] se volverá y se pagará dicha cantidad en azúcar. Cantidad que tiene recibida, y entrega carta de pago, finiquito y cancelación.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0042 · Item · 1702/05/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando congregados en el ayuntamiento a saber el Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor y Teniente Capitán General de esta villa y partido de San Antonio Guatusco [Huatusco] por Su Majestad; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor y Alcalde Ordinario; el Capitán don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; y los Regidores don Diego Valero Grajeda, don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General, Francisco de Aguilar y don Juan Valero Grajeda, Regidores; por ellos y en nombre de los demás capitulares y vecinos de esta villa, por quienes prestan voz y caución; otorgan poder en primer lugar al Capitán don Miguel Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago y Diputado Mayor del Comercio de esta Nueva España; en segundo lugar al Capitán don Francisco Vélez de la Rea, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la ciudad de Sevilla; y en tercer lugar al Muy Reverendo Padre Predicador Fray Juan de Ayeta, de la Orden del Seráfico Padre San Francisco, residente en la villa de Madrid; para que en sus nombres y el de los vecinos y moradores de esta villa y su jurisdicción, comparezca ante el Rey Nuestro Señor en su Real y Supremo Consejo de Indias y sigan, prosigan, fenezcan y acaben cualesquier pleitos y negocios que este cabildo y vecinos tuvieren, con cualesquier persona de cualquier estado y calidad que sean; y especialmente, pidan se guarde y cumpla lo determinado por la Real Audiencia de la ciudad México, en los autos que este cabildo, regimiento y vecinos han seguido con el Señor Oidor don Baltazar de Tovar, Juez Privativo para las Medidas y Composiciones de Tierras en esta Nueva España, sobre lo intentado por el Capitán Juan López Mellado y lo demás que se contiene en los autos que este cabildo y regimiento remiten a Real y Supremo Consejo de Indias, para que vistos en dicho consejo se pida se mande guardar, con graves penas, la Real Cédula ejecutoria despachada a favor de esta villa en el pleito que siguió con el fiscal de Su Majestad, sobre la jurisdicción de sus alcaldes ordinarios y sobre la propiedad de las tierras de esta villa, sobre sus límites y linderos desde el principio de su fundación, que son los mismos que contienen las cuatro leguas en cuadro, dos por cada viento, según lo contenido en la Real Cédula de Nuevas Poblaciones. Asimismo, para que pidan se ponga perpetuo silencio a don Gaspar de Rivadeneira y a don Juan López Mellado, para que no inquieten ni perturben a esta villa y sus vecinos en la pacifica posesión de las tierras que Su Majestad les concedió. También, para que se declare esta villa exenta de medirse y componer sus tierras, por haberlo hecho ya en diferentes ocasiones.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0105 · Item · 1709/08/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan José de Brito Lomelín, vecino de esta villa, mayor de veinticinco años, uno de los hijos y herederos del Capitán Francisco de Brito Lomelín y doña María de León, difuntos, vecinos que fueron de esta villa, otorga poder general a Miguel García de Monzaval, maestro de boticario y vecino de esta villa, para que en su nombre parezca ante el Señor Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, juez del conocimiento de los autos del testamento e inventario de los bienes que quedaron por muerte de sus padres y juicio divisorio de ellos, o ante otro señor juez que con derecho pueda y deba, y pida demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de los albaceas de dichos difuntos, tutor y curador ad bona, la cantidad de pesos que le cupo de parte paterna en los bienes de su padre. Asimismo, para la división y partición de los bienes que quedaron de doña María de León, su madre.

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