Don Sebastián Fernández de Bobadilla, vecino de la ciudad de Veracruz, residente en Jalapa, otorga poder especial a don Manuel Bueno, vecino de la misma ciudad, para que en su nombre pida y tome cuentas a don José de Costa, vecino de la Villa de Orizaba, con sus debidos cargos hasta la liquidación de la deuda que tiene con el otorgante.
ORIZABA, VILLA DE
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Doña Ignacia Gertrudis Morales, doña Rita Morales, doña Margarita Morales, doña Mariana Morales, doña Josefa Antonia Morales y don Juan Morales y don Manuel Morales, ausente, hermanos, vecinos de este pueblo, hijos legítimos de don Francisco Javier Morales, difunto; otorgan poder especial a don José Joaquín Morales, también hermano de los declarantes, para que cobre a quien tenga en su poder una casa de paredes que el citado difunto dejó en la Villa de Orizaba, para lo cual comparezca ante la Real Justicia de la citada villa.
Don José Antonio Morales y doña María Josefa Morales, mujer del Capitán José Antonio de la Pedreguera, vecinos de Jalapa, hijos legítimos del difunto don Juan Manuel Morales, otorgan poder especial a don José Joaquín Morales, primo de los otorgantes, para que pida, demande, reciba y cobre a cualquier persona, una casa y sus usufructos ubicada en la Villa de Orizaba, la cual dejó el Bachiller José Morales, Presbítero y tío carnal de los otorgantes, a quienes les pertenece junto con los hijos de don Francisco Javier Morales.
Don Marcos González, natural de la villa de Cantir, Arzobispado de Burgos, jurisdicción de Campo en los Reinos de Castilla y vecino de la Villa de Orizaba, Teniente Coronel de las Milicias Provinciales de las tres villas, hijo legítimo de don José González de Miera y de doña María Fernández de los Ríos, difuntos, casado con doña Teresa Fernández, hija legítima de don Alejandro Fernández y de doña María de la Vega, otorga poder para testar a favor de don Patricio Fernández, su hijo político, junto con don Antonio de Couto y Aballe, ambos vecinos de Orizaba, y a don Manuel Santos Terán, vecino de Córdoba, asimismo los nombra albaceas testamentarios y como herederos universales nombra a doña Gabriela, casada con el citado Patricio Fernández; doña María Trinidad, don José Manuel, don Francisco, doña Micaela y doña Teresa, sus hijos legítimos.
Don José Manuel de Ceballos, Coronel del Regimiento de Infantería Provincial de Córdoba, Orizaba y Xalapa, residente en esta Villa, otorga poder general a su hijo don Pedro de Ceballos y Cosío, residente en México, para que en su nombre cobre todas las cantidades de pesos que le deban, así para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, eclesiásticos y seculares.
Don José de la Fuente Capitán de Infantería del Regimiento de Milicias de Córdoba, Orizaba y Jalapa, como Hermano Mayor de la Venerable Tercer Orden de Nuestro Señor Padre Señor San Francisco, otorga que ha recibido de don José Antonio Pereira de Castro, como marido de doña María Luisa Salvo, 350 pesos, dicha cantidad es con la que Rita Apolonia Jiménez dotó una obra pía de misas cantadas con ministros en la capilla del Tercer Orden, y los cuales recibió en calidad de depósito irregular el 15 de junio de 1796, por lo que don José de la Fuente da por nula y cancelada la escritura.
Nicolás Molina, natural de la Villa de Orizaba y vecino de la jurisdicción de la Antigua, en el rancho de la Cuesta de la Rinconada, hallándose en el pueblo de Jalapa, otorga su testamento donde declara que tiene entre sus bienes una casa en este pueblo; fue casado en primeras nupcias con María Josefa Ávila, difunta, y en segundas nupcias con Catalina Pensado, nombra como albaceas testamentarios a su citada esposa, Catalina Pensado, junto con su hijo Antonio y don José Antonio Tabera, vecino de este pueblo, y como herederos universales sus hijos legítimos del primer matrimonio, junto con los de su segundo matrimonio.
Francisco de Rebolledo, José de la Cruz Ortiz, Antonio Modesto Ortiz, Juan Galván entre otros labradores y vecinos del pueblo de Coatepec, juntos y en nombre de los demás vecinos de dicho pueblo, otorgan poder especial al Licenciado Carlos José de Thormes, Abogado de la Real Audiencia de México, para que en nombre de dicho vecindario solicite se les conceda sembrar tabacos en él, para entregarlo a Su Majestad bajo los precios, cantidades que tienen contratado y contrataren las villas de Córdoba y Orizaba.
Don Vicente Gómez, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, su data en Orizaba en 12 de julio del próximo pasado, y de ellos se manifiesta que doña Gertrudis de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Carvajal [y Contreras], actual mujer de don Manuel González Carrasco, albacea testamentaria y heredera usufructuaria de dicho su difunto marido, para que durante los días de su vida goce los réditos del caudal del susodicho, “y el que fuere por su muerte” se convirtiere en obras pías a su arbitrio y disposición por su alma y la del susodicho; y para dar cumplimiento a la voluntad de Carvajal, en atención a que liquidado el caudal resultaron a su favor 19 428 pesos 2 reales y 6 granos, los cuales están impuestos en la hacienda de fabricar azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que es la misma que el referido don Nicolás vendió a censo al Capitán don Gabriel Mangado y Clavijo, y hoy posee su mujer doña Gertrudis de Segura. Asimismo, se manifiesta que con la cantidad hizo aplicación de ciertas obras pías que han de tener efecto después de su fallecimiento, de las cuales fueron aprobadas por el señor juez de testamento, y éste último mandó que doña Gertrudis de Segura reconociese en favor de dichas obras pías, las que la referida doña Gertrudis, para cuando el caso llegue después de su fallecimiento determinó dotar y fundar cada una con el principal que le corresponda, y respecto a que de la cantidad se hicieron las obras pías y resultaron sobrantes 4 428 pesos 2 y medio reales, los cuales destinó y aplicó para que los réditos se conviertan anualmente en misas rezadas aplicadas por su alma y la del mencionado don Nicolás. Y para que su fundación tenga efecto, desde ahora y para después de su fallecimiento hizo institución, fundación y dotación de la referida obra pía y memoria de misas con el dote y principal de dichos 4 428 pesos 2 y medio reales, y para ello renunció y transfirió los derechos y acciones de propiedad que ha dicho principal tenía; y dio su posesión y poder bastante para que cobren y perciban de la citada doña Gertrudis de Segura y sus sucesores en la mencionada hacienda el principal y réditos de esta dotación.
UntitledDon Carlos Díaz y Herrero, del Comercio de España y vecino de Jalapa, otorga poder especial a don Francisco Joaquín de Oruesagasti, residente en la Villa de Orizaba, para que pida y tome cuentas a don Francisco Moreno, residente en la misma villa, de los efectos, caudal y hacienda que ha sido a su cargo.