Francisco Palomino, vecino del pueblo de Orizaba, residente en esta jurisdicción de la villa de Córdoba, en nombre y como apoderado de Domingo Gómez, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, vende al Regidor Francisco de Aguilar, un esclavo mulato nombrado Joseph [José], criollo, por precio de 150 pesos, el cual hubo y compró a Simón de Rosas, vecino de dicha ciudad.
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Don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa, dueño de trapiche, una mulata esclava suya nombrada Margarita, soltera, que será de edad de treinta y ocho años poco más o menos, misma que hubo y compró de Juan Ramírez, vecino que fue del pueblo de Orizaba. La vende por esclava cautiva sujeta a cautiverio y servidumbre, por libre de deuda, empeño, hipoteca y otra enajenación sin asegurarla de ninguna tacha, defecto ni enfermedad, al precio de 300 pesos de oro común.
Sem títuloLorenzo Fernández, residente en esta villa de Córdoba, y vecino del pueblo de Orizaba, marido que fue de tercer matrimonio de Felipa [Díaz de Tovar], difunta. Dijo que dentro los bienes inventariados, que quedaron por fin y muerte de dicha Felipa, se halla un esclavo mulato llamado Diego, de edad de veintidós años, natural del pueblo de Orizaba, el cual se le entregó por el Capitán Juan de la Lastra Madrasso [Madrazo] para que lo pudiera vender y pagar a los herederos que fueron de su encargo. Por tanto, otorga que vende dicho esclavo al Capitán Francisco de Mesa [Meza], vecino de esta villa, a quien lo tiene entregado desde hace cinco meses, y que es libre de empeño, deuda, enajenación e hipoteca. Sin asegurar de ninguna tacha, enfermedad, vicio o defecto, al precio de 200 pesos que tiene recibidos de contado.
Sem títuloDon Manuel Gómez Dávila, doña María de Olaso y Salgado y Juan Gómez Dávila, como albaceas testamentarios de José Gómez Dávila, difunto, dijeron que respecto a tener presentado el testamento y para dar cumplimiento a su última voluntad y proceder a las diligencias que se requieren para el juicio divisorio de los bienes que dejó dicho difunto, otorgan que hacen inventario de los bienes que dejó en esta villa y fuera de ella, entre los que destacan: Una casa de vivienda de 24 varas de largo, con puertas y ventanas de cedro, techada de zacate; cajas de cedro con sus cerraduras y llaves. Herramientas de trabajo, armas, muebles, ropa de cama. Dos jacales donde vive la gente. Un negro nombrado Francisco, Loango, de treinta años de edad; otro negro nombrado Baltazar, mandinga, de treinta y cinco años; Teresa, mujer de este último, Mina, de cuarenta y cinco años; José, rayado, de treinta años; Inés, casta popo, de treinta años; Santiago, Carabalí, de treinta años; Gertrudis, casta Congo, de treinta y cinco años; Alejandro, mulato, de dieciocho años; entre otros que se mencionan. Cinco cocos guarnecidos de plata, un forlón armado con sus guarniciones y con dos mulas; una cadena con su grillete. Varias mulas, machos, caballos, cien yeguas de vientre, sesenta vacas de vientre, diez becerros, doce cabestros, ciento sesenta y cinco toros. Las tierras del sitio que llaman del Novillero. Una casa de piedra y madera alta, en el pueblo de Orizaba, en la plaza Pública de dicho pueblo.
Sem títuloEl Sargento Juan Martínez Tinoco y doña María Ramírez Masin, vecinos del pueblo de Orizaba y residentes en esta villa de Córdoba, dijeron que por cuanto tienen una esclava mulata nombrada María de la Concepción, la cual hubieron [roto] de su madre doña Teresa de Herrera, como consta en su testamento. Y por causas justa que les mueven, le permiten librarle de la sujeción y cautiverio en que se encuentra, a ella y sus tres hijos que se hallan en la edad pupilar, nombrados Antonio, Gabriel y Juan; cuya libertad otorgan con las condiciones expresadas en esta escritura, por el mucho amor que le tienen y por haberlos servido bien y fielmente y por haberla criado teniéndola en lugar de “nuestra hija”. Es condición que la susodicha y sus hijos gocen de libertad luego que alguno de los otorgantes fallezca: y si alguno de los otorgantes quedare vivo y contrajera segundas nupcias, no pueda obligar a los susodichos a servirles; y que la dicha María de la Concepción ha de estar, después del fallecimiento de algunos de los otorgantes, con María de las Nieves Tinoco, hija de los otorgantes, hasta que se ponga en estado y después la susodicha goce de su libertad junto con sus hijos. Y cumplido lo referido, es su voluntad que, si María de las Nieves no tomara estado o llegara a fallecer, María de la Concepción la asista y después goce de su libertad y junto con sus hijos goce también de un medio solar que poseen en el pueblo de Orizaba, el cual tienen donado los otorgantes a su hija María de las Nieves. Y si la dicha María de la Concepción tuviera otros hijos durante este tiempo, también gocen de su libertad. Es su voluntad que los menores hijos de María de la Concepción, luego de que cumplan catorce años de edad, de su propio trabajo personal, digan cada uno por las almas de los otorgantes dos misas cada año por el tiempo de sus vidas.
Sem títuloDomingo Mucio, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga que vende al Licenciado don Antonio de Lorza, Presbítero, vecino del pueblo de Orizaba, un esclavo mulato nombrado Juan Soberanes, de más de treinta años de edad, criollo, el mismo que compró de don Antonio Fernández de Obregón, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. Lo vende en 225 pesos de oro común.
Sem títuloJuan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Capitán Juan José Fernández, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], un mulato esclavo nombrado José, criollo del pueblo de Orizaba, de edad de veintitrés años poco más o menos, el mismo que hubo y compró de Juana Bernal, viuda de Ignacio de Espinosa, por escritura hecha en el pueblo de Orizaba el 22 de octubre de 1698. Lo vende en precio de 350 pesos de oro común.
Sem títuloPedro Canales de la Feria y Medina, vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Pedro Canales de la Feria y Medina, difunto y vecino que fue de esta villa, y de María de Zúñiga, asimismo vecina de esta villa, dijo que por cuanto tiene por esclavo a Pedro de Alcántara, mulato de nueve años poco más o menos, que nació en su casa, hijo de Magdalena Lorenza, mulata su esclava, que la hubo y heredó de su padre, la cual vendió en esta villa a Gaspar Rendón, vecino de esta villa; y porque doña Josefa María López de Benavides, vecina de la dicha ciudad y residente en el pueblo de Orizaba, viuda del Capitán don Pedro de Bonda, difunto y vecino que fue de dicha ciudad, como “ama” que es de la dicha Magdalena Lorenza por haberla comprado el dicho su marido a Gaspar Rendón, y atendiendo a los buenos servicios, amor y lealtad de la susodicha, y por habérselo rogado y pedido la dicha su esclava, el que le otorgue escritura de libertad a dicho Pedro de Alcántara, ofreciendo 150 pesos; por tanto, en aquella vía y forma otorga que desde ahora para siempre jamás ahorra y libera al dicho Pedro de Alcántara, por los 150 pesos de oro común que ya le ha dado la dicha doña Josefa María López de Benavides.
Sem títuloSebastián Álvarez, residente en esta villa, vecino del pueblo de Orizaba, vende a Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor de esta villa y Regidor perpetuo por Su Majestad, un mulato prieto, su esclavo, nombrado Juan que será de edad de veinte años, poco más o menos que hubo y compró de Nicolás de Espinosa. Lo vende libre de empeño, enajenación e hipoteca, en precio de 200 pesos que tiene recibidos de contado.
Sem títuloLorenzo Fernández, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Orizaba, marido que fue de tercer matrimonio de Felipa Díaz de Tovar, difunta. Dijo que dentro de los bienes inventariados, que quedaron por fin y muerte de dicha Felipa, se halla un esclavo mulato llamado Gerónimo [Jerónimo], de edad de dieciocho años, natural del pueblo de Orizaba, el cual se le entregó por el Capitán Juan de la Lastra Madrasso [Madrazo], para que lo pudiera vender y pagar a los herederos que fueron de su encargo. Por tanto, otorga que vende dicho esclavo a don Hipólito del Castillo, vecino de esta villa, a quien lo tiene entregado a más de cinco meses, y que es libre de empeño, deuda, enajenación e hipoteca, sin asegurar de ninguna tacha, enfermedad, vicio o defecto, al precio de 200 pesos que tiene recibidos de contado.
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