ORIZABA, PUEBLO DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0437 · Stuk · 16/01/1719
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Sebastián Ruiz de la Cueva, vecino de Orizaba, hijo legítimo de Juan Ruiz Beliz de la Cueva y de María de Espíndola, otorga su testamento donde declara lo siguiente: debe a Pablo Luis de la Cueva, su hermano 144 pesos, a Pedro Mosquera 187 pesos, a Felipe Lance, vecino de Maltrata 52 pesos 2 reales, a Juan Álvarez, vecino de Orizaba 106 pesos; al Conde del Valle 245 pesos; a él le debe Antonio Lorenzo de Riascos, vecino de Orizaba 102 pesos, la Marquesa del Valle 105 pesos, don Juan de Torija, vecino de la Puebla 77 pesos; los indios del pueblo de Santa Ana, sirvientes de don Fernando de Castro 200 pesos, entre otros. Declara ser casado con Manuela Díaz de la Higuera, quien trajo a su poder 1, 000 pesos por el valor de una casa, su menaje y joyas y él no tenía caudal alguno, durante su matrimonio procrearon 6 hijos. Nombra como albaceas a su mujer y a su hijo Sebastián, como herederos nombra a todos sus hijos y a su mujer.

              1588, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0025-EO_0025_0083 · Stuk · 10/11/1593
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Ante el Escribano Gabriel Bravo, pareció Diego Rodríguez, mayoral de Gerónimo Pérez, para registrar una partida de ganado vacuno compuesta de 450 reses, toros y novillos, 300 reses de la estancia de Gerónimo Pérez y las 150 restantes del hierro del Marqués, hallándose presente en este registro Santiago Verdugo, mayordomo del dicho Marqués.\n

              1584, Expediente 5
              MX UV.USBIX ANO-E-0016-EO_0016_0036 · Stuk · 23/04/1588
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Juan de Moya, vecino del pueblo de Orizaba, hace donación de un sitio de estancia de ganado mayor, en términos del pueblo de Chocamán, a favor de Felipe de la Cueva [y de] Herrera, administrador de la hacienda de don Rodrigo de Vivero, misma que obtuvo por merced del Marqués de Villamanrique, Virrey de esta Nueva España.\n\n

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0044 · Stuk · 1709/03/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel de Santayana, residente en este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, y vecino del pueblo de Orizaba, en voz y nombre de don Diego Antonio Madrazo Escalera, vecino de dicho pueblo de Orizaba, y en virtud del poder que le otorgó en Orizaba el 25 de mayo de 1700; otorga que vende a don Nicolás de Aguirre Figueroa, vecino de la provincia de Tepeaca, labrador y dueño de hacienda de ganado menor en el pueblo de San Andrés Chalchicomula, un sitio de ganado menor que está entre los dos caminos que salen del pueblo de San Francisco Chocamán para los pueblos de San Juan Coscomatepec y San Miguel Tomatlán; que por la banda del norte linda con la barranca de Chiltepeque [Chiltepec] y Tomatlán; y por el sur con tierras del comprador. Dicho sitio entre otros, hizo merced el Señor don Álvaro Manrique de Zúñiga y Sotomayor, Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España, a Luis Muñoz Bravo, su fecha en la ciudad de México a [roto] de 1588, [refrendada] de Martín López de Gauna; cuyo sitio es el mismo que entre otros heredó don Diego Antonio Madrazo del Señor Marqués del Valle de la Colina, su tío, quien los hubo y compró de don Agustín de Urrutia de Vergara. Lo vende en precio de 350 pesos horros de alcabala, cantidad que pagará el primero de mayo de este presente año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0129 · Stuk · 1702/12/20
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Gómez Dávila, Manuel Gómez Dávila y doña María de Olaso y Salgado, viuda de José Gómez Dávila, vecino que fue de esta villa de Córdoba, todos vecinos de ella y albaceas testamentarios y fideicomisarios nombrados por José Gómez Dávila en cláusula de poder que otorgó en esta villa el 22 de noviembre de 1702; en virtud de dicho poder ordenan su testamento en la manera siguiente: Declaran que José Gómez Dávila falleció en esta villa el 27 de noviembre de 1702 y su cuerpo sepultado en la iglesia parroquial de esta villa. Dijeron que el difunto ordenó se dieran 100 pesos para la fábrica material de la iglesia parroquial de esa villa y 100 pesos para el convento de San Antonio de esta villa. Declaran que el difunto contrajo primeras nupcias con doña María de Leiva Esparragosa, con quien procreó a Catalina de San José, Religiosa Profesa en el convento de Santa Clara de la ciudad de la Puebla; a José Gómez, de diecisiete años; a Juana María, niña de trece años, que también está en dicho convento; a María Teresa, de once años. Asimismo, declaran que estuvo casado por segundas nupcias con María de Olaso y Salgado, con quien procreó a Diego, de cuatro años, y a Ciprián Francisco, de catorce meses. Declaran que dicho difunto quedó a deber 300 pesos al Señor Marqués de la Colina; 656 pesos a la santa iglesia catedral de la ciudad de Puebla, de los diezmos de la de hacer azúcar que tuvo; a Manuel de Santayana, vecino de Orizaba; las alcabalas que causó la venta del trapiche de beneficio de hacer azúcar nombrado San José; entre otras deudas que se mencionan. Declaran que el difunto tenía vendido al Capitán don José Amaro Bocarando seis esclavos, de los cuales no le entregó escritura ni recibo de venta. Asimismo, el difunto tenía vendida al Secretario Juan de Espinosa, la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrado San José, en cantidad de 26 000, de la cual no le había hecho escritura y de cuya cantidad había recibido en diferentes partidas 11 000 pesos poco más o menos, y el resto lo pagaría Espinoza de la siguiente manera: 3 000 pesos al convento de Santa Clara por la dote de su hija Catalina de San José; 1 400 al Capitán don Lucas de Acosta, Factor de Asiento de Negros, por los esclavos que le compró; y 3 690 pesos quedaran impuestos sobre dicha hacienda a censo redimible a favor de varias obras; y los 6 000 pesos restantes los pagaría dicho Espinoza en plazos de 2 000 pesos cada año. También les comunicó de un censo a su favor, con el principal de 1 000 pesos cargados sobre la hacienda que quedó por bienes de Pedro García de Meza, del cual le deben los réditos de año y medio. Declaran sobre el valor de una casa en el pueblo de Orizaba, el difunto fundó una capellanía de misas rezadas de 3 000 pesos de principal por su alma, de la cual nombró por capellán propietario al Bachiller don José de Olaso, estudiante del colegio de San Juan de la ciudad de los Ángeles. Los otorgantes se nombran albaceas como consta en dicho poder para testar. Y nombran como herederos a los hijos del primer y segundo matrimonio. Y por tutor y curador ad bona de los hijos menores a Juan Gómez Dávila. Y el remanente que quedase del quinto de sus bienes y de todos que importare, se le den los réditos a Catalina de San José y por su fallecimiento deberán entrar al tronco y participación de los demás hijos del difunto.

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              1588, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0025-EO_0025_0009 · Stuk · 15/08/1588
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Ante Payo Patiño Dávila, Corregidor por Su Majestad de esta provincia, pareció Antonio [Antón] de Espinosa, mayordomo de las haciendas del Marqués del Valle, para registrar una partida de ganado vacuno del hierro y señal del dicho marqués, compuesta de 800 reses, 400 de ellas son toros y novillos, y el resto son vacas por una licencia que presentó de su excelencia. \n\n

              1635, Expediente 1
              MX UV.USBIX ANO-E-0077 · Bestanddeel · 16/11/1635
              Part of Archivo Notarial de Orizaba

              Bando del Virrey de Nueva España, don Lope Díez de Armendáriz, Marqués de Cadereyta, en el que se ordena que si en algún partido o jurisdicción se encuentran habitando franceses, se proceda al embargo de todos sus bienes, muebles, raíces, semovientes haciendas y papeles, los cuales pondrán en depósito seguro, asimismo se ordena el embargo de papeles de cualquier encomendero que tuviere correspondencia de encomienda u otros tratos con dichos franceses, en respuesta a las hostilidades y embargos que éstos han hecho contra los vasallos de Su Majestad en Flandes e Italia. El dinero, plata, oro y géneros que con facilidad de vendan, se remitan a la Real Caja, para después enviarlo todo a Su Majestad en la primera flota que se dirija a España, partiendo de San Juan de Ulúa a fines de marzo de 1636. Así mismo contiene instrucción dirigida a los alcaldes mayores, corregidores y justicias de Nueva España para la ejecución de su bando. Contiene el embargo de 38 cargas de harina propiedad del francés Juan Chico de Gofre, vecino de Tehuacán, y pleito entre éste y Juan Hernández, vecino de Orizaba y arrendatario de molino, por una deuda de 44 pesos de resto de mayor cuantía correspondiente a unas botijas de vino que le vendió el francés.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0174 · Stuk · 1759/07/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Pedro de Solís y Padilla, Oficial Mayor de este oficio, vecino de esta villa de Córdoba, exhibió un testimonio de una escritura a fin de que se registre en este libro, y en él consta que el Teniente Coronel don Miguel de Sesma y Escudero, Caballero del Orden de Santiago, Capitán Comandante del Cuerpo de Dragones de la plaza de la Nueva ciudad Veracruz, y residente en el pueblo de Orizaba, vendió a don Gabriel de Segura y Ceballos, Alcalde Ordinario de la Nobilísima ciudad de la Puebla de los Ángeles, una hacienda ingenio del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción Tuxpango con todo lo que le pertenece, la cual poseía por suya propia en doctrina del curato de San Xptoval [Cristóbal] del Naranjal, de la jurisdicción de Orizaba, en virtud de remate público que se le celebró de ella, como bienes concursados del General don Domingo Ruiz de Tagle, Marqués que fue de Sierra Nevada; cuya venta de la mencionada hacienda hizo a dicho don Gabriel de Segura y Ceballos por precio de 88 135 pesos 7 tomines; los 135 pesos y 7 tomines que entregó en reales a don Miguel de Sesma, y el resto que condicionó el que habían de quedar impuesto y cargados a censo principal redimible sobre la misma hacienda con sus réditos de 5 por ciento en cada un año. Y estando presente Gabriel de Segura y Ceballos, impuso y cargó a censo principal redimible sobre todos sus bienes y expresadamente sobre la expresada hacienda Tuxpango, y se obligó a pagar la expresada cantidad conforme se le fueron proporcionando su reposición, y en el ínterin los 4 400 pesos de censo tributo y rédito en cada un año, y para mayor seguridad del pago hipotecó una hacienda nombrada San Joaquín que tiene por suya propia en esta jurisdicción. Y estando también presente al tiempo de su otorgamiento don Francisco Antonio Zorrilla, vecino y del comercio de Orizaba, en voz y nombre de doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda de don José de Segura y Ceballos, vecina de esta villa, y en virtud del poder que le otorgó que la instituía fiadora y principal pagadora de dicho don Gabriel Segura y Ceballos, y para seguridad del pago hipotecó dos haciendas que dicha Gertrudis tiene, una de fabricar azúcar nombrada Nuestra Señora de la Candelaria, y la otra de ganado mayor y menor nombrada Acatengo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0033-PC_0033_0007 · Stuk · 1698/02/14
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor don Miguel de Leyva, vecino de esta villa, y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; y el Capitán don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa, en nombre y con poder del Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de los Ángeles, dijeron que dicho hermano vendió al Regidor Joseph de Leyva [José de Leiva], vecino de esta villa, un sitio y 9 caballerías de tierra [en términos] de la jurisdicción de esta villa y la de Guatusco [Huatusco], que lindan por la parte del norte y poniente con el corral que llaman de San Lorenzo, donde se encierran las partidas de ganados que vienen de tierra caliente, cortando línea recta hasta dar con Gueguehapa y el cerro, y por la parte de dicho cerro y el río Blanco hasta dar con las tierras que traspasó a don Alonso López de Sagade [de Bugueiro], que es un sitio que ha de correr su medida desde las piedras que señala la merced, que es su centro, con 33 cordeles y 16 varas y una tercia de 50 varas; y por el oriente dicho Guegueapa con una ceja de monte espeso hasta dar con la laguna de Piedras y línea recta a dar al arroyo de agua, y por dicho monte dicho arroyo hasta donde lo cruza la línea de las medidas, saliendo al arroyo pedregoso que está al fin del barrial en el camino real y dicho camino hasta dar con el corral de las partidas. La enunciada venta se hizo con expresa calidad de que si dentro de los linderos mencionados hubiese más tierras, se le habían de vender a dicho regidor y no a otra persona, en cuya conformidad y reconocido haber más tierras en las referidas, puso demanda la parte de dicho regidor contra la de Francisco de Rivadeneira ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia; y habiendo llegado noticia a Francisco de Rivadeneira, pasó a esta villa de Córdoba a reconocer dichas tierras, hallando que dentro de dichos linderos subsiste un sitio de tierra de ganado menor perteneciente a dicha su parte que es el tercero de cuatro que contiene la merced que de ellos se le hizo a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo, el cual llaman Jiquilapan, ubicado en una sabana llana donde está una mata de monte grande y en medio de ella algunos pies de árboles de anonas y otros; y a la parte del norte un arroyo seco montuoso, 100 pasos desviados de dicha mata; y a la parte del sur el río Blanco; y hacia el oriente dos tetelas juntas pequeñas. Cuyo sitio de tierras le pidió el regidor don Miguel de Leiva [Esparragosa], le venda juntamente con otro sitio que es el segundo de dicha merced, a su linde con una sabana que llaman Jilosuchitaan [sic], en donde está una loma pequeña de piedras con árboles de encina, estando hacia el norte una laguna pequeña muy cerca del sitio y otra mayor a orilla del camino que va de Orizaba a Tlalixcoyan, desviada de dicho sito como 150 pasos; y hacia la parte del poniente una mata de monte grande y junto a las dos lagunas una tetela baja. Y para que cese dicha demanda y cumplir con la obligación referida sobre la venta de dichas tierras, don Francisco de Rivadeneira, en nombre de dicho Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, vende al Regidor don Miguel de Leyva [Leiva], hijo de Joseph de Leyva [José de Leiva], el primer sitio en 3 000 pesos de oro común y el segundo en 1 750 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0088 · Stuk · 1712/10/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, Presbítero; don Francisco Valero y Espinosa y doña Juana Ramón y Espinosa, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que les confirió, por la presente otorgan su testamento de la siguiente manera: Declaran que el difunto dejó los siguientes débitos: 1 029 pesos que debía al Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, de cuentas de capellán de la capilla por doce años; 9 200 pesos de principal que está sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada San Antonio de Padua, y los debía a los menores hijos del difunto Capitán don Antonio de Brito Lomelín, y un año de sus réditos; debía de una capellanía que esta impuesta sobre dicha hacienda, de 2 000 pesos de principal a favor del Bachiller don Juan de Aranda Gómez, difunto; le debía a don Juan de Godoy, Secretario del Ilustrísimo Señor Obispo de este obispado, 100 pesos de réditos de dicha capellanía; al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, 2 000 pesos de principal que están sobre dicho trapiche, y sus réditos; a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la parroquia de esta villa, 1 000 pesos de principal situados sobre dicho trapiche y un año de réditos; a los herederos del Capitán don Diego Salgado, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, 1 379 pesos 7 reales y medio de resto de cuentas como encomendero que fue de dicho difunto; al Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, 1 240 pesos de avíos para dicha hacienda; al Conde del Valle, don José Hurtado, 1 500 pesos; al Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, del diezmo del tiempo de su administración; al maestro José de Rivera, del arte de barbero, vecino de esta villa 100 pesos de una libranza; a don Miguel García de Monzaval, maestro de boticario, vecino de esta villa, por medicinas de su botica a dicha hacienda y gasto de casa; a Juan de Dios, maestro calderero, vecino de Orizaba, 16 pesos; entre otros débitos que se mencionan. Asimismo, declaran que al difunto le debían las siguientes personas: el Capitán Juan de Piña le debe 2 180 pesos procedidos del valor de la hacienda San José de Omealca, en la jurisdicción de la Antigua Veracruz, que le vendió el difunto; Antonio Riveron, vecino del pueblo de Orizaba, 500 pesos que quedaron debiendo los indios gañanes de la hacienda de Tecamaluca, que fue del dicho difunto; Diego Ventura Márquez, maestro calderero, vecino de esta villa; entre otros que se mencionan. Declaran que dicho difunto contrajo terceras nupcias con doña Juana Ramón y Espinosa, la cual declara haber llevado por dote 1 663 pesos como consta en recibo, más 300 pesos que le entregó el Marqués de Sierra Nevada, vecino del pueblo de Orizaba, albacea y heredero que fue de doña Clara de Mora y Medrano, de la obra pía que fundó la madre del Capitán don Juan González de Olmedo. Declaran que dicho difunto contrajo primeras nupcias con Juana de Gatica Padrón, y durante dicho matrimonio procrearon a doña Estefanía Gómez Dávila, mujer legítima de don Francisco Valero y Espinosa; y que también pasó a segundas nupcias con doña Gertrudis de Guzmán y Picasso, con quien procreó a don José Gómez, de dieciséis años de edad, y a don Pedro Gómez, de trece años. Declaran que procreó con doña Juana Ramón y Espinosa, su tercera esposa, a Manuel José, de cuatro años de edad; a Juan, de tres años; a doña Mariana Gómez Dávila, de un año; y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declaran que, a dicho difunto, por ante Real Justicia de esta villa, le hizo cesión doña Marina Gómez Dávila, su difunta hermana, viuda del Capitán Juan Rodríguez Durán, de la hacienda de trapiche nombrada Señor San Antonio, que quedó por bienes del Capitán don Antonio de Brito Lomelín, difunto, habiendo reconocido las tutelas que sobre dicha hacienda estaban a favor de los hijos y herederos de dicho capitán y las dotes de doña Gertrudis García y acreedores que había sobre dicha hacienda. Declaran por bienes de dicho difunto la hacienda nombrada San Antonio y una casa principal en esta villa. Los otorgantes se nombran como albaceas testamentarios; y por tenedora de bienes a doña Juana Ramón. Nombran como herederos universales a los hijos del difunto, y como tutor y curador ad bona de los menores a don Francisco Valero y Espinosa.

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