Don Pedro de Parraga Robledano, vecino del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de los difuntos don Julián de Parraga, natural de la Villa de Madrid, y de doña Victoria Robledano de Cardeña, natural de la Villa de Brunete, en los Reinos de Castilla, otorga poder para testar, nombramiento de albaceas y de herederos al Licenciado don Bartolomé Martínez de Mora, Clérigo Presbítero Domiciliado del Obispado de Puebla, al Capitán don Manuel de Olmedo, y a don Gabriel Fernández Molinillo, de la Orden de Santiago del Consejo de Su Majestad en la Ciudad de México.
ÓRDENES RELIGIOSAS
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El presbítero don José Ignacio Ibáñez, domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, otorga poder especial al presbítero don Antonio Caro, sacristán del convento de Jerónimas de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre y representación, solicite y tome colación canónica de la capellanía de agonizantes, que con el principal de 4 000 pesos fue fundada por don José Robledano de Cardeña, a la que ha sido nombrado patrono de ella por la Venerable Orden Tercero de San Francisco de esta villa.
Sem títuloDon Antonio Velasco Quiroz, Hermano Mayor del Venerable Orden Tercero de Penitencia de Nuestro Seráfico Padre Señor San Francisco de esta ciudad; y don Dionisio Camacho, Síndico más antiguo de este Ilustre Ayuntamiento Constitucional, autorizados ambos por sus respectivas corporaciones, como consta de las credenciales que han exhibido, en virtud de la ley 63, título 18, partida 3, otorgan que el primero da y el segundo recibe, en uso para ocupación temporal, una parte del terreno del atrio del convento llamado comúnmente cementerio, cuya figura geométrica es irregular, pues forma un romboide de cuatro lados desiguales, el primero al oriente 18 varas; el segundo al occidente de 18 varas; el tercero al sur de 150; y el cuarto al norte de 150; siendo el área 2 700 varas cuadradas, quedando el resto del sitio para que forme el atrio del convento. Cuyo contrato ha sido celebrado previos los requisitos necesarios, como lo son la autorización del Señor Obispo de esta diócesis para la profanación del sitio y la autorización del Supremo Gobierno del Estado en cuanto a gastos. Cuyo cementerio de San Francisco habiendo solo servido de tránsito para la iglesia y convento, sin que ningún cadáver se haya sepultado allí desde tiempo inmemorial, el señor obispo de la Puebla dio autorización para que se profane el sitio, convirtiéndolo en plaza de mercado y ornato público. Asimismo, el Supremo Gobierno del Estado autorizó el presupuesto para dicha construcción. Y para esclarecimiento de dicho contrato establecen las siguientes condiciones: Que los gastos que ocurran para derribar las paredes que formaban el antiguo atrio, en levantar las que cerquen el nuevo, en hacer las correspondientes puertas y en adornarlo con los nichos del viacrucis, serán a cargo del ayuntamiento. Que, si el ayuntamiento no usase el sitio, lo entregará en el estado que lo recibió. Que el ayuntamiento dará al Monasterio de San Francisco 100 pesos cada año por vía de limosna, durante todo el tiempo que el sitio le sirva, garantizando el pago con los fondos de la municipalidad. Y bajo estas condiciones queda celebrado el presente contrato, obligando a su cumplimiento los bienes municipales presentes y futuros.
Sem títuloLos naturales de San Andrés Acatlán, y su sujeto, San Miguel Aguasuelos, de esta jurisdicción, mediante José Martín Ibáñez, intérprete de este juzgado, aprobaron y ratificaron la transacción y concierto celebrado entre el Tesorero General de la Santa Cruzada del obispado de Los Ángeles, el Capitán Don Juan Dávila Galindo y Vargas, albacea del Lic. Don José de la Peña Tejeda, religioso profeso de la Orden de San Francisco, y como Síndico del Convento de Santa Bárbara de la ciudad de los Ángeles, y los naturales de San Pedro Tonayán, San Pablo Coapan, San Andrés Acatlán y San Miguel Aguasuelos, sobre la propiedad de ciertas tierras de que tenían pleito en la Real Audiencia.
Doña María de Brito Lomelín, natural de esta villa, hija legítima de Salvador de Brito Lomelín y de doña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], difuntos y vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, otorga su testamento de la manera siguiente: Ordena ser amortajada con hábito y cuerda de San Francisco, de cuya Orden Tercera es profesa de hábito exterior, y sepultada en la iglesia parroquial de esta villa, delante del altar de Nuestra Señora de la Soledad, de cuya cofradía es hermana, debajo de la última grada. Ordena se digan por su alma las misas de la emperatriz, pagando un peso por cada una de ellas. Ordena se saquen de sus bienes 400 pesos de oro común para ayuda a la fábrica de la iglesia parroquial de esta villa que actualmente se está haciendo, y en caso de que la fábrica se termine antes de su fallecimiento, ordena que sus albaceas entreguen dicha cantidad al cura que sea de la iglesia para que los emplee en lo más necesario. Declara tener cuentas con Salvador Pérez [Milián], carpintero vecino de esta villa, quien le debe 100 pesos, los cuales manda se den para la fábrica material de la capilla de la Tercera Orden que se está labrando en el convento de San Antonio de esta villa, ya sea en reales o los desquite en dicha obra con su oficio de carpintero. Declara por bienes la casa de su morada, que hacen frente con la iglesia parroquial, y otras casas que tiene en esta villa; asimismo, una hacienda de trapiche de fabricar azúcar en esta jurisdicción, nombrada San José [Suchiatl], que por el oriente linda con el trapiche que fue de Nicolás Rodríguez y hoy posee doña Marina Gómez Dávila. Declara haber estado casada con el Capitán don Thomas [Tomás] López de Sagade Bugeyro [Bugueiro], difunto, con quien procreó al Licenciado don Joseph [José] López de Sagade, Clérigo Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles; a don Alonso López de Sagade [Bugueiro], casado con doña Antonia [Clara] de Rivadeneira; a don Thomas [Tomás] López de Sagade [Bugueiro], casado con doña Juana de Ojeda, vecinos de esta villa; a don Juan Carlos López de Sagade, que se halla cursando filosofía en la ciudad de los Ángeles, de 21 años de edad; y a doña Francisca López de Sagade [Bugueiro], que falleció doncella. Declara que don Alonso López de Sagade [Bugueiro], su hijo, desde hace tres años se ha hecho cargo del trapiche, de cuyos frutos gozan todos, por lo cual ordena se le den 1 000 pesos por cada año que ha estado y esté al frente del trapiche. Ordena se le den 200 pesos de oro común a su sobrina María de Brito, de nueve años de edad, hija de Diego de Brito [Lomelín] y de doña Juana Villareal [y Estrada]; [roto] pesos a Isabel, hija de los susodichos; 400 pesos de oro común a su sobrina Antonia, niña de doce a trece años de edad, hija del Alférez Juan Gutiérrez y de doña Ángela de Brito, su hermana, vecinos de la ciudad de los Ángeles; 100 pesos a cada una de las siguientes niñas: María de dieciséis años de edad, Nicolasa de catorce años, y Catalina de ocho años, todas hijas de Francisco del Pino, difunto, y de Josepha González [Josefa González Moreno]; todas las cantidades anteriores para ayuda del estado que nuestro señor se sirva encaminarles, las cuales recibirán luego que tomen estado. Nombra como albaceas testamentarios al Licenciado don Joseph [José] López de Sagade, a don Alonso López de Sagade [Bugueiro] y a don Tomás López de Sagade [Bugueiro]. Nombra como herederos universales a sus hijos.
Sem títuloEl Bachiller José Francisco Nieto, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, otorga poder al Reverendo Padre Fray Luis de Castro, religioso de la Orden de Nuestra Señora Mercedes, para que en su nombre y representación demande, reciba y cobre de Matías de Rosete Peralta y Jacinto de Rosete Peralta, el primero dueño de un rancho en la provincia de Tlaxcala nombrado Nuestra Señora de la Concepción, los réditos corridos de la capellanía de 1, 000 pesos de principal que goza y sirve don Jerónimo de Villa Setien de la Orden de Alcántara, en virtud de carta orden de don Carlos de Zugadi, que por el año de 1710 los redimió don Jerónimo y entregó en el cofre de la Santa Iglesia Catedral de donde el mismo año los sacó el mencionado Matías y los impuso sobre el rancho.
El Bachiller Antonio Mateo Ortiz de Zárate, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, vecino de Jalapa, albacea y heredero de su difunto hermano el Bachiller Mateo Antonio Ortiz de Zárate, otorga que funda una obra pía de misas con el capital de 1, 676 pesos y 4 reales que le deben los herederos de don Domingo Díaz Mier, quienes otorgarán reconocimiento y contribuirán con los respectivos réditos a razón de 5 % al síndico del Convento de Nuestro Padre San Francisco de Jalapa para que en su iglesia se celebren las misas por el alma del mencionado difunto. Nombra como patrón de esta obra pía a la venerable Mesa del Tercer Orden de Penitencia de este pueblo.
Doña María Josefa de Herrasti y Alba, de esta vecindad, viuda y albacea testamentaria de don Carlos Díaz de la Serna y Herrero, dijo que teniendo en giro los bienes de la testamentaria, aun proindivisos, para su conservación y aumento a utilidad de la comparente por la parte que tiene de ellos, como de los herederos; necesitó 4 000 pesos para dar a los negocios impulso lucrativo, que con el fin de conseguirlos recurrió al señor canónigo de la iglesia catedral de este obispado de la Puebla don Mariano José Cabo Franco, quien le dio 1 000 pesos con oferta de entregarle los otros 3 000 pesos para el día primero de septiembre del actual año. Por lo antes mencionado, otorga que se obliga de pagar al expresado señor canónigo Cabo Franco la cantidad de 4 000 pesos, pagando intereses de los primeros 1 000 pesos desde el primero de éste mes y de los 3 000 pesos desde igual día del próximo septiembre. Señala que el pago de la suerte principal de los 4 000 pesos lo hará el día primero de septiembre de 1834, que se verificará en la ciudad de Puebla. Y para mayor seguridad de la deuda, hipoteca una casa de cal y canto de madera y teja, edificada baja y redificada de altos, sita en esta ciudad, en la calle de Principal, haciendo a ésta su frente y su costado al callejón del Diamante, lindando por una parte con casas de don Pedro Miguel de Echeverría y por otra con la de la esposa de don Juan Nepomuceno Durán, cuya finca tiene valor actual de más de 30 000 pesos. Casa que también se halla sujeta y gravada en 740 pesos en favor del mismo señor canónigo don Mariano José Cabo Franco y 2 500 pesos en favor de la Tercera Orden de Penitencia de este convento del Señor San Francisco por imposición que hizo don Juan Viera.
Sem títuloDon Pedro Nogales Dávila, de la Orden de Alcántara, Obispo de la Santa Iglesia Catedral del Obispado de la Puebla de los Ángeles, otorga poder especial en primer lugar a don Fernando de Gálvez, Agente de la iglesia, residente en la Ciudad de México y por su ausencia a José de Patiño de las Casas, Procurador de Número de la Real Audiencia, con igual facultad para que en su representación parezcan ante el Rey, sus presidentes y oidores de la Real Audiencia a hacer presentación de las bulas originales o su copia y traslado autorizado en pública forma que expidió su beatitud, asimismo pida se le mande librar el despacho que se requiere para la posesión de este Obispado.
El Presbítero don Gabriel Ferra, cura párroco de la ciudad de Tlaxcala, actual Diputado en el Congreso de este estado de Veracruz, residente en este suelo, dijo que el padre Fray José de San Agustín Sarrio, religioso Carmelita Descalzo, le confirió poder el 22 de noviembre de 1830, para que practicase en el obispado de la Puebla de los Ángeles las gestiones conducentes de que tenga efecto la secularización de dicho religioso, que no pudiendo él permanecer en Puebla, sustituyó dicho poder en don Joaquín Gorospe, quien se halla ausente de aquella ciudad. Por tal razón, el comparente, usando de dicho poder, otorga que lo sustituye en don José del Razo, vecino de la ciudad de la Puebla, para que use en los mismos términos que lo tenía conferido dicho comparente.
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