OAXACA, CIUDAD DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0035-PX_0035_0020 · Item · 19/04/1758
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Agustín de Urresola, vecino de la Ciudad de Puebla, debe y se obliga a pagar a don Pedro Sánchez de Córdoba, vecino de España y residente en este pueblo, junto con don Francisco Juan de Quintas, vecino de la Ciudad de Oaxaca, y a don Santiago Durante, vecino de la citada Ciudad de Puebla, la cantidad de 16, 581 pesos y 3 reales, en los meses de agosto y diciembre de este año.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0035-PX_0035_0096 · Item · 16/10/1758
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Félix del Ciervo, don Juan Loran y don Joaquín de Arias, vecinos de España y residentes en el pueblo de Jalapa, deben y se obligan a pagar a don Juan Martín de Aguirre, Diputado de España y residente en este pueblo, y por su ausencia a don Juan de Malibrán y Bosques, vecino de Veracruz, la cantidad de 8, 429 pesos 1 y 7 octavos de reales plata, en la Ciudad de Oaxaca o en el lugar que se les señale.

              Sem título
              MX UV.USBIX ANX-P-0053-PX_0053_0202 · Item · 14/05/1785
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, como principal deudor y obligado, y don Juan de Bárcena, como su fiador y principal pagador, ambos vecinos de Jalapa, otorgan que deben y se obligan a pagar a don Andrés Fernández de Larrazabal, vecino de Oaxaca, la cantidad de 7, 000 pesos de oro común, cuya cantidad es el resto de la que importó el valor de porción de granos que el mencionado Cendoya compró al fiado al expresado Larrazabal.

              Sem título
              MX UV.USBIX ANX-P-0053-PX_0053_0209 · Item · 09/06/1785
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Portu, del Comercio de España y residente en Jalapa, otorga que debe a don Victores de Manero y Pinedo, vecino de la ciudad de Oaxaca, la cantidad de 9, 405 pesos y medio real, cuyos intereses proceden del resto de 50 zurrones de grana fina que bajo la marca del margen, al margen de la foja 277, le compró en Veracruz a don Sebastián Fernández de Bobadilla, cantidad que se obliga a pagar en el término de 2 años.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0004-PC_0004_0081 · Item · 1647/10/23
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Rodríguez Barba, vecino de esta villa, dueño de recua, se obliga de dar y pagar a Gonzalo Gatica, vecino de esta villa, Alcalde Ordinario de ella, [701] pesos y 1 tomín de oro común que valieron y montaron diecisiete bestias mulares mansas aparejadas de reata abajo, con 14 [ilegible], que dicho Gonzalo le vendió a razón de 40 pesos cada una; los cuales pagará en la forma siguiente: 500 pesos para el primer viaje que hiciere con sus mulas de la Veracruz puerto de San Juan de Ulúa [roto] a la ciudad de México, Oaxaca a otra cualquier parte de este reino, como no sea para [roto] Acapulco ni la tierra [roto] sin que haya de cargar para otra [cualquier parte] como está declarado [roto]; y los [201] pesos y 1 tomín que restan los ha de pagar para el segundo viaje que hiciere en la forma que va declarado y en reales de plata, en esta villa o en la parte que le sean pedidos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0054-PC_0054_0100 · Item · 1718/12/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Por una parte, don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa; y de la otra, el Capitán don Lope Antonio de Iribas, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa, quien dijo que el 27 de enero de 1716 le otorgaron escritura de venta de esta hacienda de Nuestra Señora de Guadalupe, en precio de 26 804 pesos como parece de su avalúo, con el cargo de reconocer 17 500 pesos a favor de diferentes capellanías, censos y escrituras que estaban y están sobre ella y los 9 340 pesos que habían de quedar en su poder a orden de la Real Justicia de la villa de Córdoba, para pagar a los acreedores del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, como con efecto en virtud de libramiento del Capitán don Manuel de Rosas, fue pagando a diferentes acreedores los libramientos que paran en poder del otorgante en que se incluyen la paga de los sirvientes y otros débitos cortos. Y ahora, con ocasión de que el otorgante tiene puesto en estado a doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, su hija y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, con el dicho don Lorenzo de la Torre y entregándole la hacienda con precio de 49 779 pesos y un real, que rebajados 13 400 pesos de capellanías y censos que quedan de principal sobre dicha hacienda, queda la cantidad de 36 379 pesos y 1 real de cuya cantidad se le rebajarán 7 874 pesos y 2 reales para que el señor factor los entregue a los hijos menores y herederos del Alférez Mayor don Diego Valero, para cuando tengan la edad requerida y en el ínterin pagarles sus réditos anuales, teniéndoles a orden de los señores de la Real Audiencia como estaba obligado el otorgante, a lo que se ha de obligar dicho factor en este instrumento, como juntamente a los 1 500 pesos a favor del convento de Santa Catalina de Sena de la ciudad de Oaxaca y con los demás cargos y pensiones de las capellanías y censos y de hacer reconocimiento de sus réditos a pagar desde hoy día de la fecha en adelante a los patronos y capellanes de ellas. Estando presente el señor don Lorenzo de la Torre, otorga que acepta, se obliga y reconoce por dueños y señores a los capellanes y patronos de las capellanías y censos que están cargados sobre la su hacienda, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, y hará reconocimiento a cada uno judicial de su principal y pagará sus réditos a fin de cada un año, que el primero empieza a correr desde hoy día de la fecha en adelante. Asimismo, se obliga a que tendrá en su poder los 7 874 pesos y 2 reales de resto líquido de los 32 000 pesos del valor de la hacienda, que tiene recibidos de su señor y padre Capitán don Lope Antonio, delos que dio recibo en forma a favor de los menores hijos y herederos, para entregar a cada uno la porción que le tocare cuando llegue su tiempo y en el ínterin que los tenga en su poder les acudirá a los menores con su réditos de 5 por ciento para su manutención y para ello hipoteca por especial la mencionada hacienda. También se obliga para cuando sea requerido, a pagar los 1 500 pesos a favor del convento de religiosas de Santa Catalina de Sena.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0059 · Item · 1712/06/21
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Sebastián Manuel de Candia, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de Quichula [Quechula], otorga que debe y se obliga a pagar al Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa y Alcalde Ordinario de ella, a saber 1 000 pesos de oro común en reales, que le ha prestado por hacerle bien y buena obra, los cuales pagará de la siguiente manera: 700 pesos para el mes de agosto próximo, en trigo de su hacienda de labor, nombrada San Juan, en el valle de San Pablo, al precio corriente; y los 300 pesos restantes se han de ir desquitando en fletes con sus mulas, desde esta villa para la ciudad de Oaxaca, a razón de 8 pesos cada carga. Como seguro hipoteca su recua, compuesta de 26 mulas aparejadas de lazo y reata.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0022-PX_0022_0081 · Item · 12/04/1737
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Antonio de Cabadilla, vecino de Oaxaca y residente en este pueblo de Jalapa, debe y se obliga a pagar a don Juan Montañés de la Cueva, vecino de este pueblo, la cantidad de 7,214 pesos y 7 reales en plata doble.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0042-PX_0042_0057 · Item · 13/07/1769
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Santiago Lobo, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan Francisco de Almanza y don Valentín de Otaola, vecinos de la Ciudad de México, para que lo obliguen como fiador de don Pedro de Pineda, Provisto Corregidor de Oaxaca, a favor de la Real Hacienda por los ramos pertenecientes a los Reales Tributos de dicho tribunal.

              1587, Expediente 3
              MX UV.USBIX ANO-E-0022-EO_0022_0063 · Item · 24/11/1588
              Parte de Archivo Notarial de Orizaba

              Domingo Sánchez y Miguel Guillén, estantes en este pueblo de Orizaba, se obligan a pagar a Juan de Moya, vecino de este pueblo, la cantidad de 60 pesos de oro común, resto de 80 pesos que Francisco Rodríguez Pacheco debía a Melchor Ruiz, vecino de la ciudad de Oaxaca, por los cuales está preso y ejecutado en la cárcel pública de este pueblo, cantidad que pagaran en el término de un mes.\n