Don Antonio Sáenz de Santamaría, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, otorga poder especial, al Coronel don Vitores de Manero y Pinedo, vecino de Oaxaca, en Antequera, para fundar una Capellanía con la dote y capital de 3, 000 pesos, que se carguen a censo redimible sobre una casa que el otorgante tiene y posee, comprometiéndose a pagar cada año 150 pesos de oro por concepto de tributo y rédito, a favor de dicha capellanía.
OAXACA, CIUDAD DE
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Don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, dijo que ha ajustado contraer matrimonio con doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, doncella, hija del Capitán don Lope Antonio de Iribas y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos. Por tal motivo, se le ofrecieron 30 000 pesos en una hacienda de trapiche de hacer azúcar, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, con todo lo que le pertenece, alhajas y esclavos, de lo cual le han pedido otorgue recibo y carta de dote a la doña Ana, por lo que a través del presente señala haber recibido por dote lo siguiente: primeramente la hacienda nombrada Nuestra Señora de Guadalupe con 26 caballerías de tierras, cañas, esclavos, ganados mulares y caballares, casas y demás aperos, en precio de 27 407 pesos, que aunque fue avaluada en 49 779 pesos y un real, los 22 764 pesos y 2 reales que quedan en el valor de la hacienda se rebajan en la siguiente forma: 13 400 queda de principal sobre la hacienda de capellanías y censos de lo que él ha de pagar sus réditos y en el ínterin que no los redimiere a sus patronos y capellanes desde hoy día de la fecha en fin de cada año. También se obliga a pagar 1 500 al convento de religiosas de Catalina de Sena de la ciudad de Oaxaca, y 7 874 pesos y 2 reales pertenecientes a los hijos menores y herederos del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, difunto, que tendrá en su poder y que corresponden al pleito que siguieron los menores contra Lope Antonio, sobre la nulidad de la venta del mencionado trapiche. De todas las partidas que se mencionan en esta escritura suman y montan 36 553 pesos se da por entregados de la referida hacienda, alhajas y esclavos, de los cuales 30 000 pesos tendrán en dote y propio caudal de doña Ana Francisca, y los 6 553 restantes para entregárselos al Capitán don Lope Antonio cuando se los pida. Y el otorgante manda a doña Ana Francisca en arras propter nuptias en honra de su virginidad y limpieza 2 000 pesos, que declara caben en sus armas militares y demás bienes que le pertenecen, y una y otra cantidad importan 32 000 pesos, que se obliga tener en su poder y en caso de muerte o disolución de matrimonio, él devolverá a Ana Francisca, sus padres o a quien en su poder hubiere.
Sem títuloPor una parte, don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor y Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa; y de la otra, el Capitán don Lope Antonio de Iribas, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa, quien dijo que el 27 de enero de 1716 le otorgaron escritura de venta de esta hacienda de Nuestra Señora de Guadalupe, en precio de 26 804 pesos como parece de su avalúo, con el cargo de reconocer 17 500 pesos a favor de diferentes capellanías, censos y escrituras que estaban y están sobre ella y los 9 340 pesos que habían de quedar en su poder a orden de la Real Justicia de la villa de Córdoba, para pagar a los acreedores del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, como con efecto en virtud de libramiento del Capitán don Manuel de Rosas, fue pagando a diferentes acreedores los libramientos que paran en poder del otorgante en que se incluyen la paga de los sirvientes y otros débitos cortos. Y ahora, con ocasión de que el otorgante tiene puesto en estado a doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, su hija y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, con el dicho don Lorenzo de la Torre y entregándole la hacienda con precio de 49 779 pesos y un real, que rebajados 13 400 pesos de capellanías y censos que quedan de principal sobre dicha hacienda, queda la cantidad de 36 379 pesos y 1 real de cuya cantidad se le rebajarán 7 874 pesos y 2 reales para que el señor factor los entregue a los hijos menores y herederos del Alférez Mayor don Diego Valero, para cuando tengan la edad requerida y en el ínterin pagarles sus réditos anuales, teniéndoles a orden de los señores de la Real Audiencia como estaba obligado el otorgante, a lo que se ha de obligar dicho factor en este instrumento, como juntamente a los 1 500 pesos a favor del convento de Santa Catalina de Sena de la ciudad de Oaxaca y con los demás cargos y pensiones de las capellanías y censos y de hacer reconocimiento de sus réditos a pagar desde hoy día de la fecha en adelante a los patronos y capellanes de ellas. Estando presente el señor don Lorenzo de la Torre, otorga que acepta, se obliga y reconoce por dueños y señores a los capellanes y patronos de las capellanías y censos que están cargados sobre la su hacienda, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, y hará reconocimiento a cada uno judicial de su principal y pagará sus réditos a fin de cada un año, que el primero empieza a correr desde hoy día de la fecha en adelante. Asimismo, se obliga a que tendrá en su poder los 7 874 pesos y 2 reales de resto líquido de los 32 000 pesos del valor de la hacienda, que tiene recibidos de su señor y padre Capitán don Lope Antonio, delos que dio recibo en forma a favor de los menores hijos y herederos, para entregar a cada uno la porción que le tocare cuando llegue su tiempo y en el ínterin que los tenga en su poder les acudirá a los menores con su réditos de 5 por ciento para su manutención y para ello hipoteca por especial la mencionada hacienda. También se obliga para cuando sea requerido, a pagar los 1 500 pesos a favor del convento de religiosas de Santa Catalina de Sena.
Sem títuloDoña Micaela Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], viuda del Capitán Marcos Blanco, vecino que fue de él, otorga que vende a don José Fernando Mellado de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca, residente en este pueblo, 10 sitios de caballerías de tierra que tiene en la jurisdicción que llaman la hacienda de Mazapa, que linda por la parte del poniente con otros sitios nombrados Tlacomulco, viniendo para las puentes a donde está fundado el trapiche de don Lope Antonio de Iribas, vecino de la villa de Córdoba, con quien linda así por la parte del poniente como por la parte del sur, y por el oriente corriendo los demás sitios que pertenecen a don Gonzalo Francisco de Cervantes, como por la del norte van a lindar con otros sitios del susodicho. Dichos sitios los hubo y compró de doña Josefa de Atienza Palacios en virtud del poder que le dio al Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino y labrador de la provincia de San Andrés Chalchicomula de la jurisdicción de Tepeaca, por escritura de 26 de junio de 1698. Declara que los 10 sitios se componen de 1 100 vacas de vientre, trescientas ochenta crías de año, cuatrocientas sesenta y cinco yeguas, ochenta y cinco caballos y sesenta cabestros. Los vende en precio de 22 505 pesos de oro común, los 2 000 de ellos que han de quedar sobre los sitios de ganado mayor a censo redimible a favor de la provincia de San Hipólito Mártir de la ciudad de Oaxaca, Orden de Predicadores; asimismo, el citado comprador se obligará a reconocimiento a favor de dicha provincia, por los mismos que tenía el dicho Alférez Pedro de Trujillo, cargados a censo sobre sus haciendas, en la jurisdicción de Tepeaca. Finalmente, 6 000 pesos que también han de quedar sobre dichos sitios por la misma razón, a censo redimible, a favor de don Lorenzo Antonio Blanco.
Micaela Ramos, vecina de este pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], viuda del Capitán Marcos Blanco, vecino que fue de él, otorga que vende a don José Fernando Mellado de Rivadeneira, vecino de la provincia de Tepeaca, dieciocho sitios de tierra para ganado mayor y menor, y unas tierras que llaman el Novillero ubicadas en términos de esta jurisdicción. Declara que ocho sitios de ellos llaman la hacienda de Mazapa, que el dicho su marido compró al Capitán Bernardo Ferell de Espejo, vecino de la ciudad de los Ángeles, por escritura que a su favor otorgó el 2 de mayo de 1682, dichos sitios son para ganado menor que están en términos de [San Antonio] Huatusco. Ítem, declara que los otros 10 sitios de ganado mayor están ubicados en términos de dicha jurisdicción, los cuales compró del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecino y labrador del pueblo de San Andrés Chalchicomula de la jurisdicción de Tepeaca, como apoderado y conjunta persona de doña Josefa de Atienza Palacios, hija y heredera del Alférez Gaspar de Atienza Palacios y de doña Isabel Venegas de Espinosa, dueños que fueron de los citados diez sitios de tierra, por escritura que a su favor otorgó el 26 de junio de 1698. Señala que los dieciocho sitios y tierras del novillero los vende junto con 1 100 vacas de vientre, trescientas y ochenta crías de año, cuatrocientas y sesenta yeguas, ochenta y cinco caballos mansos, sesenta cabestros, y con sus montes, tierras, pastos, aguajes, abrevaderos, corrales, casas y todo lo demás que le pertenece, en precio y cuantía de 22 505 pesos de oro común en reales. Señala que el pago se hará de la manera siguiente: 2 000 pesos de ellos que han de quedar sobre los diez sitios de ganado mayor a censo redimible a razón de 5 por ciento en cada un año, a favor de la provincia de San Hipólito Mártir de la ciudad de Oaxaca del Orden de Predicadores, del cual hará reconocimiento dicho comprador a favor de la citada provincia, por los mismos que tenía el Alférez Pedro de Trujillo cargados a censo sobre sus haciendas en la jurisdicción de Tepeaca. Los 6 000 pesos que han de quedar sobre dichos sitios por la misma razón a censo redimible a favor de don Lorenzo Antonio Blanco, su hijo menor, por razón de su legítima paterna. Otros 6 000 pesos que asimismo quedan impuestos sobre los sitios a su favor, a razón de 5 por ciento. Y los 8 505 pesos restantes de esta venta, el dicho don José Fernando Mellado de Rivadeneira se ha de obligar a pagar al presente otorgante o a sus herederos para el fin de octubre de este año, en que se incluyen 820 pesos que quedó de rédito líquido de la compra de los 10 sitios a doña Josefa de Atienza Palacios, cuya cantidad no ha satisfecho a la susodicha. Por último, señala que como otorgante se obliga a que para el día fin de octubre de este año le ha de entregar al dicho don José Fernando Mellado de Rivadeneira todas las escrituras, títulos y mercedes de los sitios, hacienda de Mazapa y Novillero.
Sem títuloPedro García de Meza, hijo de Toribio García, difunto y de Ana de Leyva [Leiva], vecino de esta villa, ordena su testamento en la forma siguiente: Declara que fue casado con María de Cabrera, las cual llevó en dote 100 pesos, una caja de ropa, una cama, y él tendría 100 pesos, durante el matrimonio procrearon a Rosa María; y disuelto dicho matrimonio él pasó a segundas nupcias con doña Manuela Altamirano, quien llevó al matrimonio 250 pesos, 100 de ellos en reales y lo demás en géneros, y él tendría 100 pesos que le quedaron por muerte de doña María de Cabrera. Señala que tiene cuentas con su tío el Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva], doña Juana de Contreras [Gatica] y con el Alguacil Mayor Francisco de Solís a quienes ordena se les pague. Declara que estuvo asistiendo a un tío suyo en la ciudad de Oaxaca [roto]. Menciona por sus bienes un solar de 50 varas en cuadro, que compró a censo principal redimible al Cabildo y Regimiento de la villa de Córdoba, en 100 pesos de réditos que son 15 pesos de tres años; en dicho solar tiene fundada un casa de vivienda y del cual tiene vendido medio solar a su hermano. Asimismo, declara que está fundando un trapiche en términos de esta jurisdicción, en el paraje que llaman La Palmilla, en 4 caballerías de tierra que compró a [Juan] García de Miranda, su primo, en 688 pesos a censo principal que quedaron impuestos sobre dichas caballerías; también posee 3 suertes de caña sembradas en dicho trapiche. Señala que tiene en su poder 100 pesos de su hija Gertrudis, los cuales hizo donación doña Josepha [Josefa] García de Miranda, su prima. Por otro lado declara que durante su matrimonio con doña Manuela de Altamirano han procreado a Gertrudis, Juana y a Antonio. Nombra por albacea testamentario al Regidor Joseph [José] de Leyva [Leiva] del [roto] y Mendoza, y por herederos a sus hijos; y como tenedora de bienes, tutor y curador de sus hijos a doña Manuela Altamirano, su mujer.
Sem títuloEl Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero, residente en esta villa de Córdoba, Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Vicario del pueblo de San Pedro Ysguatlan [Ixhuatlán] y su doctrina jurisdicción de esta villa, natural de la provincia de [Cholula], hijo de don Gregorio García de Zepeda y de doña Agustina Ladrón de Guevara. Por la presente, otorga poder para testar a su madre y al Bachiller don Antonio García de Zepeda, su hermano, Clérigo de menores órdenes. Ordena su cuerpo sea amortajado con las vestiduras sacerdotales y sepultado en la iglesia, parte y lugar que pareciere a sus albaceas. Deja un libro que se compone de 100 hojas, foliado y numerado, encuadernado en pergamino en el cual aparecerán todas sus cuentas. Nombra por sus albaceas a doña Agustina Ladrón de Guevara y al Bachiller don Antonio García de Zepeda. Declara ser capellán y patrón por muerte de doña Francisca Castellano, su tía, vecina de la Antequera, Oaxaca, de una capellanía que fundaron ella y Miguel García, su marido, de 3 000 pesos de principal. Nombra por heredera a doña Agustina, su madre, y en caso de que muriera antes que él, nombra en su lugar a doña Micaela, doña Isabel y a doña María Ladrón de Guevara, hermanas de él, y por fallecimiento de las tres es su voluntad que sus bienes se pongan a censo para que con sus réditos se ordene don Antonio García de Zepeda, y por falta de éste su pariente más cercano.
Sem títuloFrancisco Fuentes Daño, vecino y labrador de Santa Ana Chautempa, jurisdicción de Tlaxcala, con poder general de doña Luisa de Herrera, viuda de Pedro de la Almoguer Angulo, vende al Capitán Juan de Malpica, vecino y labrador en el Desierto de Perote, 2 ranchos de labor y 3 sitios de ganado mayor en términos de ese Desierto. El primero nombrado Nuestra Señora del Rosario, con cargo de 1, 000 pesos de principal cargados a censo principal y redimible, a favor de las religiosas de la Orden de Predicadores en la provincia de San Hipólito Mártir de Oaxaca y de las Religiosas Descalzas de Santa Teresa de Jesús de la Ciudad de los Ángeles a quienes, el dicho Capitán Juan de Malpica ha de reconocer por dueños. El otro rancho nombrado San Antonio Piñahuisapa y los 3 sitios de ganado mayor nombrados Actopan, cuya merced fue hecha el 27 de septiembre de 1591 por el Señor Luis de Velasco, Virrey que fue de esta Nueva España; el Potrero de los Peñascos por merced de 31 de enero de 1596 hecha por el Señor Conde de Monte Rey. Se lo vende con los linderos, parte y lugares expresados en dichas escrituras en 3, 594 pesos 3 reales.
Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de la Redondela en el reino de Galicia, hijo legítimo de Lucas de Rivas y Estremadoyro y de María Giraldez, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara le deben las siguientes personas: de los bienes del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda, difunto, le debe 202 pesos 2 reales, de los cuales pagó el otorgante 100 pesos como fiador que fue del susodicho a don Cristóbal de Medinilla y Benavides, y los 102 pesos 2 reales que dio al susodicho en diferentes cargas de azúcar y panelas para Oaxaca; Andrés de Mañas, vecino de Coscatlan [Coxcatlán], 107 pesos, 50 de ellos que pagó por el susodicho a Felipa Martínez Carenzo y el resto que le dio en azúcar; Juan José Cubano, vecino del ingenio del Conde, 5 pesos; doña María Jiménez, viuda del Alférez don Miguel Jerónimo Maldonado, 26 pesos que le dio en azúcar para su tienda; Juan de Aragón, maestro de herrero, vecino de esta villa, 9 pesos; el Fluriel [Furriel] don Bartolomé de Estrada, 50 pesos; de los bienes de Andrés de Leiva, difunto, maestro de herrero, 9 pesos; Nicolás Velázquez, maestro de carpintero, 18 pesos; Nicolás, maestro de zapatero, 12 pesos; entre otras personas que se mencionan. Declara que hace ocho meses que remitió a don Manuel Ortiz Landero, vecino de la ciudad de Tascala [Tlaxcala], su encomendero, 816 arrobas y media de azúcar, de cuyo procedido le ha enviado algunos reales, manda a sus albaceas cobren lo que el susodicho diga deberle por la satisfacción que le tiene en su buen obrar. Declara que hace once años contrajo matrimonio con doña Juana de San Pedro García de Meza, hija legítima de Pedro García de Meza y de Manuela de Altamirano, con quien ha procreado a Pedro, José Antonio, Juan, Miguel Máximo, todos menores de edad, y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declara por bienes la casa de su morada y un trapiche de hacer azúcar nombrado San Joseph [José], en esta jurisdicción, que compró en Real Almoneda de los bienes de don Pedro García de Meza, con el cargo de pagar todas las dependencias del susodicho, que pasaron de 15 000 pesos estando valuada dicha hacienda en 11 000 pesos. Declara que sobre dicha hacienda están cargados 1 000 pesos a favor de la Madre Catalina de San José, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, asimismo, declara que dicha hacienda no tiene cargado ningún otro censo. Ruega y suplica a su padre y señor, el Capitán Antonio Burela, vecino del pueblo de Taliscoya [Tlalixcoyan], jurisdicción de la Nueva ciudad de la Veracruz, que para dejar libre la dicha hacienda de dicha pensión, después de su fallecimiento solicite por mano de su encomendero el que se rediman los dichos 1 000 pesos, y que su esposa, hija y nietos se los vayan pagando en frutos de la dicha hacienda o como le pareciere, procurando se cancele una escritura que tiene hecha por la dicha cantidad a favor del Capitán don Juan Gómez Dávila. Nombra albacea a su esposa, al Capitán don Diego de Altamirano y a don Antonio Burela, su señor; y por tenedora de bienes a su esposa. Nombra herederos a sus hijos y como tutora y curadora ad bona de ellos a dicha su esposa.
Sem títuloJosé García Valero, Francisco García Valero y Micaela de la Rosa, vecinos de esta villa de Córdoba, en nombre del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, difunto, vecino y Regidor perpetuo que fue de esta villa, en virtud del poder que para testar les confirió, otorgan su testamento como se los dejó comunicado. Declaran que su cuerpo fue amortajado con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa, en la capilla del Señor San José. Señalan que dicha hacienda del beneficio de azúcar, nombrada Nuestra Señora de Guadalupe en esta jurisdicción, tiene cargados varios censos, entre ellos destacan: 3 000 pesos de principal y por ellos [150] pesos de rédito anuales de la capellanía que mandó fundar el Licenciado Juan Valero Grajeda, del que es capellán propietario el Licenciado don José Valero Grajeda, y de esta capellanía se están debiendo 1 500 pesos; 2 000 pesos de principal y por ellos 100 de rédito anual a favor de la Madre Isabel de Jesús de Nazareno, a quien se le deben 1 100 pesos de réditos; 400 pesos de principal impuestos por el Licenciado don Juan Valero Grajeda para que con sus réditos se celebrase en la iglesia de esta villa la fiesta de Nuestra Señora de los Dolores; 2 000 pesos impuesto a favor del convento de religiosas de Nuestra Señora de la Merced de la ciudad de los Ángeles, a la que se le están debiendo los réditos de 200 pesos. Asimismo, declaran que el difunto debía diferentes cantidades, entre ellas: 2 300 pesos a la iglesia catedral de la Puebla, cuyos plazos están cumplidos; 3 000 pesos a favor de la capellanía de [Diego Cortés del Águila y Castro] por tiempo de 6 años, que empezaron a correr desde el año pasado, a quien se le están debiendo 600 pesos de réditos; 1 500 pesos por escritura que otorgó a favor del convento de religiosas de Santa Catarina de Sena de la ciudad Oaxaca, a la que se le están debiendo 670 pesos de réditos; 600 pesos a favor de la fábrica de la iglesia catedral, más réditos que se debían hasta su otorgamiento, los cuales tiene librados en el cofre de dicha iglesia. También, dijeron que por muerte de su hermano el Doctor don José Valero, quedó una casa en la ciudad de Los Ángeles gravada a los censos de dos capellanías, una impuesta por Francisco García Caballero de 2 500 pesos de principal y la otra a favor de la capellanía que impuso Domingo Maseda de 2 000 pesos de principal. Además, declaran que el difunto debía diferentes cantidades al Tribunal de la Santa Inquisición, a la iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles, a don Francisco Valero y Alvarado, al Capitán Pedro de Bárcena, al Capitán Gaspar Rendón, a don Juan Marcos Rendón, a Diego Ruiz Calero, vecino de esta villa y maestro de barbero, y a otras personas más que se citan en esta escritura. Declaran que [estaba debiendo 1 800 pesos]de la compra del rancho El Piñal, que sacó en pública almoneda, compuesto de 9 caballerías de tierra, cuyo remate se efectuó en el juzgado del comisario del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, quien lo remató por débito que tenía el Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda con el Santo Oficio; cuyo remate fue en cantidad de 4 300 pesos de contado, de los cuales se entregaron 2 500 pesos al Comisario de la Santa Inquisición, y dichas tierras tienen sobre si el gravamen de 600 pesos de censo a favor del convento de Nuestra Señora de la Merced de la Puebla, y rebajarse a su misma cantidad de 500 pesos que dicho Alférez don Miguel Valero Grajeda debía de los bienes del Doctor don José Valero, su hermano, más otros 1 620 pesos que le entregó don Diego Valero a su hermano Miguel, como consta de memoria donde se hallarán las partidas que componen dicha cantidad, y siendo como es cláusula del remate reintegrar todo lo a ello anexo y por su defecto deberse rebajar del valor de dicho rancho lo que en el faltare, lo declaran para que conste. También, señalan que el difunto renunció al oficio de Alférez Mayor y Regidor a favor del Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, con la calidad y condición de que se hará de componer con los herederos del Alférez Mayor don Miguel Valero, su hermano. Por otro lado, declaran por bienes del difunto: la hacienda de beneficio de azúcar nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, compuesta de 17 caballerías de tierra con sus casas, cañas, esclavos y demás aperos, asimismo, el rancho nombrado El Piñal, que se compone de 9 caballerías de tierra y sus anexos, además, un rancho nombrado Quichapa [Cuichapa], que se compone de 27 caballerías de tierra con las casas, cañas, esclavos y demás aperos. Declaran que el difunto mandó sacar 1 000 pesos de sus bienes para que se entreguen a Juana de San Agustín y a Josefa de los Dolores Valero, niñas reclusas en el convento de San Jerónimo de la ciudad de los Ángeles, que están en compañía de su hermana, la Madre Isabel de Jesús de Nazareno. Usando del poder que tienen otorgado del difunto, se nombran por sus albaceas testamentarios y a la dicha Micaela de la Rosa por tenedora de sus bienes. Asimismo, nombran herederos a José García Valero, María Rafaela, Gertrudis, Teresa, Ana, Miguel, hijos suyos y naturales; y dicha Micaela de la Rosa, como tutora, curadora de dichos hijos naturales y suyos.
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