Catalina Perdomo, negra libre, mujer de Antonio de Yebra, negro, vecinos de esta ciudad; la susodicha dijo que como su marido no encontró fiador para su causa, ella salió por su fiadora en el pleito por su libertad que hoy tiene pendiente ante la Real Justicia de La Antigua Veracruz, con el Capitán Don Francisco de Arriaga, podatario de Doña Ana de Lara, vecina de esta ciudad; y en caso de ser sentenciado a esclavitud, lo dará a quien lo hubiere de hacer esclavo, de no entregarlo, pagará su valor a su dueño.
NEGROS
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Juan Esteban, negro libre de más de 30 años de edad, criollo de la provincia de Jalapa, dijo que habiendo trabajado en la recua de Gonzalo de Córdoba, vecino de Jalapa, ganando un salario de 9 pesos de oro común mensuales, le quedó a deber 81 pesos de oro común; los cuales salió a pagar en su nombre Francisco Alonso, dueño de su recua; por lo tanto, ahora Juan Esteban se obligó a pagar al dicho Francisco Alonso los referidos 81 pesos, con su servicio personal en su recua, a razón de 9 pesos cada mes, y le ha de dar de comer y caballería en qué andar.
Don José Ceballos de Burgos, dueño de ingenios, vecino de esta provincia de Jalapa, de su libre y espontánea voluntad otorgó carta de libertad a Clara López, negra Berbesí que tendrá 60 años de edad, por los particulares servicios que le ha prestado dignos de toda remuneración.
Domingo de Narváez, empeñó con María Manuela, persona que tiene arrendado el mesón de Jalapa, un negro llamado Antonio Angola, cimarrón, por 40 pesos de oro común, durante un lapso de dos meses, a cuenta y riesgo del dicho Domingo de Narváez.
El Capitán Andrés de Urquía, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, y residente en este pueblo de Jalapa, vende al Lic. Don Juan de Bañuelos Cabeza de Vaca, cura beneficiado de este partido, unas casas que posee en la Veracruz, en la Calle de las Damas con sus altos por techar, que antiguamente llamaban Del Buzo, tienen 50 varas en cuadra, lindan con casas de María de Cádiz, negra libre; y por otro lado, hacen esquina con la calle que va para el hospital nuevo; y lindan también con solar despoblado, cerca de las murallas, las cuales hubo de su suegra Doña Ana de Alfaro, viuda, mujer que fue de Sebastián de la Peña, Alguacil Mayor de la nueva Veracruz. Con cargo de 1500 pesos de oro común de censo principal, que impuso a favor de la Cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, fundada en la iglesia catedral de dicha ciudad, por el precio de 3000 pesos de oro común, incluyendo los 1500 pesos del censo.
El Tesorero Gaspar de los Reyes, vecino de Jalapa, declara que habrá 18 años que compro un solar a la salida de Jalapa, yendo al llano de Macuiltepetl, a Francisco Camacho y a su mujer Juana de la Cruz, negros libres, vecinos que fueron de La Antigua Veracruz, en 20 pesos; pero en realidad, dicho solar lo compró para Francisco de los Santos, y éste edificó en él casas y vivió en ellas hasta que murió, las cuales heredaron su mujer Jacinta Domínguez y sus hijos legítimos; y ahora los susodichos herederos desean venderlas y no tiene instrumentos legales; atento a ello, por la presente, dijo que tales bienes nunca fueron del otorgante, sino del referido Francisco de los Santos.
Polonia de Rivas, mulata libre, vecina de Jalapa, dijo que habiendo otorgado su testamento el día 8 del presente mes y año, en él dejó ordenado a sus albaceas diesen carta de libertad a Jerónimo de Irala, negro criollo, de 50 años que junto con su hermano Juan de Irala, los hubo a cambio de otros dos negros bozales que dio al ingenio [hacienda] de Tenampa, por ser hijos de su madre Clara López, y para adelantar este instrumento y no aguardar a que sus albaceas ejecuten dicha libertad, y con la condición de que le ha de ir dando 40 pesos de oro común para sus necesidades, libertó al dicho Gerónimo de Irala, su hermano, negro atezado que tiene su asistencia en el ingenio de los herederos del Regidor Luis Pacho Mejía.
Nicolás de Acosta y Salvador de Acosta, vecinos del pueblo de Naolinco, el Capitán Nicolás de Guevara, los Sargentos José de Acosta, Felipe de Acosta, Juan Pelayo Méndez, Ventura de Acosta y Marcos de Acosta, entre otros vecinos de ese pueblo por quienes prestan voz, otorgan poder a don Pedro de Torres y Francisco Montero, de esa vecindad y a Joaquín de Arroyta, de Jalapa, para que en sus nombres sigan y fenezcan la causa criminal que se esta siguiendo contra los negros y demás agresores del ingenio de San Miguel Almolonga, por el motín sucedido el 10 de junio de este año, en que fueron heridos gravemente Nicolás y Salvador de Acosta, así les dan poder con libre y general administración.
Jacinto Pérez y Pascual de Castro, negros libres, vecinos del pueblo de San Lorenzo Serralbo [Cerralvo] de la jurisdicción de esta villa de Córdoba, y alcaldes en él; José de Valdivieso, Alcalde pasado; Pedro Bernal, Regidor pasado; y Juan José Martínez, Escribano de dicha comunidad, a nombre de ellos y en el de los demás vecinos, por quienes prestan voz y de quienes tienen licencia; otorgan en arrendamiento a don Francisco Valero y Alvarado, vecino de esta villa y apoderado general de Juan Fernández de Ávila, dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, la parte del encinal que le toca al pueblo de San Lorenzo, el cual linda con dicho pueblo y con otro pedazo de encinal de Juan Fernández de Ávila, por tiempo y espacio de tres años que han de empezar a correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante, a razón de 86 pesos y 5 reales anuales, que importan 260 pesos que pagará don Francisco Valero, en la manera siguiente: a Benito Arias 160 pesos y los otros 100 pesos al pueblo, también, se les permitirá sacar las leñas para sus casas y las maderas de horcones y vigas para la fábrica de ellas, con la condición de no hacerle daño ni prenderle fuego al encinal, ni llevarles las tareas que tuviere cortadas, y se obligan a que éste arrendamiento será cierto y segura.
Zonder titelDon José de Valdivieso y Adrián Rodríguez, negros libres, [roto] [Alcaldes] del pueblo de San Lorenzo Serralbo [Cerralvo], jurisdicción de esta villa de Córdoba; Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; Carlos Manuel y Pascual de Chávez, Regidores de dicho pueblo; con licencia del Alcalde Mayor, otorgan en arrendamiento el mesón del pueblo a Felipa Josefa Largache, parda libre, [ilegible] por tiempo y espacio de dos años, en precio de 50 pesos en cada año [ilegible]. Dicho arrendamiento se hace bajo las siguientes condiciones: Que dichos alcaldes y regidores, en virtud de la notificación que les ha hecho el Señor Alcalde Mayor, no consentirán el que los vecinos de dicho pueblo en sus casas alojen a ningún pasajero, sino que reconozcan al mesón de comunidad por estar arrendado y pagar la dicha Felipa Josefa de Largache los 50 pesos todos los años a dicha comunidad “y especialmente en casa de Verónica, Pascual de Europa y Lázaro Díaz”. Es condición que los otorgantes han de acabar de techar la caballeriza y cercar el solar del mesón y todo lo necesario para el resguardo de las cabalgaduras de los pasajeros. Es condición que los dichos alcaldes y regidores y el común de dicho pueblo, no han de molestar, perjudicar, ni dañar en cosa alguna a la dicha Felipa Josefa, durante los dos años de este arrendamiento, y que los 10 pesos 4 reales que restan, cumplimiento a dichos dos años, no le serán pedidos ni demandados hasta el último mes cumplimiento de dichos dos años.
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