Don Juan José de Arpide, hijo legítimo de don Miguel de Arpide, difunto, y de doña Juana de Iribarren, viva, natural del Obispado de Pamplona, en el Reino de Navarra, y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a doña María Montañés de la Cueva, su legítima esposa, y como heredera a su citada madre.
NAVARRA, REINO DE
35 Archival description results for NAVARRA, REINO DE
Juan José de Arpide, del Obispado de Pamplona en el Reino de Navarra y residente del pueblo de Jalapa, hijo legítimo de don Miguel de Arpide, difunto, y de doña Juana de Iribarren, viva, junto con su esposa doña María Montañés de la Cueva, hija de don Juan Montañés de la Cueva y de doña Anastasia Javiera de Natera, vecinos de este pueblo, se otorgan poder para testar y nombramiento de albaceas, y como herederos nombra el citado José a su madre, y en caso de que falleciere a su mujer, y ésta a sus padres.
Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, Diputado nombrado por los naturales de las Cuatro Provincias del Reino de Navarra, Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, vecino residente en esta Villa, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica del Obispado de la Puebla de los Ángeles, para que en uso de la indicada representación proceda a celebrar y ratificar la transacción y amigable convenio habido del artículo promovido por el mayordomo de la fábrica de esta iglesia parroquial, el Presbítero don Juan Nepomuceno de Ulloa, y el otorgante con la indicada representación, sobre puntos de la capilla de San Ignacio y bóveda subterránea en la misma parroquia, hecha y titulada por aquellos, arreglándose en un todo para la dicha transacción a las cinco condiciones estipuladas.\t
Don Adrián Fayette, soltero, natural del pueblo de Estibaus del Reino de Francia Rayano del de Navarra de los de Castilla y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Juan Fernando de Meoqui, vecino de la Ciudad de México, para que se presente ante los señores Alcaldes de la Corte de la Real Audiencia y Sala del Crimen de esta Nueva España, en observancia y cumplimiento al mandato publicado y promulgado en este reino sobre la presentación de los extranjeros que viven en este reino, y pida se le dispense el no poderse presentar personalmente y se le libre despacho en el que se verifique el embarque que realizara en próximas fechas de Veracruz a Cádiz.
Don Juan Bautista Ustáriz, Caballero de la Orden de Santiago, Conde de Reparaz, hijo legítimo de don Juan Bautista Ustáriz y de doña María Francisca Gastelu, difuntos, dueños que fueron del palacio de Reparazea en Oieregi en el reino de Navarra, de donde es natural, vecino de la Ciudad de Cádiz y residente en Jalapa, viudo de doña María Pascuala de Arestegui, otorga poder para testar a don Eligio Ustáriz, en esta Nueva España, y en España a don Juan Felipe Ustáriz, Caballero de la Orden de Santiago, al Doctor don José Martínez de Guzmán, Canónigo Magistral de la iglesia de Cádiz y Conde de Guevara, a don Gaspar Antonio Leal y al Marqués de Echandia; como albaceas y herederos universales nombra a sus hermanos don Juan Felipe, don Juan Francisco y don José Joaquín Ustáriz.
Don Juan Bautista Ustáriz, Conde de Reparaz, hijo de los difuntos don Juan Bautista de Ustáriz y doña María Francisca Gastelu, dueños del palacio de Reparazea en Oieregi, Reino de Navarra, residente en este pueblo, otorga poder a su hermano don José Joaquín Ustáriz, en caso de fallecer en este reino y en caso de que le suceda en los reinos de Castilla a su hermano Juan Felipe de Ustáriz, Juan José Vélez de Guevara y la Madrid, Conde de Guevara, al Doctor José Martín de Guzmán, Canónigo de la Catedral de Cádiz, a su primo el Marqués de Echandia y a Gaspar Antonio Leal, para que hagan y ordenen su testamento en la forma que aparecerá en un memoria que dejará, en donde declara: fue casado con María Pascuala de Arestegui, de quien quedó viudo y sin hijos; nombra por albaceas testamentarios a los mismos apoderados, nombra herederos a los que menciona en la citada memoria.
Don Alonso José Gatica, Cura de esta parroquia y Vicario Foráneo, dijo que a nombre de los hijos del Reino de Navarra y de Castilla, Señorío de Vizcaya y Provincia de Guipúzcoa, se presentó don Ignacio Javier de Urrutia ante el señor Obispo de esta Diócesis, a fin de que la antigua parroquia le hiciese la merced de una capilla, ofreciendo para ello imponer 1, 000 pesos en dinero de contado para su conservación y 500 pesos como ayuda para su construcción, logrando le concedieran dicha gracia, por lo que otorga que hace donación irrevocable por vía de remuneración a las 4 provincias del Reino de Navarra, Señorío de Vizcaya, Guipúzcoa y Alaba, de la capilla y bóveda para que desde hoy la gocen como propia.
Don Juan José de Iriarte y Mendinueta, hijo legítimo del difunto don Francisco Javier de Iriarte y de doña María Ana Francisca de Mendinueta, viva y monja en el convento de la Enseñanza de Tudela de Duero en el Reino de Navarra, vecinos que fueron de la Ciudad de Fuenterrabia en la Provincia de Guipúzcoa, otorga poder para testar y nombramiento de albacea a su amo Francisco Montes, del comercio de España, y como herederos designa a su hermano don Pedro de Iriarte y Mendinueta y don Gabriel Joaquín de Mendinueta, junto con doña María Antonia, la cual se crió en su casa y a sus tíos.
Don Juan Antonio de Miguelena, hijo legítimo de los difuntos Miguel Antonio Miguelena y de doña María Josefa de Micheo, natural del Reino de Navarra del lugar nombrado Urroz del Valle de Lerín, de estado soltero, otorga y ordena su testamento y declara que sus bienes ascienden a 400 o 500 pesos, nombra albacea y heredero a su hermano don Juan Tomás de Miguelena, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz.
Don Lorenzo Victoria, natural de la Ciudad de Corella en el Reino de Navarra y residente en el pueblo de Jalapa, estando próximo a hacer viaje a los Reinos de Castilla en la fragata de S.M. Santa Lucía, otorga testamento de la siguiente manera: declara ser soltero y no tener descendencia, nombra como albaceas testamentarios y depositarios de todos sus bienes en este reino a su compañero don Leonardo de Noguera, en la navegación de la dicha fragata a don Tomás García y en los reinos de Castilla a don Gaspar Aguado y a don José Ignacio de Guruzeta; nombra como heredero de dos tercias de su caudal a su padre y de la tercia sobrante a don Ramón de Victoria, su hermano.