MOLINO DE SAN ROQUE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0002 · Item · 1834/01/04
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Josefa Ramona Díaz de Oronoz y doña María Francisca Peredo, ambas de esta vecindad, dijeron que la primera como propietaria de la hacienda y molino de San Roque conocida con el sobrenombre de Pedreguera ubicada en cercanía de esta ciudad, se la da en arrendamiento a la segunda, bajo las condiciones siguientes: Primera. El arrendamiento es por cinco años. Segunda: En él se incluyen todos los ramos, siembras, tenería, ganados y utensilios, y al vencimiento de éste se devolverá todo. Tercera: Que los utensilios de capilla e imagen se entregarán por inventario. Cuarta: que a las pieles de ganado mayor que hay en la curtiduría se le fijarán los precios que se citan en la escritura. Quinta: Que el ganado lanar se valuará por dos nacateros o criadores. Sexta: Que el importe de las pieles y ganado lanar se ha de exhibir por la arrendataria tan luego como se haga la liquidación. Séptima: Que todos los gastos que se hagan por comodidad de la arrendataria se hagan por ella misma y en caso de algún accidente como la caída de un techo, el gasto será cubierto por la dueña. Octava: Se reconocerán todos los corrales a fin de que las reformas que demanden se hagan por cuenta de la dueña. Novena: Que en cuanto a todo lo demás de la finca y oficinas lo recibirá la arrendataria en los términos que existe. Décima: Que las deudas de los sirvientes y arrendatarios que haya pendientes queda por cuenta de la dueña y encargada la arrendataria o sus administradores del cobro. Undécima: Que si hubiera una inconformidad en lo pactado se nombraran dos personas, una de cada parte y un tercero por ambos en caso de discordia, para que arreglen las diferencias. Duodécima: Que los gastos que se causen en la devolución se costearan por ambas partes. Décima tercia: Que dicha arrendataria ha de pagar por la merced anual 1 100 pesos, exhibiendo adelantado cada seis meses 550 pesos que corresponden a medio año. Décima cuarta: Que no se habrá de variar en los cincos años el presente arrendamiento. Décima quinta: Que la señora Peredo ha de hipotecar una casa de su propiedad que está ubicada en esta ciudad en la calle de Gomila. Décima sexta: Que si la señora Oronoz llegase a necesitar algún dinero antes de la fecha se le franqueará por la señora Peredo. Décima Séptima: Que la señora Peredo puede subarrendar por su cuenta y riesgo. Décima octava: Que por muerte o falta de la señora Peredo ha de continuar en la negociación su hermano don Antonio José [Peredo] bajo las mismas condiciones. Bajos cuyas condiciones otorgan que celebran el relacionado contrato de arrendamiento, obligándose la señora Josefa Ramona Díaz de Oronoz a que le será cierto y seguro a la señora doña María Francisca Peredo por el tiempo y requisitos expresados. Y la señora doña María Francisca Peredo se obliga a cumplir por su parte cuanto está expresado en dichas cláusulas y para seguridad del pago hipoteca una casa ubicada en esta misma ciudad al confín de la calle que sigue de la del Beaterio a la cual hace su frente, y va a la boca calle que llaman de los Ingenios.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0025 · Item · 1836/02/09
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano Emigdio Murrieta, de esta vecindad, dijo que posee por suya propia una casa de material, edificio bajo, ubicada en esta ciudad a la calle de Santiago, con la cual hace su frente de 18 varas al norte y 40 de fondo al sur, lindando por este rumbo con el arroyo de las aguas que bajan del molino de San Roque; por el costado de oriente linda con el de la casa de don Nicolás González, y por poniente con la de Dionisio Jiménez, la cual casa hubo y compró de Francisco Barradas. Y como tal legítimo dueño del relacionante fundo otorga que se lo vende al ciudadano Rafael Viveros en precio de 300 pesos de la que se da por entregado a su entera satisfacción.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0075-PX_0075_0111 · Item · 06/12/1811
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José María Rivera [Viveros], vecino de esta Villa, otorga en arrendamiento a don Francisco de Tejeda, una casa tienda de paredes, de edificio bajo, ubicada a extramuros de esta Villa, en el Barrio Alto del Calvario, adelante de la Garita de México, ubicada en tierras del Molino de San Roque, con el que hace frente hacia el sur, por tiempo y espacio de 4 años y precio de 18 pesos anuales.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0105 · Item · 1826/09/11
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              María Antonia Josefa Fuentes, de esta vecindad, de estado libre, otorga que vende en favor el presbítero don Felipe de Jesús Leboreiro, de esta vecindad, una casa de paredes, de cal y piedra, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la última cuadra de la calle de Santiago haciendo frente al norte y del otro lado solar de los naturales de esta villa, por donde tiene 12 y media varas de frente y 74 de fondo hacia el sur, por donde linda con las aguas que bajan desde el Molino de San Roque; por el costado del oriente linda con el de otra casa de la vendedora; y por el poniente con el de casa de don José María Cartami. Cuya deslindada finca es una de las que hubo por fallecimiento de sus padres, José Antonio Fuentes y Mariana Josefa Cortés, como única heredera, quienes fabricaron a sus expensas en terrenos eriazos que extrajudicialmente compraron. La vende en la cantidad de 930 pesos que declara haber recibido en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0003 · Item · 1834/01/07
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              La señora doña María Josefa de Herrasti y Alba, viuda y albacea de don Carlos Díaz y Herrero, vecina de esta ciudad, dijo que su hija doña Josefa Ramona Díaz de Oronoz ha dado en arrendamiento a doña María Francisca Peredo la hacienda y molino de San Roque conocido con el sobrenombre de Pedreguera, en la cual se relaciona como propietaria de dicho fundo la misma doña Josefa Ramona, pero que no siendo así, pues pertenece a los bienes de la testamentaría del finado consorte de la comparente, teniendo solo en arrendamiento la nominada su hija con facultad de poder subarrendar y por eso lo ha verificado. Y para evitar diferencias, declara la otorgante que la repetida hija tiene facultad para hacerle a la señora Peredo el indicado arriendo, el cual aprueba y ratifica la relacionada en los mismos términos que lo ha contratado la señora Díaz de Oronoz, expresando únicamente que se tenga entendido que en cuanto al carácter de propietaria con que suena en ese documento la doña Josefa Ramona no es sino el de arrendataria principal.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0027 · Item · 1834/02/10
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Josefa Ramona Díaz de Oronoz, doña María Francisca Peredo y su hermano don Antonio José Peredo, de esta vecindad, dijeron que a consecuencia de las escrituras celebradas por los comparentes en 4 de enero pasado sobre subarriendo, que la primera le hizo a la segunda de la hacienda y molino de San Roque conocida con el nombre de Pedreguera, ubicada en cercanías de esta ciudad, se ha hecho la respectiva entrega de los llenos, utensilios y muebles existentes en dicha finca, y a fin de que obre una constancia legal y fehaciente de ella, quieren que se protocolice los inventarios que se han practicado en dicha entrega y hacen exhibición de ellos en seis fojas suscritos por los comparentes para que se agreguen a este registro. Por lo cual, otorgan haber practicado dichos inventarios según como en ellos demuestra.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0119 · Item · 1834/08/21
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano Juan Manuel Ruiz, vecino en el molino de San Roque alias Pedreguera, presente en este suelo, dijo que doña Ana Antonia Gandurini, residente en México, es dueña legítima de una casa de material con cubierta de madera y teja, ubicada en esta ciudad a la calle que nombran de la Pila de San Cristóbal, con la cual hace su frente al poniente y del otro lado casas que pertenecen a don Miguel del Valle, linde por su fondo al oriente con solar de los Viveros; por el costado del norte linde con solar de Juana Baizabal y por el costado del sur con casa y solar de Laureano Taboada. Dicha casa la hubo la Gandurini por compra que de ella hizo a Luis, José María, María Josefa y Ana María Camarillo. Que teniendo necesidad la Gandurini de venderla se valió del comparente para que tratara la venta y de facto la tiene convenida con el ciudadano Isidro Alba. Que no pudiendo venir dicha propietaria a otorgar la escritura le ha dirigido al relacionante un papel en que lo faculta. Y para poder formalizar la presente escritura, el nominado ciudadano Juan Manuel Ruiz a nombre de la repetida doña Ana Antonia Gandurini otorga que le vende y con efecto al supradicho ciudadano Isidro Alba la casa que queda deslindada en precio de 400 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0108 · Item · 1824/07/28
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Francisca Barradas, de esta vecindad, de estado libre, mayor de cincuenta años de edad, otorga que vende, sede y traspasa en favor de don Emigdio Murrieta, también de esta vecindad, una casa de paredes de edifico bajo, cubierta de madera y teja, situada en esta villa, en la última cuadra de la calle de Santiago, que se compone de 18 varas de frente hacia el norte, dicha calle en medio, y cuarenta varas hacia el sur, por donde linda y termina con el arroyo de las aguas que bajan del Molino de San Roque para el arruinado de don José María de Goiri; por el costado del oriente, linda con el de casa de don Nicolás González y por el del poniente con el de casa de Dionisio Jiménez. Cuya deslindada casa, es la misma que sus difuntos padres, fabricaron a sus expensas sobre nueve varas de terreno que poseía su señora madre de sus antepasados, y las otras nueve que hubo y compró su padre de Juan Antonio Quiroz por escritura pública que a su favor otorgó en esta villa a 29 de marzo de 1780. La vende por la cantidad 400 pesos, ciento de ellos, que le ha dado en el valor de una casita de madera revocada en terreno propio don José María de Goiri, en el barrio del Molino y los 300 restantes en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0112 · Item · 1824/09/01
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Gago, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, como curador ad bona de doña María Dolores Castro, menor de veinticinco años de edad, la cantidad 410 pesos de la pertenencia de esta. Cuya suma se obliga a tener en su poder por vía de depósito irregular, por el espacio de cinco años, a partir de esta fecha, a satisfacer anualmente el acostumbrado y el premio de 5 por ciento. Y en favor de su acreedora hipoteca una casa de paredes, de edifico bajo, cubierta de madera y teja, que posee en esta villa, haciendo esquina a la penúltima cuadra de la calle del Calvario y Callejón que va para el Molino de San Roque, a la que hace su frente principal hacia el oriente y del otro lado con casa que fue del finado don Carlos Arias; por su fondo al poniente linda con el de casas del difunto Antonio Choza y de don José Antonio de la Peña; por el norte hace otro frente al callejón citado y del otro lado casa del finado don Antonio Pensado; y por el del sur, linda con el costado de la casa que fue de doña María Pérez Chamorro. Cuya deslindada finca se obliga a no enajenar, hasta que no esté pagado este principal y sus premios, asimismo puede su acreedora sacarla de terceros y demás poseedores, venderla y rematarla y con su producido cubrirse del principal, réditos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0110 · Item · 13/07/1816
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Rosalía Casanova, de esta vecindad, mayor de 50 años y de estado libre, vende a don José María Hoyos, también de esta vecindad, una casita que tiene en la Callejuela que sale desde la Plazuela del Carbón para la Cruz Verde y Camino de Naolinco. Está compuesta de 12 varas de frente hacia el sur y del otro lado solar de José Barradas, por el fondo, hacia el norte, acaba con una cuchilla de 5 varas de ancho, que linda con otro callejón que atraviesa de Temazcalapa para el camino del Molino de San Roque y del otro lado solar de don Diego Leño, por el poniente linda con solar de Ana de los Dolores y por el oriente con casa de Francisco León y del comprador. La vende en precio de 180 pesos.