MOLINO DE PEDREGUERA

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              MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0023 · Item · 1838/10/30
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Los ciudadanos Félix Lucido, apoderado del común de indígenas de esta ciudad; junto con Bartolo Hernández, Juan Teoba y José Martínez, diputados del mismo del común de indígenas; y los ciudadanos Bernardo Sayago y Santiago Condon, de esta misma ciudad y comercio; dijeron los cuatro primeros, que sus representados son dueños de unos terrenos que corresponden a la comunidad y los segundos del Molino que se llama de Pedreguera, en términos de este partido, y como colindantes están discordes en los linderos que a cada uno corresponden, sin haberse podido fijar los puntos divisorios en las diferentes concurrencias que extrajudicialmente han tenido con tal objeto, hallándose afanosos de que tengan la debida aclaración, sin ocurrir a los trámites judiciales, a las dilaciones y disturbios. Por lo cual, han determinado, con el consejo de personas inteligentes, comprometer sus acciones y pretensiones en personas de ciencia y conciencia de toda confianza. En cuya virtud, otorgan que nombran por jueces árbitros, arbitradores y amigables componedores a los ciudadanos licenciado Ramón María Terán y Miguel Palacio, vecinos de esta ciudad, para que, dentro de cuarenta días, contados desde el siguiente al de la aceptación de este cargo, reconozcan los linderos, escrituras, papeles y justificaciones que reciban y se les presenten con citación de los otorgantes. Y en caso de no conformarse en la decisión, de común acuerdo nombran por tercero en discordia al ciudadano José Antonio Martínez, el cual dará su voto, adhiriéndose al que de los mencionados jueces contemple más arreglo.

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