MÉXICO, CIUDAD DE

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0046 · Item · 1687/10/22
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan García de Miranda, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de sitios y tierras en su jurisdicción, otorga que debe y ha recibido del señor Capitán don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la provincia de San Antonio Huatusco, San Juan Coscomatepec y dicha villa, 800 pesos de oro común, que por hacerle buena amistad le ha prestado, los cuales se obliga pagar en la ciudad de México o en la parte que le pidan al Capitán Francisco Canales [y Gacio] o la persona que le ordenen.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0053 · Item · 1687/10/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la provincia de San Antonio Huatusco, San Juan Coscomatepec y villa de Córdoba, declara que durante el gobierno del Excelentísimo Conde de Paredes Marqués de la Laguna, en el año de 1686, en virtud de mandamiento, fue requerido para aderezar el camino real al nuevo que va de la ciudad de la Nueva Veracruz para Puebla y México, lo cual incluía la fabricación de las puentes necesarias. Señala que en atención al mandato, limpió dicho camino y a su costo se construyeron dos puentes de maderas perfectas, una en el río de Cotaxtla y otra en el río que llaman Tleapa, por donde se conducen las recuas, coches y pasajeros, cuyo costo ascendió a más de un 1 000 pesos. Para cubrir dicho gasto el Excelentísimo mandó que cada pasaje o mula cargada pagara un real hasta cumplir el total. Por otra parte, dijo que después de un tiempo tuvo noticia que venía por sucesor de dicho Conde de Paredes el señor Excelentísimo Conde de Monclova, [roto] por lo que fue preciso reconocer el paso que llaman el Licenciado y ver la venta que allí se había hecho junto con tres casas de zacate empalizadas, para después pasar al paraje nombrado el Camarón y fabricar otras tres de la misma suerte; y adelante, en el paraje nombrado Mazapa, se construyeron otras tres casas a toda costa y una puente que hoy está corriente en el río que nombran Mazapa, “y reconocer nuevamente y aderezar la del río de Cotaxtla y hacer otra nueva en el arroyo que nombran Texsicapa”; además en la venta que llaman de las Puentes, a donde se fabricaron cuatro casas de las referidas, se reconoció la postrera puente nombrada del río de Tleapa, todo lo anterior a vista del excelentísimo señor Conde de Monclova, y que por todo el otorgante gastó cerca de 800 pesos. Para su conocimiento envió a dicho Conde todo lo referido para continuar la cobranza, de quien recibió su confirmación hasta cubrir ambas cantidades. En ese sentido declara que para que haya persona que tenga cuidado del buen corriente de dichas puentes y de la venta que está en la primera puente, otorga que da en arrendamiento la cobranza de dichas puentes a Agustín Martín, vecino de esta jurisdicción, por el tiempo de un año, por precio de 600 pesos de oro común, que ha de pagar en reales de contado cada cuatro meses, con calidad de que el susodicho debe tener dicha venta corriente y en ella todos los géneros vendibles de que necesiten los dueños de recua y pasajeros; y al mismo tiempo las puentes deben estar reparadas de buenas maderas, de no hacerlo, mandará hacer y reparar todo aquello que necesiten y dicha venta pagará lo que montare. Por último se obliga a no arrendar dichas puentes, ni su estipendio a persona alguna.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0061 · Item · 1717/07/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad, Teniente de Capitán General en ella; y el Capitán don Lope Antonio de Iribas, Alcalde Ordinario de Primer Voto de esta villa, Jueces Comisarios nombrados por el Excelentísimo Señor Marqués de Valero, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España, en virtud de su mandamiento con fecha en la ciudad de México a 22 de febrero de 1717, refrendado por don José de la Cerda, su Secretario, por el cual se les concede facultad para reconocer las tierras que gozan por propias el muy Ilustre Cabildo, Justicia y Regimiento, y saber lo que han pagado, deben pagar y deben sus arrendatarios y hacerle escritura de ellos con las solemnidades debidas para su seguridad como consta en dicho mandamiento. Licencia que usan, para dar en arrendamiento a María González, vecina de esta villa, media caballería de tierra en que se incluye un pedacillo de dicha tierra que tiene cogido Juana Domínguez debajo de los linderos de dicha media caballería, que por la parte del oriente linda con río seco alías “Tliapa” [Tleapa]; por la del poniente con Diego de Osses; por la del norte con el río de “Tliapa” [Tleapa]; por la del sur con doña Juana Domínguez y Diego Nieto. Tierras que fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España. Hacen el arrendamiento, por tiempo de nueve años que empiezan a correr y contarse desde primero de marzo pasado del presente año, por precio de 6 pesos y 2 reales anuales, y se obligan a que este arrendamiento le será cierto y seguro y no le serán quitadas dichas tierras, pena de darle otras y tan buenas en la parte y lugar por el mismo tiempo y precio. Señalan como condición, que durante el arrendamiento doña María González pagará anualmente a los herederos o mayordomos de dicho cabildo, y sólo deberá sembrar y cultivar las tierras y no podrá meter personas ajenas. Si durante el arrendamiento doña María o sus herederos quisieran traspasar estas tierras o rancho, tendrán que notificarlo al cabildo para que reconozca si son buenos o malos inquilinos y sepan a quien deben cobrar el arrendamiento. También es condición de que en estas tierras no podrá sembrar caña dulce ni hacer casas de cal y canto [ilegible].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0104 · Item · 1709/08/22
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, Teniente de Capitán General en ella; y don Francisco Pibot y Tapia, vecino de esta villa y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción; como albaceas y tenedor de bienes dicho Pibot del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto, como consta en testamento otorgado en Cosamaluapan [Cosamaloapan]; otorgan poder general a don Tomás José [Jiménez], vecino de la ciudad de México y Agente de Negocios en ella, para que en sus nombres pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente todo lo que le deban a los bienes de dicho difunto. Asimismo, para que otorgue recibos, cartas de pago y demás instrumentos, y para que los represente y defienda en todos sus pleitos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0128 · Item · 1710/08/23
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Agustín del Castillo, vecino y natural este pueblo, hijo legítimo de José del Castillo y de María Ana, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que Juan de Arévalo, su suegro, le debe 83 pesos; Salvador del Castillo le debe 4 reales; Diego Jácome le debe 11 reales; Diego Hernández, vecino de la jurisdicción de Cosamaluapan [Cosamaloapan], le debe 4 pesos. Dijo que hace ocho años, más o menos, contrajo matrimonio con Josefa de Arévalo, quien trajo de dote una mula aparejada y el susodicho tenía tres mulas de carga aparejadas y como 100 pesos; y durante dicho matrimonio han procreado a Gabriela, de diez años de edad; Isabel, de tres años; a María, de dos años; y al póstumo o póstuma del que esta encinta. Declara por bienes dos mulas viejas aparejadas, una mula de silla y un caballo moro. Nombra como albaceas a Domingo Hernández, su hermano, y a la dicha Josefa de Arévalo, su mujer, y por tenedora de bienes a la susodicha. Nombra como herederas a sus hijas y al póstumo o póstuma, y como tutora y curadora ad bona de ellos a su mujer.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0113 · Item · 1708/11/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa, Teniente de Capitán en ella, en voz y en nombre de don Luis Antonio de la Concha Rebollar y Ceballos, Pariente Mayor de las Casas de la Garma, Caballero del Orden Santiago, Alcalde Mayor del partido de Gueguetenango [Huehuetenango], y de dicho poder usando otorga que lo sustituye en don Francisco Antonio de Castañeda, vecino de la ciudad de México, Agente de Negocios en ella, y como en él es relevado y obliga los bienes en dicho poder.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0039-PC_0039_0004 · Item · 1704/02/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Inés María de Serrano y Perea, legítima mujer del Pagador don Juan de Buendía, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de esta villa de Córdoba, por Su Majestad, ella con licencia por su marido; por lo tanto, ambos otorgan que venden a Jerónimo de Monterde, vecino de la ciudad de México, una negra esclava, criolla, nombrada Rosa María de veintiocho años poco más o menos, la misma que hubo y compró de don Francisco de Aguirre y Gomendio, Regidor perpetuo por Su Majestad de la ciudad de la Nueva Veracruz; dicha esclava la venden sujeta a perpetuo cautiverio y servidumbre, por libre de empeño, enajenación e hipoteca, y sin asegurarla de ninguna tacha, vicio ni defecto, en precio de 412 pesos horros de alcabala que por dicha esclava les ha pagado y que confiesan haberlos recibido en reales de contado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0030-PC_0030_0011 · Item · 1695/08/08
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Leiva Esparragosa, Capitán de Infantería Española de Su Majestad, de esta villa de Córdoba, otorga poder a don Diego [de] Dávila Barrientos, vecino de esta villa y residente en la ciudad de México, para que en su nombre y representación comparezca ante el Excelentísimo Señor Virrey de esta Nueva España, y presente el nombramiento que se le hizo de capitán, por toda la infantería, y posesión que se le dio por virtud de mandamiento del Capitán Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor por Su Majestad y Teniente de Capitán General de ella y sus partidos. Para lo cual, muestre la lista de gente que baje [roto] suplique a dicho Excelentísimo aprobar y confirmar dicho nombramiento y posesión. Asimismo, luego que lo haya conseguido, haga demostración del mandamiento despachado a la vecindad y compañías de Xalapa [Jalapa] “por el Excelentísimo Señor Conde de Paredes Marqués de la Laguna, Virrey que fue de esta Nueva España, su data en México 17 de junio de 1686, firmado de Su Excelencia y refrendado por don Pedro Belazquez [Velázquez] de la Cadena, Escribano que fue de la gobernación de este reino, en orden a que dicho escribano, gobernador de las armas de la ciudad de la Nueva Veracruz, guarde, cumpla y ejecute el parecer que en él se halla inserto, y lo ejecute asimismo el alcalde de esta villa […] para que por el consiguiente suplique a dicho Virrey lo refrende y mande guardar según y en él se contiene por lo que mira a esta dicha villa, atento a que sucede que cuando se pide la gente de ella a fuerza se hace bajar aquella que no se necesita, quedando esta villa sin el resguardo necesario, mayormente estando cercada de gente y negros de que puede resultar en ella grave daño, quedando tan solamente en poder de las mujeres. Asimismo, para que todas las veces que se ofreciere bajar con orden a dicha ciudad mande Su Excelencia al gobernador y naturales del pueblo de Santiago Huatusco y otros, le den a la gente que hubiese menester, pagándoles su valor, así bastimentos como de bestias, sin que puedan poner de excusa alguna”.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0022-PC_0022_0001 · Item · 1687/01/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Diego [Antonio] Madrazo Escalera, vecino del pueblo de Orizaba, declara que el Licenciado Joseph [José] de Morales, Abogado de la Real Audiencia de México, en cumplimiento de la Real Provisión de su Alteza, fue a la provincia de Tabasco a la averiguación de ciertos capítulos que algunos de los vecinos pusieron contra el Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la citada provincia; por cuya causa y en virtud de los despachos de los señores del Real Tribunal de Cuentas de la Real Hacienda, y para beneficio de los pesos de oro que fueron a cargo de dicho Alcalde Mayor como recaudador que ha sido de ellos, le embargaron todos sus bienes. Y para que dicho Antonio de Cueto Bracamontes pueda ocurrir ante los señores presidentes y oidores de Real Audiencia y pedir se le desembarguen sus bienes, para poder cobrarlos y de lo procedido pagar a Su Majestad 8 400 pesos; así como para mayor seguridad de los pesos de oro, le pidió salir por su fiador en cantidad de 1 000 pesos. Y por la presente el dicho Diego Madrazo Escalera otorga que se constituye fiador del Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, para que lo obligue por su fiador y principal pagador haciendo deuda ajena, por la cantidad de 1 000 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0022-PC_0022_0004 · Item · 1687/01/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lope de Yribas [Iribas], vecino de la villa de Córdoba, dijo que por cuanto el Licenciado Joseph [José] de Morales, Abogado de la Real Audiencia de México, en cumplimiento de la Real Provisión de su Alteza, fue a la provincia de Tabasco a la averiguación de ciertos capítulos que algunos de los vecinos pusieron contra el Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General de la citada provincia; por cuya causa y en virtud de los despachos de los señores del Real Tribunal de Cuentas de la Real Hacienda, y para beneficio de los pesos de oro que fueron a cargo de dicho Alcalde Mayor como recaudador que ha sido de ellos, le embargaron todos sus bienes. Y para que dicho Antonio de Cueto Bracamontes pueda ocurrir ante los señores presidentes y oidores de Real Audiencia y pedir se le desembarguen sus bienes, para poder cobrarlos y de lo procedido pagar a Su Majestad 8 400 pesos; así como para mayor seguridad de los pesos de oro le pidió salir por su fiador en cantidad de 1 000 pesos. Y por la presente el dicho don Lope de Yribas [Iribas] otorga que se constituye fiador del Capitán Antonio de Cueto Bracamontes, para que lo obligue por su fiador y principal pagador haciendo deuda ajena, por la cantidad de 1 000 pesos.

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