Don José Miguel de Iriarte, de esta vecindad, Diputado nombrado por los naturales de las Cuatro Provincias del Reino de Navarra, Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, vecino residente en esta Villa, otorga poder especial a don Cristóbal Rendón Palomino, Procurador de la Curia Eclesiástica del Obispado de la Puebla de los Ángeles, para que en uso de la indicada representación proceda a celebrar y ratificar la transacción y amigable convenio habido del artículo promovido por el mayordomo de la fábrica de esta iglesia parroquial, el Presbítero don Juan Nepomuceno de Ulloa, y el otorgante con la indicada representación, sobre puntos de la capilla de San Ignacio y bóveda subterránea en la misma parroquia, hecha y titulada por aquellos, arreglándose en un todo para la dicha transacción a las cinco condiciones estipuladas.\t
MAYORDOMOS
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El Bachiller Juan Bernardo Díaz Mier, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de Jalapa, otorga poder especial a don José Mantecón Pacheco, vecino de la Ciudad de Oaxaca, para que pida y tome cuentas al Mayordomo del otorgante, José Antonio Pérez, de los 2 atados de mulas que tiene a su cargo y cuidado.
Miguel Jiménez Carralero, pardo libre, vecino de esta jurisdicción, dueño de recua, hijo natural de Juan Martínez Carralero, español, mayordomo de la hacienda de labor nombrada Coyotepec, en la provincia de San Juan de los Llanos, de donde en natural el otorgante, dio su poder cumplido a su padre Don Juan Martínez Carralero, y a su hermano el Bachiller Francisco Martínez Carralero, que al presente administra la doctrina de Coscatlán, obispado de Puebla de los Ángeles, para que en su nombre hagan y ordenen su testamento.
El Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa de Córdoba, Juez Administrador de los Diezmos en ella, otorga poder general a Juan de Campos, vecino del pueblo de San Andrés Chalchicomula, para que representando su persona administre su recua, y como tal mayordomo, la pueda cargar en la parte y lugar que le pareciere, así como obligar dicha recua a que entregará la carga para la parte donde la condujeren. También para que pueda ajustar cualquier flete, despedir y quitar mozos, sabaneros y meter otros en su lugar, ajustar sus cuentas y pagar sus alcances, y de los que recibiere otorgue los recibos correspondientes.
Sem títuloEl Bachiller Manuel Mellado y Estrada, Presbítero del Obispado de la Puebla, hijo legítimo de José Mellado, difunto, y de Antonia de la Parra, mujer legítima de don Luis de Estrada, estando enfermo en cama otorga su testamento de la siguiente manera: manda se dé al Mayordomo de la capilla del ingenio de Nuestra Señora de la Concepción 50 pesos para ayuda de la vidriera que se intenta poner; se den 11 pesos de limosna para la compra de una campana; le debe a Juan Hernández 50 pesos; a Gregoria Vázquez 100, entre otras deudas que tiene y le tienen. Entre sus bienes se cuenta una mula y un caballo. Nombra como albaceas al Bachiller Juan de Matamoros, cura interino, a don Diego de Castro y Gamboa y a don Juan Montañés de la Cueva. Como heredera nombra a su madre.
El Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, como mayordomo de la fábrica de la iglesia parroquial de esta Villa, otorga poder especial a don Miguel Mallol, Oficial del Cofre de dicha ciudad, para que en su nombre y en representación de los derechos de la mencionada fabrica, trance, termine y concluya el artículo o instancia que en el citado Obispado de la Puebla promovieron los individuos de las Provincias Vascongadas, vecinos de esta Villa, sobre no satisfacer el derecho de fábrica por los cuerpos que se enterrasen en la bóveda de esta parroquia, oriundos de aquella provincia, arreglándose para ello a las órdenes e instrucciones que le tienen comunicadas y le ministre en lo sucesivo.\t
El Bachiller don Juan Crisóstomo de Aranda, Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a Martín Romero, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre pida cuentas ciertas y verdaderas a Francisco Carrión, mayordomo de su recua, del tiempo que la ha administrado, para lo cual nombre contadores, jueces árbitros y componedores, y en su rebeldía la justicia de oficio le embargue los fletes que lleve dicha recua y los pase a su poder.
Sem títuloEl Bachiller don Juan Bernardo Díaz Mier, Clérigo Presbítero, domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, otorga poder especial a don Mariano José Cardeña, su compadre, vecino del pueblo de Jalapa, para que pida cuentas al mayordomo del otorgante, José Antonio Pérez, de los dos atados de mulas que se compone de 50 mulas.
Don Joaquín Cardeña, vecino de este pueblo de Jalapa, con poder especial que le otorgó don José de Amacosta, vecino de la Ciudad de Puebla, vende al Bachiller don Antonio Álvarez de Guzmán, Clérigo, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de este pueblo, una casa y solar que mide 17 varas de frente, la cual linda al sur con la Calle Nueva, casa y solar del citado don José de Amacosta y casa y solar que fueron de don Alonso Fernández, que hoy pertenece a don Manuel Bañares, al oriente con solar que fue de María de Acosta y que hoy es de los herederos doña Ana María de Iglesias, al poniente con solar que fue de Juan Camacho y que hoy es casa de doña Juana Núñez, en la cantidad de 600 pesos de oro común, con réditos del 5%, donde el comprador pagara solo 200 pesos de contado restando 100 pesos que serán a favor de la Cofradía de las Ánimas del Purgatorio de esta parroquia, realizándose el reconocimiento de un pago de 30 pesos anuales al mayordomo don Juan de Quiñones.
El Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, Domiciliario del Obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, otorga que ha recibido de don José María Bausa, de esta vecindad, Mayordomo, Hermano Mayor de la Cofradía del Señor de la Santa Veracruz, sita en esta Iglesia Parroquial, Patrono de una Obra Pía, la cantidad de 500 pesos, cuya suma se obliga devolver en el término de 3 años; y para seguridad del principal, hipoteca, sujeta y grava una casa de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la Calle del Beaterio.