Doña María Ignacia García, vecina de la Nueva Veracruz y residente en el pueblo de Jalapa, otorga codicilio donde señala que a su hermano don José, vecino de la Ciudad de Manila en China, de oficio médico, le tiene encargadas varias cosas, las cuales espera llegarán a este reino en el primer navío que venga de allá, por lo que es su voluntad que lo enviado por su hermano le pertenezcan si el otorgante ya hubiese fallecido, recibiéndolas y cobrándolas sus albacea a quien deja como su universal heredero.
MÉDICOS
40 Descripción archivística resultados para MÉDICOS
Don Francisco Hidalgo, Médico de la última flota al mando de don Agustín de Idiáquez, con poder para testar que le otorgó Juan de Mellica, vecino de la Ciudad de Cádiz y Piloto del Rey en la Urca Holandesa nombrada “El Mateo”, procede a realizar el testamento del otorgante, en el cual además del citado poder, lo nombró albacea y como herederos designó a José Bartolomé y Estebana, sus hijos legítimos y de María de Vega, vecina de Cádiz y su legítima mujer.
Doña María Dolores Samanillo, natural de la Nueva Veracruz, de estado viuda, de primeras y segundas nupcias, de don José Serralde y de don Gabriel Gómez, ambos difuntos. Declara que, a poco tiempo de casada con Gabriel Gómez, le comunicó que era encargado, por un individuo de Cataluña que lo nombraban monsieur Felipe, médico de ejercicio, de una casa que éste tiene en la calle de Santo Domingo y el Correo, en dicha ciudad de Veracruz, número 44. Cuyos arrendamientos ya hacían muchos años que estaba cobrando, y cuando su dueño parecía libraba en su contra y de este modo percibía los rendimientos de su casa, con deducción de los gastos de reparos y composturas, y a quien no cree, cobraba comisión alguna. En cuyo orden siguieron muchos años, pues este sujeto tenía la representación dicha por haberse casado con una niña, sobrina de doña María Valdetaro, legítima dueña de la casa, la que en su fallecimiento dejó a la sobrina por carecer de herederos; por lo cual eran las contestaciones con monsieur Felipe, las cuales cesaron algunos años antes del fallecimiento de Gómez. Y el que considerando si sería por ausencia o por fallecimiento de aquel, comenzó a hacer otras diligencias y pesquisas para averiguar su paradero y el de su esposa, pero todas fueron inútiles, pues jamás adquirió la menor noticia, y quedó persuadido en que habrían fallecido en aquella grande epidemia que ocurrió en Barcelona, en el año de 1804, o en la guerra con los franceses en el de 1808. Que en estas dudas y siempre espera, falleció Gómez en 1815, quien la dejó por su primer albacea, con cuyo cargó, tan luego empezó a hacer diligencias, así por cartas dirigidas a varios sujetos, como también poniendo en los papeles públicos de Barcelona, solicitándose saber si acaso dichos consortes habían fallecido, si habían dejado sucesión, a lo que jamás se le contestó; y los sujetos que avisaron, dijeron que no sabían de tal sujeto algunos años. Por lo que, todo lo que declara, le hace creer que fallecieron, pues de no ser así, ya alguna se hubiera apersonado, mayormente habiendo fallecido Gómez, cuya muerte fue tan pública; y deseosa de cumplir con los cargos que dicho su esposo le dejó, con previa consulta de personas que no pueden engañarla, determinó dejar dicha finca para una obra pía, la cual reconoce 3 000 pesos de la capellanía que en el día disfruta el presbítero don Juan María de Ucelay, residente en la Puebla, cuyos premios por su orden los percibe en Veracruz el presbítero don José María Esteva. Dicha casa produce anualmente en arrendamiento 600 pesos, hace muchos años, que es el inquilino don Fernando Mancera, quien la paga con puntualidad, por lo que encarga que no se le remueva, que así lo tiene convenido con él, ni menos se le altere la renta. Por lo cual, pagados los 150 de la capellanía; deja 100 pesos anuales a la Escuela de Mujeres de esta villa, para una función anual a su patrono San Felipe Neri, con todo lo demás que deja dispuesto en la donación que tiene ya hecha, y entregada al padre de obediencia, director de dicha santa escuela, de la que tiene el honor de ser hermana, y lo es en el día, el presbítero don José Policarpo Rodríguez. Determina, que de los 350 pesos que quedan, se repartan en Veracruz a treinta viudas necesitadas, 33 pesos a cada una, siendo estas viudas de una conducta arreglada, prefiriéndose a las que tengan hijos; y para que esto no haya preferencia, es su voluntad que se avise por papel público, para que la viuda que sea pobre, arreglada y con hijos, ocurra a apuntarse en la casa que dice el papel, en la que se rifarán todas las apuntadas y por consiguientes las cédulas de los premios. Es su deseo el que remedian en parte su necesidad y cumplir con sus deberes, para que todo éste bien les resulte a los dueños el alivio que desea en desahogo de su conciencia, que deberá verificarse tan luego como acabe desempeñarse la casa, por haber sido necesario repararla por los perjuicios que recibió con los fuegos de Ulúa, cuya compostura ha ascendido a 568 pesos 3 y medio reales, los cuales suplió el inquilino, quien mensualmente se abona el pago 30 pesos. Determina que, para su más exacto cumplimiento, deja esta determinación al cargo y cuidado de los señores curas de la citada Veracruz, al Síndico de su Ayuntamiento y al Juez del Departamento, y en falta de éste, al Alcalde Primero, para que todo se haga con la anuencia de los tres. Y considerando en que puede llegar tiempo en que la finca necesite hacerle algunos reparos, la que será al cargo de los tres señores encargados en la fundación antes dicha, así para que les conste, como también para que no se falte el pago de la capellanía, ni la entrega de los 100 pesos a la escuela. Determina que, pagadas las cantidades a la capellanía, escuela y viudas, quedan sobrantes anualmente 20 pesos, los cuales deberán ir quedando en un fondo para las composturas que vaya necesitando la finca, la que no la necesita ahora, pero como en lo venidero es preciso que se vaya necesitando algunos reparos, y si no fuere bastante el fondo que se haya acumulado, en este caso, sólo se reparta la limosna de quince viudas. Y para que tenga el debido cumplimiento, en su fallecimiento, para después de sus días, nombra por patronos de esta su última disposición a sus dos hijos, don José María y Manuel María Serralde, y en falta de estos dos a doña María del Rosario Serralde, hija del segundo, y faltando ésta, a sus sucesores, hasta que se concluya su descendencia, para que todos cuiden de que se cumpla a la letra.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO NACIONALEl Alcalde Mayor de esta jurisdicción, el señor Cura de este pueblo y vecinos, dijeron que han convenido por iguala con el médico Manuel Francisco de Velasco, vecino de México, para que a ellos y a sus familiares los asista en las curaciones que se les ofrezcan, por el tiempo de 3 años, que empezarán a correr desde el 15 de agosto del presente año, ofreciendo pagarle anualmente 462 pesos 4 reales.
Don Francisco Hidalgo, Médico aprobado por el Real Tribunal del Protomedicato de este reino, dijo que acordó con los vecinos de este pueblo para curarlos y asistirlos en sus enfermedades, nombrándose en esta escritura las personas, condiciones y cantidades que pagarán; dicha iguala será por 3 años, empezando a contarse desde el 8 de marzo próximo, señalando tanto vecinos y médico que cumplirán lo estipulado en ésta y se obligan con sus bienes.
Don Juan Joaquín de Cendoya y Arizabaleta, dueño de hacienda y vecino de esta Villa de Xalapa, se constituye en fiador de don Francisco Hidalgo, Médico Examinador, con título de Visitador de las Boticas de esta villa, quien se obliga a presentar anualmente ante los ministros de la Real Hacienda de Veracruz, una relación jurada de los emolumentos, resueltas y condiciones que sucedan durante los 4 años que dure en su cargo el mencionado Francisco Hidalgo.
El Capitán don Manuel Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que hace gracia y donación al Doctor don Gregorio Ballesteros y Picaso, que lo es de medicina, vecino de la ciudad de México, de un esclavo negro de su propiedad nombrado Tiburcio, que será de edad de doce años poco más o menos, nacido en su casa, hijo de José y de Lucía, negros, también sus esclavos; cuya donación hace por el amor, voluntad y buenos afectos le tiene a dicho doctor.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan Camaño, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la villa de Muros en el Reino de Galicia, Arzobispado de Santiago, hijo legítimo de Juan Camaño e Inés Camaño, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena se digan por su alma, la de sus padres [y las] de su intención 1 000 misas. Ordena que de sus bienes se den 25 pesos para la obra material de la santa iglesia parroquial y 25 pesos para la del Señor San Antonio de esta villa. Declara no estar casado y no tener hijos. Declara tuvo compañía con Pedro Trillo de Figueroa, vecino de esta villa, en el trato de diferentes mercaderías, la cual terminaron extrajudicialmente quedando separados y cada uno con su principal y ganancias. Es su voluntad se den de sus bienes 200 pesos de oro común a Gertrudis López [de Guzmán], niña de quince años de edad, hija de Bernardo López [de Guzmán] y de María [Martín] Lomelín, vecinos de esta villa, para ayuda del estado que elija. Declara por bienes una casa baja de piedra y madera, cubierta de teja, ubicada en la calle Real de esta villa, que va del mesón a la plaza Pública y hace esquina, fundada en solar de 50 varas de frente. Otra casa contigua a la anterior, que compró en almoneda de los bienes del Capitán Antonio de Brito Lomelín, difunto, con el cargo y gravamen de 800 pesos pertenecientes a Joseph [Josefa] Marcela de la Rosa, hija y heredera de dicho capitán. Declara por bienes un negro esclavo nombrado Joseph [José], de veintisiete años de edad, que compró a Juan Pacheco, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz. Declara que el Licenciado don Bernardo de Valdivia [de las Roelas], Cura Beneficiario de San Pablo Soquitlan [Zoquitlán], obispado de la Puebla de los Ángeles, le debe 96 pesos resto del valor de un esclavo negro que le vendió. Nombra como albacea y tenedor de bienes a Benito Rendón, vecino y mercader de esta villa, y como albacea a Pedro Trillo de Figueroa. Nombra como heredera a su alma, para que con sus bienes se funde una capellanía de misas rezadas que goce juntamente las del purgatorio, sus padres y demás de su intención.
NICOLÁS LÓPEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJosé Martín, vecino del pueblo de Medellín, jurisdicción de la ciudad de la Veracruz, residente en esta villa de Córdoba, con poder de don Diego Ignacio de Valverde y Barrios, vecino de dicha ciudad, otorga que vende al Capitán don Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa, Alcalde Ordinario en ella, un negro esclavo de dicho su parte nombrado Manuel, casta Congo, que será de edad de dieciocho años, el mismo que hubo y compró del Bachiller don Diego Nieto, Presbítero, Médico, vecino de dicha ciudad; lo vende por esclavo cautivo en precio de 250 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon José de Segura y Ceballos, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que ha recibido de Domingo Mucio, vecino de ella, 1 050 pesos de oro común en reales, los mismos que se obligaron a pagar Miguel de Prado, Médico que fue de esta villa, como principal, y el dicho Mucio como su fiador, por escritura de 29 de mayo de 1699; de cuya cantidad se dio por entregado, otorgó carta de finiquito y cancelación de la citada escritura.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL