Don Manuel Lorenzo Martínez, Teniente General de Alcalde mayor de la jurisdicción de Tulancingo, natural de Vallecas, Villa de Madrid en Castilla, otorga poder especial a don Félix de Aroca, vecino de la ciudad de Sevilla, para que comparezca ante el Rey y Supremo Consejo de Indias, donde pida y suplique los oficios y cargos que fuesen servidos.
MADRID, VILLA DE
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El Bachiller Don Miguel Pérez de Medina, cura beneficiado de Jalapa, dio su poder cumplido a Don José Julio Rospillosi, vecino de la ciudad de Sevilla, y a Don Diego Verdugo, vecino de dicha ciudad, y a Don José de Padilla Guardiola, vecino de la Villa de Madrid, para que comparezcan ante Su Majestad y pidan se sirva proveerlo en media ración, ración entera o canonjía, en este reino de Nueva España, en una de las catedrales de Puebla o México, y hagan las diligencias hasta conseguir su efecto.
El Lic. Don Miguel Pérez de Medina, cura beneficiado de Jalapa, dio su poder cumplido al Capitán Don Diego Verdugo, al Capitán Don Manuel Verdugo, vecino de la ciudad de Sevilla; y al Capitán Don Luis de Padilla Guardiola y Guzmán, vecino de la villa de Madrid, para que en su nombre comparezcan ante Su Majestad y pidan y supliquen, se sirva de proveerlo en media ración, ración entera o canonjía, de las que vacaren en las catedrales de la ciudad de Los Ángeles o de la ciudad de México, en cuya virtud hagan las diligencias necesarias, hasta conseguir su efecto.
El Capitán don Juan Ricardo de Guzmán, vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Antonio Sáenz de Olano, vecino de la Villa de Madrid, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre cualquier cantidad de pesos reales, mercancías o de cualquier especie, que le deban, específicamente a don Marcos Antonio de Verastegui, vecino de la Villa de Madrid.
Juan Francisco de Aguilar y Saldaña, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y con poder del Capitán Juan María Lago Marzin, Factor de la armazón de negros esclavos que tiene en dicha ciudad de la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad a 19 de enero de este año por ante Andrés de Saavedra Cansines [Cancines], Escribano de Su Majestad, asimismo, en virtud del poder que le sustituyó de don Domingo Grillo, por sí y como tutor y curador de don Domingo, don Juan Bautista y doña María Isabela Lomelín, hijos y herederos de Ambrosio Lomelín, Asentista con Su Majestad para la provisión de negros en estas partes de las Indias, su fecha en la villa de Madrid a 28 de octubre de 1670 ante Pedro de Viana Morales, Escribano de Su Majestad. En virtud de dichos poderes vende al Capitán Joseph [José] Blanco, vecino de esta villa, un varón y una hembra de dicha armazón por esclavos cautivos sujetos a servidumbre, bozales y recién venidos de su tierra, por precio de 430 pesos de oro común cada uno, cantidad que se obliga a pagar Joseph [José] Blanco, saliendo como su fiador el Capitán Francisco Valero Grageda [Grajeda]. Joseph [José] Blanco declara que dicha compra la hizo para Juan Moreno, pardo libre, vecino de la jurisdicción de San Antonio Huatusco, en la estancia de Acatengo.
Zonder titelEl Pagador don Antonio Lorenzo de Riascos, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, vecino de ella, y electo Alcalde Mayor de la provincia de Orizaba por Su Majestad, dijo que tiene dado su poder general al Señor don Ventura de Pinedo, del Consejo de Hacienda, Caballero de la Orden de Santiago, vecino de la villa de Madrid, Corte de Su Majestad, para sus pretensiones, causas y negocios que se le opusieren en dicha corte y empleos en esta Nueva España, cuyo poder ha dejado en su fuerza y vigor sin que se entienda que por éste queda revocado, y porque no pueden “deliberar los frangentes ultramarinos ni asegurar los futuros contingentes con tan dilatada navegación”; por lo cual otorga poder general al Excelentísimo Señor don Andrés de Pes, Almirante General de la Real Armada del Océano, Castellano por Su Majestad del Castillo y Real Fuerza de San Juan de Ulúa, Caballero de la Orden de Santiago, General de la presente flota surta en el dicho puerto y próxima para hacer su tornaviaje a los reinos de Castilla, para que en su nombre pueda parecer y parezca ante el Rey Nuestro Señor en su Real y Supremo Consejo de las Indias o en otro tribunal donde convenga, y pida a Su Majestad le haga merced o mercedes del empleo o empleos que fuese servido honrarle en atención a sus méritos y servicios.
Zonder titelEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos, debajo de la escritura que pasó en la villa de Madrid el 12 de julio de 1696, y en virtud del nombramiento que le hicieron los diputados de la junta de dicha Real Compañía en la ciudad de Lisboa el 22 de mayo de 1699 y refrendado de Francisco Méndez de Barros que en testimonio está protocolizado en el oficio de José de Orduña, Escribano Público de la ciudad de la Nueva Veracruz, y usando la facultad para otorgar ventas de esclavos, cobrar sus procedidos y para distintos negocios tocantes a dicho asiento y armazón de esclavos, otorga que ha recibido de Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, 1 350 pesos de oro común en reales de contado, que son los mismo que el susodicho se obligó a pagar por el Doctor Miguel de Prado, difunto, vecino que fue de esta villa, y por el Sargento Miguel de Aguilar por la misma cantidad, que lo importaron cuatro negros que les vendió por dos escrituras que les otorgó. Cuya cantidad se dio por entregado y dio por rota y cancelada dicha escritura.
Zonder titelDon Lucas de Acosta, residente en esta villa, Administrador General en este reino de la Nueva España, del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos, debajo de la escritura que pasó en la villa de Madrid el 12 de julio de 1696, y en virtud del nombramiento que le hicieron los diputados de la junta de dicha Real Compañía en la ciudad de Lisboa el 22 de mayo de 1699 y refrendado de Francisco Méndez de Barros que en testimonio está protocolizado en el oficio de José de Orduña, Escribano Público de la ciudad de la Nueva Veracruz, y usando la facultad para otorgar ventas de esclavos, cobrar sus procedidos y para distintos negocios tocantes a dicho asiento y armazón de esclavos, otorga que ha recibido del Alférez Mayor don Miguel Valero Grajeda que lo es de esta villa, 2 800 pesos de oro común en reales que son los mismos que el susodicho se obligó a pagar por el valor de ocho esclavos que le compró de los del armazón de su carga en 17 de diciembre de 1702, de cuya cantidad se dio por entregado y a su vez canceló dicha escritura.
Zonder titelEl Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, Comisario del Tribunal de la Santa Cruzada en ella, dijo que por cuanto tiene otorgado poder general a don Ventura de Pinedo y a otros Agentes de Negocios en la villa de Madrid, en el Real y Supremo Consejo de las Indias, para todas sus pretensiones, el cual revoca por la presente y lo otorga general al Licenciado don José de Chavarría, Presbítero, en primer lugar y en segundo a don José Goenaga, vecinos de la villa de Madrid, para que en su nombre parezcan ante el Rey Nuestro Señor y en su Real y Supremo Consejo de las Indias u otro que convenga, y pidan a Su Majestad lo honre con la merced o mercedes que fuere servido en atención a su méritos y servicios, y conseguido que sea dicha merced saquen las reales cédulas y títulos que le remitirán por duplicado, haciendo para ello todo lo necesario en dicha Corte de Madrid.
Zonder titelLa Justicia, Cabildo y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando juntos y congregados en la sala del Ayuntamiento, conviene a saber: José de Leiva, Regidor Perpetuo y Alcalde Ordinario en esta villa y su jurisdicción; Francisco de Solís, Alguacil Mayor; Francisco de Aguilar, Regidor; juntamente dijeron que por cuanto el Licenciado don Martín de Solís Miranda, Caballero del Orden de Santiago del Consejo de Su Majestad y su Fiscal en su Real Audiencia, siguió pleito contra esta villa en razón de la Real Confirmación de ella, posesión de sus tierras, jurisdicción, privilegios y demás que hicieron los señores presidentes y oidores de dicha Real Audiencia a los treinta días del mes de junio de 1677. En dicha confirmación otorgaron auto definitivo por el que mandaban amparar a esta villa en la posesión que ha tenido de lo referido, remitiendo dichos autos a Su Majestad y Supremo Consejo de Indias [roto]. Por lo tanto para conseguir la confirmación que se pretende de la fundación de ella, otorgan poder en primer lugar a Tomás de Oliden, en segundo a don Juan Alv[roto], y en tercero a Bernardo Aparicio, vecinos de la villa de Madrid y Agentes de Negocios en los Reales Consejos, para que en nombre de los moradores y vecinos de esta villa de Córdoba, parezcan ante el Rey su Consejo de las Indias, y pidan se sirva despachar a la villa Real Cédula de Confirmación de su fundación y títulos de ella, y que dicha confirmación se extienda de las cuatro leguas de territorio en cuadro que ha estado poseyendo.
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