El Licenciado Miguel Bazán de Otero, Clérigo Presbítero domiciliario de este obispado de la Puebla, otorga poder al Licenciado don Anastasio Márquez, Clérigo Presbítero vecino de la Puebla, para que en su nombre cobre los réditos de su capellanía que le deban y otras cantidades que le deban por préstamos o cosas semejantes.
LICENCIADOS
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Doña Catarina García, viuda de don Juan Martín Blanco, su albacea testamentaria, tutora, curadora y tenedora de sus menores hijos y bienes de estos, otorga poder general al Señor Licenciado don José Miguel Pérez de Aguerra, Cura Beneficiado por Su Majestad de la doctrina de San Mateo Naolinco, para que en nombre de la otorgante cobre todas las cantidades de reales o pesos que a la otorgante le deban. Y si en razón de dichas cobranzas se formara contienda de juicio, lo controvierta y siga.
El Licenciado Miguel Suárez, Presbítero Domiciliario del Obispado de Puebla y vecino del pueblo de Jalapa, albacea del difunto don José Antonio Matamoros, otorga poder especial a don Pedro de Senande, Notario Eclesiástico para que pida y haga los inventarios de los bienes de dicho difunto.
Josefa Alejandra Mojica, natural del partido de Misantla, en la Antigua Veracruz y vecina del Paraje o rancho de Juchique, en la jurisdicción de Jalapa, hija legítima de los difuntos Lucas de Mojica y María Gregoria Orduña, viuda de Bernabé Díaz, otorga poder para testar y nombramiento de albaceas al Licenciado don Bartolomé Martínez de Mora, Clérigo, Presbítero y vecino de este pueblo, junto con Juan Francisco Díaz, su hijo legítimo, y como herederos al citado Juan Francisco, junto con Pedro Antonio, Manuel Antonio, María de Inés y José Anastasio, sus demás hijos legítimos.
El Licenciado Manuel de Iglesias, Clérigo Presbítero y vecino de este pueblo de Jalapa, albacea testamentario del difunto don Blas Fernández Álvarez, informa que por remate de 23 de mayo del presente año, vendió a don Manuel de Villapinto, Maestro Boticario y vecino de este pueblo, una casa chica que linda al norte con la Calle Real de este pueblo, al oriente con casas de Juan Antonio de Arce y Arroyo, al sur con corral de José de la Calle y al poniente con casas que fueron del difunto Francisco Javier Yáñez Remusgo de Vera, la cual tiene un empeño, censo o hipoteca de 1, 300 pesos, de los cuales 300 pesos le pagó de contado y los restantes 1, 000 pesos los reconocerá a censo redimible a razón de 5 % anuales.
Doña María Nicolasa de Torquemada, viuda y albacea de don Agustín Suárez, junto con sus hijos, el Doctor don José Suárez, Cura de la Doctrina de Jalapa, Vicario y Juez Eclesiástico, los Licenciados Carlos Suárez y don Miguel Suárez, Clérigos Presbíteros, Domiciliados del Obispado de este pueblo, informan que dicho José, metió a su costa en las casas de su morada, el agua que sube a una pila donde esta corriente y le vendió una paja de esta agua en 200 pesos a Bartolomé de Borja y a su esposa María de Jesús Acosta, cuya casa esta contigua a la de los otorgantes, y ambas hacen frente con la Calle Real que sale a la plaza de este pueblo, para la Nueva Veracruz, la que sacaren de la pila de los otorgantes a su costa dichos Bartolomé y su esposa y a de ser a su cargo el componer su cañería hasta su pila.
El Licenciado José Miguel Pérez de Aguerra, Cura de la doctrina de Naolinco, Vicario y Juez Eclesiástico, otorga poder especial a don José de Arteaga, vecino de la Ciudad de México, para que acepte la escritura de arrendamiento del ingenio San Miguel Almolonga, con las mismas condiciones con que lo arrendó el señor Mariscal Manuel de Acosta en la Ciudad de México.
Don José Durán y don Luis Flores, el primero Gobernador de naturales del pueblo de Tlacolulan, y el segundo Alcalde del de San Salvador Acajete, su anexo, ambos de esta jurisdicción, y demás repúblicas de naturales de dichos pueblos, otorgan poder general al Licenciado don Domingo Zoraya [y Rubín de Celis], Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, para que los defienda en el pleito que sobre tierras tienen pendientes en la actualidad con los Alarcones, vecinos de esta jurisdicción, y en los que adelante tuvieran, tanto civiles y criminales, como eclesiásticos y seculares.
Felipe Santiago Cid, vecino del pueblo de Xicochimalco, residente en esta Villa, otorga poder general al Licenciado don Domingo Zoraya y Rubín de Celis, Abogado de la Audiencia territorial de esta Nueva España, individuo de su Ilustre Colegio, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías, frutos, géneros, bienes y efectos que le deban.
Don José Ignacio de Urquidi, Capitán del Regimiento de Infantería de la Ciudad de la Puebla, y don Juan José de Urquidi, Teniente de la Corona de Nueva España, nombraron al Licenciado Manuel Taboada, vecino de México, como apoderado de ellos para que se ocupe de sus negocios en Durango, a quien le asignaron la cantidad de 2 000 pesos anuales, cada uno de ellos aportará 300 pesos por los viajes necesarios a México, Durango o de este lugar a Guadalajara, de igual forma le pagarán su retorno a México una vez que concluya sus negocios. También es condición que si antes del tiempo fijado terminase su negocio, se le pagará el sueldo completo de un año; en caso contrario, sólo se le seguirá apoyando con los 300 pesos hasta que concluya sus asuntos, y no se le revocará el poder que se le otorgó.