El Licenciado Tomás Vitus de Romay, cura beneficiado por Su Majestad del partido de Jalapa, dio su poder cumplido a Don Francisco Valero y Molina, y Don Damián Pérez Coello, vecinos de la ciudad de Los Angeles, para que en su nombre como capellán propietario de la capellanía que fundó de sus bienes el Racionero Gaspar de Contreras de 1000 pesos de principal que están a censo sobre casas de los herederos de Francisco de Olmedo, en la dicha ciudad y en el barrio del convento de Santa Inés, parezcan con el Señor Provisor y Vicario General de este obispado, y ante quien convenga, y pidan a la persona o personas a cuyo cargo estuvieren las dichas casas, la paga de los corridos del referido censo desde 1632 hasta 1654, a razón de 50 pesos anuales, menos 406 pesos y 6 tomines que ha cobrado a cuenta de la dicha capellanía.
LICENCIADOS
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Don José Ceballos y Burgos presentó ante Don Juan Antonio Cano Moctezuma, Alcalde Mayor de Jalapa, a Don Antonio Pérez, español, vecino de Naolingo, testigo que se halló presente cuando el Licenciado Bartolomé de la Cueva, dictó su testamento y pidió se guardase y cumpliese lo en él contenido.
Francisco Camacho, dueño de su recua, vecino de esta provincia, se obligó a pagar al Lic. Cristóbal de Pedraza, vicario de esta provincia, y beneficiado del Partido de Tlacolulan, 405 pesos de oro común, precio de nueve bestias mulares, a 45 pesos cada una, en esta manera: 135 pesos del primer tercio, para de la fecha de esta escritura en siete meses; otros 135 pesos del segundo tercio para de allí en otros siete meses, y los 135 pesos restantes para de allí en otros siete meses.
El Lic. Don Alvaro de Sámano y Quiñones, dueño del ingenio San Miguel Arcángel ( Almolonga), dio su poder cumplido a Lucas Cardeña Malpica, vecino de Jalapa, generalmente para en todos sus pleitos, causas civiles y criminales, y para que pueda cobrar cualesquier pesos de oro, joyas, esclavos y demás pertrechos y adherentes tocantes al dicho ingenio.
Alvaro de León, vecino de Naolinco, se obligó a pagar al Lic. Cristóbal de Pedraza, beneficiado de Tlacolulan, 294 pesos de oro común, precio de 7 bestias mulares cerreras, a 42 pesos cada una, en esta manera: 98 pesos del primer tercio, para fin del mes de marzo de 1632, otros 98 pesos del segundo tercio, para de allí en siete meses, y los 98 pesos restantes, para de allí en otros siete meses.
El Lic. Martín de Albistar, presbítero, residente al presente en este pueblo, vecino de la ciudad de México, dio su poder cumplido al Bachiller Nicolás de Albistar su hermano vecino de la dicha ciudad, generalmente para en todos sus pleitos causas civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar cualesquier pesos de oro, joyas, esclavos, mercaderías, derechos y acciones que le fueren debidos en esta Nueva España.
El Lic. Juan de Arias, vecino de esta provincia, dio su poder cumplido a Francisco de Castro, maestro de albañilería, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, para que en su nombre acepte la escritura de venta de ha de hacer en su favor la viuda de Juan Alemán, vecina de aquella ciudad, de unas casas de morada que la susodicha le vendió en 3 900 pesos de oro común.
El Lic. Juan Díez de la Barrera, presbítero, vecino de la ciudad de México, residente al presente en este pueblo, dio su poder cumplido a Pedro de Ledezma, para que en su nombre pueda recibir y cobrar los pesos de oro y otros bienes que le deban en este pueblo o en otra cualquier parte.
Alonso González, vecino y mercader de Jalapa, oficial [maestro] de sastre, como principal deudor, y el Lic. Don Luis de Medina, presbítero, como su fiador, en voz y en nombre del regidor Luis Pacho Mejía, y en virtud de su poder que tiene para administrar su ingenio, se obligaron a pagar al Lic. Juan Díez de la Barrera, presbítero, residente de Jalapa, 176 pesos y 5 tomines de oro común que restan de las cuentas que hoy día de la fecha remataron, para de la fecha de esta escritura en cuatro meses.
Diego Luis, vecino de la Venta de la Hoya, en esta provincia, se obligó a pagar a Pedro de Ledezma y al Lic. Don Juan Díez de la Barrera, presbítero, 188 pesos de oro común que le restó debiendo el ajustamiento de cuentas que tuvieron, para fin del mes de septiembre del presente año, juntos en una paga.