Uno de los socios de la Compañía de comercio titulada Gibert Tutsol y Grant, presentó a don Juan Manuel Revilla, vecino de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, una libranza, misma que vista por dicho Revilla protestó que no paga esta letra ni la acepta por no tener fondos del girador, pues con lo que cuenta existente es producto del vino y otras menudencias que de su cuenta y riesgo le remitió, se pagaron los fletes y derechos y otros gastos, quedando en descubierto Revilla de los demás gastos que ha satisfecho relativos a la negociación. Por lo que dicho socio señaló que protestaba todos los daños y perjuicios contra quien resulte.
LIBRANZAS
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Don Juan [Bautista] Soler, socio de la Compañía de interés titulada Feliú Soler Oriach y Compañía, ubicada en esta Villa, presentó ante el escribano una libranza donde exige un pago a don Manuel de Yruela Zamora, Capitán del Regimiento de Infantería de Milicias Provinciales de Valladolid. En cuya virtud contestó Yruela que aunque se ha cumplido el término de la libranza que tiene aceptada no puede de pronto hacer el pago por hallarse como transeúnte, por esa causa no tiene consigo el valor en efectivo; pero que si lo pagará remitiendo a su casa ubicada en el Real de Angageo, donde tiene su residencia o permitiéndole el tiempo necesario para que desde allí pueda hacerle llegar el importe, ya que no se le anticipó el aviso acostumbrado, de cuya exposición pidió el enunciado Soler le libre testimonio.
Don Juan Francisco de Noriega, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, presentó para su aceptación a don Juan Manuel de Revilla, de la misma vecindad y comercio, una libranza por 3 000 pesos, a lo cual Revilla contestó que satisface de la letra total la cantidad de 2 317 5 y una cuartilla de real que tiene en su poder, por lo tanto, mediante la presente, el otorgante protesta por el exceso contra quién más haya lugar, los daños y perjuicios que por su no aceptación se le infieran al compareciente u a otro tercero interesado.
Don Joaquín José Micon, y don Juan Manuel de Revilla, vecinos de la Nueva Veracruz, residentes en esta Villa, el primero le presentó al segundo una libranza exigiéndole su pago por haberse cumplido el término; respondiendo Revilla que no satisface su importe por no tener fondos en plata efectiva, pues don José Ramón Recaño, girador de ella libró en conceptos de tenerlos realizados, y aunque ofreció pagaría luego que fuesen vendidos los géneros, no se le han admitido; por lo que Micon expresó que protestaba contra el girador o contra quien más haya lugar todos los daños y perjuicios que por su no cumplimento se le eroguen.
Don Manuel Sarrat de esta vecindad, presentó para su aceptación a don Pablo Rafols, residente en esta villa, una libranza, misma que Rafols no acepta por los fundamentos que expondrá el girador de ella; por lo que Sarrat dijo que protesta contra quien haya lugar por los daños y perjuicios que a él o a la compañía pueda generar.
Don José Ignacio Pavón y Muñoz, de este comercio y vecindad, presentó una libranza a don José Simón de la Portilla [Cabello], Teniente de Granaderos de Milicias de las Tres Villas, exigiéndole su aceptación, cuyo tenor a la letra tiene orden de don Luis Muguiro, vecino y del comercio de la Puebla, por la cantidad de 2 300 pesos. Y al tomar conocimiento el indicado Portilla, dijo que no la acepta ni satisface por los motivos que tiene expuestos; lo que oído por el tenedor de la libranza, dijo que en tal virtud protestaba en debida forma y le pidió se le librase de ella testimonio para los usos que le convenga.
Don Feliciano José Mirón, de este comercio y vecindad, presentó a don Claudio F. Gojon, también vecino de esta villa, una libranza, exigiéndole su pago. Por lo que don Claudio F. Gojon dijo que le avisó al individuo que está haciendo estas diligencias, por medio de don Feliciano José Mirón, en el mes de enero pasado, debe por ajuste de cuentas a Haslock y compañía, la cantidad de 104 pesos 5 reales y que estaba pronto a librarsela, con tal que le garantizara de toda demanda por parte de sus acreedores y de los interesados en dicha libranza, a lo que contestó de un modo desentendiendo, el 24 del mismo mes; pero que volvió a repetir en su contestación del 30, puesto que el que habla no está obligado a pagarlas, habiéndolas dado en pago, como consta de las facturas que tiene en su poder. Por otra parte, aunque se hubiera empeñado del modo que se pretende, ha habido una morosidad tan grande en el cobro, que bien pudo dar causa a que se mal lograran, pues no ha recibido informe ninguno hasta dicho mes de enero, y salimos con que siete meses después de este tardío aviso traen un protesto que se hizo dos días después de la expiración de una de las dos libranzas, y que no tiene autenticidad ninguna. Que de consiguiente cree que de hecho y por derecho no tiene obligación de pagar dichas libranzas, y que le han de responder de la cantidad de 146 pesos que sacaron del poder de John B. Marie, comerciante de Nueva York. Por lo tanto, se reserva todos los medios legales que estén en su mano en contra de esta injusta demanda. Traducido, así mismo, el protesto referido y la otra libranza expedida por el mismo Gojon a cargo de los susodichos, por cantidad de 121 pesos y 65 centavos, fecha 12 de marzo de año próximo pasado en Nueva York, la cual a su calce consta pagada. Dijo Mirón que en la mejor forma que en derecho proceda, por la representación que en este caso tiene, protesta así contra Gojon, como contra quien mejor corresponda todos los perjuicios, atrasos, y demás que por el no pago de esta letra se le irroguen a la parte que representa.
JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINODon Juan Bautista Garaicoechea, de este comercio y vecindad, ha recibido de don José Antonio de Bárcena, don José Antonio del Valle y don Juan Francisco de Bárcena, como albaceas del finado don Juan de Bárcena, que fue de este comercio y vecindad, la cantidad de 13 000 pesos que corresponden a la esposa del otorgante, doña Manuela Bárcena, por herencia de la difunta su madre, doña María Josefa Zugadi, cuya suma ha percibido de la siguiente manera: 6 500 pesos en valor de una libranza girada por los mismos albaceas a cargo de don Martín Sánchez y Serrano, del comercio de Veracruz; y los 6 500 pesos restantes que le han entregado este día.\t
Don Miguel Badillo, vecino y del comercio de esta Villa, otorga poder especial a don Francisco Fernández Elías, vecino y del comercio de Cádiz, para que en su nombre cobre a don Alonso Antonio Bojórquez, vecino de Cádiz, la cantidad de 759 pesos, valor de una libranza que el 6 de abril de este año, libró en su contra don Joaquín Francisco y se endosó a favor del compareciente