El Bachiller don Manuel de Prado, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Doctor don Miguel de Prado y de doña Agustina Vázquez, difuntos, otorga su testamento de la manera siguiente: Manda que la cantidad de pesos que le toca de legítima paterna y materna se reparta por iguales partes entre sus hermanos. Declara tener entre sus bienes dos esclavos negros nombrados María y José, los cuales es su voluntad queden libres. Declara por sus bienes la plata labrada y demás menaje que tal cual será inventariado. Nombra como albacea testamentario al Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad de esta villa, Vicario y Juez Eclesiástico. Nombra como única y universal heredera a su alma, para que la mitad de ello se convierta en misas por su alma y la otra mitad por las almas de las personas por las que pueda ser cargo.
Zonder titelLIBERTADES
7 Archivistische beschrijving results for LIBERTADES
El Bachiller don Juan Valero de Grageda, Clérigo Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa de Córdoba, declara que tiene por esclava a Josefa Xaymes [Jaimes], mulata blanca, que compró del Sargento Mayor Rodrigo Serrano, vecino de la Nueva ciudad de Veracruz, y por la voluntad que le tiene y por otras causas que lo mueven, otorga que axorro [ahorro] y liberta a la dicha Josefa Xaymez [Jaimes] de toda esclavitud por todos los días de su vida.
Zonder titelEl Licenciado José Rodríguez de la Peña, Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Jerónimo Rodríguez de la Peña y de María Rodríguez Abello, sus padres difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser capellán, propietario y patrono de una capellanía de 4 000 pesos que fundaron por sus almas Pedro Calderón y doña María de Ratia, para que a su título se ordenase de sacerdote Jacinto Calderón, su hijo; y usando la facultad como tal patrono, nombra a Miguel de Guzmán para que después de sus días quede como capellán propietario de la capellanía. Declara que también es capellán de una capellanía de 42 pesos de renta en cada un año que fundó el capitán Juan de Vertiz, vecino de la ciudad de la Veracruz, de que le está debiendo según su libro de cuenta, manda se cobre. Ítem, declara que paran en poder del Depositario General don Baltazar Gómez de la Velilla Blanco, vecino de esta villa, 400 pesos de oro común en que paga de rédito a razón de 5 por ciento, los cuales pertenecen al alma de María de la Concepción, difunta, vecina que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, manda a sus albaceas hagan cuenta. Ítem, declara por sus bienes, el menaje de su casa, esclavos que compró del Capitán Lucas de Acosta. Declara que fue mayordomo de la fábrica espiritual de la iglesia parroquial de la ciudad de la Nueva Veracruz, manda a sus albaceas ajusten cuentas. Ítem, declara que tiene por sus bienes dos esclavos pardos, uno nombrado Juan y la otra Petrona, que están en su casa y servicio [roto] a los cuales les da libertad para que gocen de ella, con declaración de que si faltare alguna cantidad de pesos para dar entero cumplimento a las pagas y legados de este testamento, se habrán de vender dichos esclavos, con la condición de que el comprador de dichos esclavos se obligue a darles la libertad. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Manuel Gómez Dávila y a Lorenzo de Guzmán, vecinos de esta villa y por su tenedor de bienes al Capitán Manuel Gómez Dávila y en el remanente que quedare de sus bienes, al no contar con sucesores, nombra por su único y universal heredero a Miguel de Guzmán, hijo legítimo de Lorenzo de Guzmán.
Zonder titelEl Licenciado Juan Bernardo Díaz Mier, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, vecino de Jalapa, hijo y heredero del difunto don Domingo Díaz Mier, en nombre de sus hermanos coherederos, otorga libertad a un esclavo negro nombrado José Ignacio, de 47 años de edad de color negro, junto con otra esclava de nombre Antonia Teresa, de 61 años de edad, para que ya libertos puedan parecer en juicio, hacer su testamento y todo lo que puedan hacer las personas libres.
El Bachiller Juan de Matamoros, Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla, Teniente de Cura de la Doctrina de Jalapa, albacea de Diego de la Torre Arnate, dijo que entre sus bienes quedó un esclavo nombrado Santiago, mulato rubio, mediano de cuerpo, carirredondo, pelo crespo; y en razón de lo que dispuso en su testamento que quedara libre con sólo darle 100 pesos por los buenos servicios, por lo que el Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, otorga dicha cantidad por la libertad del esclavo, en cuya virtud lo declara horro y libre de toda sujeción y cautiverio.
El Bachiller Juan García de Arroyo, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de Juan García de Arroyo y de Juana de Vozmediano, vecinos que fueron de la villa de Carrión, valle de Atrisco [Atlixco], de donde es natural el otorgante y vecino de esta villa de Córdoba, hace su testamento donde declara que la legítima paterna que le tocó por fin y muerte de su padre la renunció en sus hermanas Mariana, María y Petrona García de Arroyo. Declara [tuvo en] propiedad una capellanía de misas rezadas [que fundó] Bartolomé García de Coz [Cos], su tío, [en villa de Carrión], la cual dejó en propiedad a Nicolás García, hijo de su tío y de doña Ana Larios Penchi, por haber entrado éste como religioso de la Compañía de Jesús y ser el deudo más cercano a su tío. Declara que don Felipe Ramírez de Arellano, vecino de la villa de Atrisco [Atlixco], le es deudor de 200 pesos del corrido y renta de su capellanía, que esta impuesta sobre su hacienda de labor y casas. Declara por bienes una casa y solar en esta villa de Córdoba; una negra nombrada Catalina, de sesenta años; dos mulatos nombrados Diego de la Cruz, de quince años, y Miguel, de catorce años de edad; cuarenta y ocho libros grandes y chicos de diferentes materias, entre otro bienes. Ordena que después de su fallecimiento quede en libertad su esclava Catalina, por lo bien que le ha servido y por haberlo criado. Manda se le dé medio solar que tiene en esta villa a su ahijada Melchora, hija de Juan López de Villardoy e Isabel de Rojas, vecinos de esta villa, para ayuda a su casamiento. Deja la casa de su vivienda a la Concordia de San Felipe Neri de la ciudad de los Ángeles, para que sus prepósitos y consiliarios manden decir perpetuamente por su alma e intención una misa rezada cada uno de los doce meses del año. Manda que sus esclavos Diego y Miguel sean entregados a la Concordia de San Felipe Neri, para que sirvan en su iglesia por todos los días de su vida. Nombra como albacea testamentaria al principal [roto] que fuera de la dicha Concordia de San Felipe Neri [roto].
Zonder titelEl Capitán don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto tiene por esclava cautiva, sujeta a servidumbre a Juana Josefa, mulata, que hubo y compró del Licenciado don [Pedro] Rubio de Gaviria, Clérigo Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa; y atento, a que tiene recibidos de la susodicha 350 pesos en reales por mano del Capitán don Juan Vidal Saavedra, vecino de la Nueva Veracruz, otorga por la presente “que desde ahora y para siempre liberto a Juana Josefa del cautiverio y servidumbre que estaba sujeta”.
Zonder titel