El Capitán José Antonio de la Pedreguera, vecino del pueblo de Jalapa, declara que por remate de los bienes de don Antonio Primo de Rivera, difunto, y de José Antonio de Acosta, su suegro, debe y se obliga a reconocer la cantidad de 20, 000 pesos de censo redimible, los cuales están situados en la finca llamada El Molino de Primo con su tenería de ladrillera y para cumplir con esta obligación, hipoteca 2 casas de su propiedad.
LADRILLERAS
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MX UV.USBIX ANX-P-0048-PX_0048_0187
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07/10/1779
Part of Archivo Notarial de Xalapa
MX UV.USBIX ANX-P-0044-PX_0044_0141
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05/11/1773
Part of Archivo Notarial de Xalapa
El Capitán don Antonio Primo de Rivera, vecino de este pueblo de Jalapa, Administrador de las Rentas Reales de esta jurisdicción, se obliga a pagar a don Pedro Verdes Montenegro, vecino de España y residente en este pueblo, la cantidad de 2, 908 pesos 3 y medio reales, por concepto de varios efectos de Castilla, para asegurar la deuda hipoteca una finca en términos de este pueblo, la que se compone de un molino de moler pan, una tenería y una ladrillera.