JILOTEPEC, PUEBLO DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0012 · Item · 1822/03/01
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Teresa Díaz, vecina del paraje nombrado la Vanderilla [Banderilla], mujer y conjunta persona de don Cosme de Lavalle, con licencia de su marido; otorga en arrendamiento en favor de don Idelfonso de la Maza y Castillo, de este comercio y vecindad, la casa de su habitación y pertenencia suya y de sus hijos, que su primer marido don Santos Muela fabricó en el indicado paraje, en terreno propio del pueblo de Xilotepec [Jilotepec]; con todas sus habitaciones, trojes, oficinas, terrenos y demás uso y costumbres que le es anexo. El arrendamiento es por cinco años, en el precio de 14 pesos mensuales, con anticipo y abono de 168 pesos que importa la renta del primer año. Por otra parte, la otorgante ha de abonarle a Castillo con los mismos arrendamientos las mejoras muy necesarias que miren a contener el deterioro y seguridad de la finca, que se hagan con conocimiento de la otorgante y no las de comodidad del inquilino, siendo del cargo de aquella la satisfacción de la renta anual para el terreno en que está ubicada la finca.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0112 · Item · 1826/09/20
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Julián de Tellaeche, de este comercio y vecindad, otorga en arrendamiento en favor de don Manuel de Santa María, labrador, vecino de esta jurisdicción, el trapiche de la Concepción, ubicado en doctrina del pueblo de Jilotepec de este cantón, con todo lo que le pertenece, bajo los términos y condiciones siguientes, que este arrendamiento es por el espacio de seis años, que se cuenta a partir del día primero del corriente mes, por haberlo tenido ya arrendado el mismo los tres últimos años. Dicho arrendamiento lo hace por la cantidad de 1 400 pesos. Por su parte, le ha de abonar por las mejoras y aumentos que haga en los campos de caña, en macheros o caballerías y le pagará también el astillero o maderas de refacción que tenga acopiadas, todo con ajuste de peritos nombrados por ambas partes; así como, le ha de abonar las deudas y anticipaciones hechas a los sirvientes constantes en la finca, estando estos conformes con sus cuentas.

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