JILOTEPEC, PUEBLO DE

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0084 · Item · 1829/07/21
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Dolores Domínguez, viuda de don José Miguel Mirón, vecina en la población de San Miguel del Soldado, municipalidad Xilotepeque [Jilotepec] en el distrito de este cantón, de la cual da conocimiento con don Bernardo Sayago; dijo que su difunto marido tuvo comercios de mulada y caballada con don Diego Rul, hacendado en tierra dentro, quién igualmente falleció y, habiendo recibido el marido de la comparente las últimas partidas de ganado en 12 y 20 de febrero de 1809, según parece firmado en los dos recibos por Mirón y que se han presentado por parte de la Casa de Rul; que por los mencionados recibos se ve haber sido 166 cabezas mulares las que entraron en poder de Mirón, con un importe de 3 399 pesos a razón de 26 y medio pesos por cada cabeza, según el contrato que tenían hecho, sin incluirse utilidades, no obstante que el pacto que habían hecho era de que éstas serían divisibles entre Rul y Mirón, así como las pérdidas. Y que en descuento de esa suma se abonó una partida de 1 000 pesos y otra de 600 pesos, quedando reducida la deuda a 2 799 pesos, pero por los trastornos habido en los giros a virtud de los continuos contrastes políticos que desde aquella época se suscitaron, no pudo José Miguel Mirón saldar; y que reclamándose actualmente el saldo por doña María Ignacia Obregón de Rul, viuda de Rul, si halla sin numerarios la compareciente para hacer ese pago. Por cuya razón entró en conferencias con el citado don Bernardo Sayago a virtud del poder que sustituido a éste por don Francisco Badillo otorgó la señora Obregón de Rul en la ciudad de Aguascalientes; siendo el resultado de esas conferencias haberse transado bajo las capitulaciones siguientes: 1.ª Que los 2 799 pesos del adeudo quedan reducidos a 2 000 pesos. 2.ª Que los 2 000 pesos los ha de pagar la viuda de Mirón en el plazo de cuatro meses, contados de la fecha en adelante, a cuyo fin ha de proporcionar la venta de una casa que quedó por bienes de este finado, ubicada en el paraje de San Miguel del Soldado o ya agenciando el dinero por cualquier otro arbitrio que se le presente. 3.ª Que, si llega a verificar la venta de la casa para este pago dentro de dichos cuatro meses, no podrá doña María Dolores llevarla a efecto sin la intervención del apoderado referido. 4.ª Que, si cumplidos los cuatro meses no ha logrado la venta extrajudicial de la casa, ni conseguido reales para el pago, se ha de proceder al pregón y demás trámites hasta efectuar su enajenación para cubrir la suma. 5.ª Que se formalice la escritura para la firmeza de lo mencionado y con especial hipoteca de la casa que se menciona. Por tanto, la nominada doña María Dolores Domínguez, otorga que ratifica los tratados contenidos y se obliga de pagar los 2 000 pesos a don Bernardo Sayago, como apoderado de la viuda de don Diego Rul, dentro del término de cuatro meses. Y para mayor seguridad, hipoteca la relacionada casa, que sólo tiene el reconocimiento que se paga por el sitio en que está fabricada, el cual pertenece a los naturales de aquella población, cuya ubicación es a orillas del Camino Nacional que va de esta villa para México, lindando con la misma Calzada al poniente; por el sur con solar que posee José María Méndez; por el oriente con solar de un José María y por el norte con casa y solar de doña Ana Guevara; la cual se obliga a no vender ni acensuarla sino es para el pago del crédito. Y estando presente don Bernardo Sayago otorga que acepta dicha escritura en nombre de doña María Ignacia Obregón.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0052 · Item · 1827/02/28
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Magdalena Farfán de los Godos, vecina del paraje nombrado la Banderilla, en la doctrina del pueblo de Jilotepec, de este cantón, mujer legítima de don Pedro Elías Bean, ausente en Nacogdoches, tierra muy adentro de esta Federación, de quien tiene licencia, otorga que ha recibido de don Luis García Teruel, dueño de la hacienda de Lucas Martín, la cantidad de 600 pesos que por hacerle beneficio y buena obra, le ha suministrado en reales en efectivo, los que por ser en su poder le ha otorgado recibo en forma, los cuales se obliga entregar en tiempo de dos años con su permitido premio de 5 por ciento; para asegurar el paso de la deuda hipoteca la casa de su habitación, ubicada en el paraje nombrado la Banderilla, que es de paredes cubierta de madera y teja, sobre terrenos que pertenecen al pueblo de Jilotepec, la que le ha sido adjudicada y transferido su dominio por sus dos hermanos, sus coherederos, y es la que edificaron sus padres don Pedro Farfán de los Godos y doña María Desideria de Nava, difuntos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0097 · Item · 1827/06/21
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano José Pánfilo Lara, vecino del paraje nombrado la Banderilla, de este cantón, otorga que es deudor al ciudadano don Bernardo Sayago, de cantidad de 859 pesos uno y tres octavos reales, importe de efectos que ha vendido, y de cuya suma por estar en su poder le otorga de ella recibo; y la que se obliga a pagar en abonos parciales de 100 pesos en cada un mes; para seguridad de la deuda, hipoteca dos casas que tiene y posee en el citado paraje de Banderilla, en terreno que pertenece al pueblo de Jilotepec.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0137 · Item · 1834/10/01
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El ciudadano José Pánfilo Lara, vecino de la Banderilla, dijo que de resultas de diversas cuentas y contratos que tuvo con el finado don Marcelino Pensado, le está debiendo la cantidad de 559 pesos 3 y una cuartilla reales, y no teniendo proporción para verificar el pago al contado ha convenido con don Luis García Teruel, tutor y curador ad bona de los menores hijos de dicho finado, en ir haciendo abonos de 100 pesos en cada un año contándose desde esta fecha en adelante con hipoteca de su casa situada en Banderilla y una troje contigua. Y reduciéndolo a efecto, el nominado ciudadano José Pánfilo Lara confesando ser deudor a la testamentaría de Marcelino Pensado otorga que se obliga a satisfacer esa suma abonando 100 pesos en cada un año de los que corren desde esta fecha en adelante y para seguridad del pago hipoteca la casa de su habitación que es de cal y canto, con cubierta de madera y teja, con la huerta que es anexa, ubicada en la repetida población de Banderilla en tierras pertenecientes al pueblo de Jilotepec, en el paraje de la entrada al camino que va para el expresado pueblo, con el cual camino linda la casa por el sur, así como por poniente linde con la calzada del camino Nacional que guía a lo interior de la República, y por oriente y norte con tierras del repetido pueblo; y una troje de madera y teja situada a muy corta distancia de la casa habitación.

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