Don José Mariano Muñiz de Cámara, natural de la jurisdicción de la Antigua, doctrina de Actopan, y vecino en el rancho el Zetal de la misma jurisdicción y doctrina, hijo legítimo de don Sebastián Muñiz de Cámara y de doña Justa Margarita Barradas, vivos, otorga su testamento donde nombra como albaceas testamentarias y fideicomisarias a su esposa doña Antonia Palmeros, al padre del otorgante don Sebastián, y a su hermano don José Luis Palmeros. Nombra a su esposa tutora de sus tres hijas menores de edad, y como herederas universales a dichas sus tres hijas. Tiene entre sus bienes un rancho que compró en 461 pesos, un trapiche bueno con 4 fondos, una resfriadera, 7 mulas, 5 machos, 2 yuntas de bueyes, 6 caballos, 6 yeguas y 10 vacas, más una casa que fabricó en el dicho rancho.
JALAPA, PUEBLO DE
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El Licenciado José María Lebrija y Abellan, residente en la Villa de Xalapa, por sí y como apoderado de su madre doña Feliciana de Abellan y encargado de la administración de la Casa de Provisión de Bizcocho de Veracruz, otorga poder especial a don Felipe Díaz, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en nombre del otorgante y de su madre, administre y gobierne dicha Casa de Provisión de Bizcocho, comprando y vendiendo, sacando de cajas reales, el dinero que necesitare para su habilitación.
Don Juan Esteban de Elías y don Francisco Javier Sáenz de Santa María, del Comercio de España y vecinos de la Villa de Xalapa, otorgan que se obligan como fiadores de don Joaquín Freiría y Sotomayor, Provisto Regidor Depositario General de esta Villa, por la cantidad 4, 000 mil pesos cada uno, para caucionar los intereses que se le depositen durante su oficio.
Don Juan Esteban de Elías y don Francisco Javier Sáenz de Santa María, del Comercio de España y residentes en la Villa de Xalapa, el primero como principal y el segundo como fiador, otorgan poder especial a don Francisco Manuel Monterrubio, vecino de la ciudad de Antequera Valle de Oaxaca, para que saque de su cofre, la cantidad de 3, 200 pesos, pertenecientes a la capellanía de Marcos Antonio Rodríguez Castañares, comprometiendo así a los dependientes como poseedores y deudores de la citada cantidad.
Los dueños de las haciendas e ingenios de azúcares nombrados Pacho, la Orduña, Tuzamapa, Lencero y San Miguel Almolonga, don José Miguel de Iriarte y Lezeta, el Capitán José Arias y Torija don Francisco Javier Gorospe Irala y Padilla, don José Antonio de la Madrid y Lobiano, compañero de don Baltazar Ruiz Fernández, y don Lino Carasa Jiménez, todos vecinos de esta jurisdicción, otorgan poder especial al Licenciado José Suárez de la Cueva, Abogado de la Real Audiencia de la Nueva España y vecino de México, para que en nombre de los referidos se presente en la Corte de México en prosecución de la instancia que tienen promovida ante el cabildo de esta Villa, con cuantas cláusulas y facultades necesite para que haga todo lo necesario a favor de sus dependientes.
Anna Gertrudis y María Rita Soler, hermanas de estado doncellas mayores de 25 años, otorgan que han recibido de don Juan Esteban de Elías, de este comercio y vecindad, 250 pesos en depósito irregular, los cuales se obligan a regresar dentro de tres años contribuyendo en cada uno con 12 pesos, y como seguro pago de la deuda hipotecan la casa de su morada ubicada en la calle Real y del otro lado casa baja de don Lino Caraza Jiménez, por el costado del oriente hace esquina con un callejón que de dicha calle Real va del puente de Lagos, por su fondo al norte con la casa del Doctor José Francisco Suárez de Torquemada y al poniente con casa y solar de la viuda de don Francisco del Día.
Don Juan de los Santos Losa, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, Maestro Mayor de Carpintero, por vía de codicilio manda que si la muerte le acaeciera en este pueblo, su cuerpo sea amortajado con hábito y cuerda de Nuestro Padre San Francisco y sea sepultado en la capilla de la Preciosa Sangre de Cristo de esta antigua parroquia, para cuyos gastos, suplica a don Antonio Sáenz de Santa María suministrarle los reales necesarios, de lo que dará cuenta su albacea don Pedro de Cos.
Don Carlos Díaz y Herrero, vecino y del comercio de Jalapa, dijo que su difunto hermano don Francisco Antonio Díaz y Herrero, falleció haciendo viaje a España, y bajo la disposición de un poder para testar conferido al otorgante y a su hermano don Sebastián Díaz y Herrero, por lo que otorga poder de albaceazgo a su hermano don Sebastián Díaz y Herrero y le substituye al mismo el que el difunto le confirió para testar, para que proceda al otorgamiento del testamento que le dejó comunicado.
Parecieron en forma de cabildo el Ayuntamiento de naturales de Jalapa don Juan Santiago Sánchez, Gobernador, don Teodoro Francisco, don Francisco Javier y don Basilio Antonio, Alcaldes, y dijeron que sus antepasados arrendaron a Mariano Santa María un pedazo de tierra frente al Camino Real, en el cual fabricó una casa que cedió en pago de una deuda a don Francisco Saguato, quien para poderla vender, propone al gobierno de este pueblo le otorguen un seguro, por lo que el mencionado Gobernador y Cabildo otorgan que se obligan y los obligan a que no inquietarán ni perturbarán al dueño de dicha casa, con la condición de que reconozcan al Gobernador 4 pesos anuales perpetuamente.
Don Juan Bocelo, vecino y del comercio de Jalapa, apoderado de don Francisco Saguato, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, otorga que vende a don Jerónimo Rebolledo, vecino del pueblo de Coatepec, una casa de paredes techada de madera y tejas de 36 varas de fondo y 26 de frente ubicada en el Camino Real que va para la Veracruz, que perteneció al común de naturales de este pueblo, cuyo gobernador de naturales aseguró de que no inquietarán. La venta se hace en 290 pesos de oro común.