Don José de Ceballos y Burgos, residente en su ingenio nombrado Nuestra Señora de la Concepción, jurisdicción de Jalapa, dijo que por cuanto el Señor Conde de Salvatierra, Virrey de esta Nueva España se sirvió proveer al Capitán Antonio Mancilla, regidor de la ciudad de México por Alcalde Mayor de esta provincia, y una de sus funciones será cobrar los tributos de su Majestad; atento a lo cual, dio su poder cumplido al Capitán Antonio de Mancilla para que lo pueda obligar como su fiador hasta en la cantidad de 2 000 pesos de oro común.
JALAPA, JURISDICCIÓN DE
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Don Antonio de Orduña Loyando, residente en su ingenio nombrado San Pedro Buenavista, jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a Miguel de Troya, vecino de esta provincia, para que lo pueda obligar en favor de la persona o personas que hallare y le quieran dar hasta en cantidad de 8 000 pesos en reales, mercaderías, plata, oro, joyas y otros géneros, obligándolo a la paga correspondiente.
Sebastián de Acosta y Ana Gómez, vecinos de Naolingo, jurisdicción de Jalapa, se obligaron a pagar al Lic. Don Gerónimo Godínez Maldonado, presbítero, beneficiado de este partido, 250 pesos de oro común, por razón de otros tantos que les prestó en reales de contado, para de la fecha de esta carta en ocho meses, con las costas de la cobranza.
El Capitán Don Diego de Orduña Loyando, y su hijo Don Antonio de Orduña Loyando, residente en este ingenio, jurisdicción de Jalapa, dieron su poder cumplido a Doña Ana de Guadalajara y Castillo, mujer legítima de Don Diego, madre de Don Antonio, para que en sus nombres y a su dita y crédito tome de la persona o personas que le quieran dar hasta en la cantidad de 4 000 pesos de oro común en plata,oro, joyas u otro cualquier género, y si le pareciere, se obligue de mancomún a la paga de la referida cantidad: o si hallare alguna persona que los quiera dar a censo redimible, a razón de 5 por ciento, conforme a la última premática de Su Majestad, y los sitúe sobre la estancia de Espanta Judíos, en la jurisdicción de La Antigua, y unas casas en la ciudad de Los Ángeles, libres de censos y otra enajenación.
El Capitán Don José Ceballos y Burgos, dueño de ingenio de hacer azúcar, vecino de la jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido al Doctor Don José de Goitia, su tío, Racionero de la Santa Iglesia Catedral de la Puebla de los Angeles, y al Padre predicador Fray Isidro de Ceballos, su hermano, religioso de la Orden de Santo Domingo en el convento de la dicha ciudad, para que en su nombre compren y saquen en el almoneda que se acostumbra, el diezmo de ganados, semillas y otros géneros diezmales que pertenecen a la cordillera [pueblo] de Misantla, y otras que le pareciere, por los años que les tiene comunicados, y hagan las posturas necesarias y lo obliguen a la paga en los precios en que lo sacaren.
Juan de Cabrera, en nombre y con poder de Roque Gutiérrez de Ceballos, arrendó a Juan Rodríguez de Espinosa, un molino de pan moler que tiene donde llaman El Arroyo Frío, jurisdicción de Jalapa, por el tiempo de cuatro años y al precio de 500 pesos de oro común anuales.
Antonio González Galafate, vecino de esta jurisdicción, se concertó con Alonso de Vergara para servirle en su pesquería durante cinco meses, a razón de doce pesos de oro común mensuales; y a cuenta de su trabajo recibió 55 pesos adelantados.
Don Antonio de Orduña Loyando, vecino de esta jurisdicción, dio su poder cumplido a Francisco de Orduña Castillo, su mayordomo, para que en su nombre cobre las cantidades de pesos que le deban y otorgue las cartas de pago respectivas.
Marcos de Illescas Tinoco, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de [roto] jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, uno de los hijos y herederos del difunto Tomás de Illescas Tinoco y nieto de Diego Méndez, su abuelo materno, de quien hubo y heredó diferentes tierras en la jurisdicción de la provincia de Xalapa [Jalapa]. Como tal poseedor, otorga poder general a Tomás Méndez, su primo, vecino del pueblo de Astotonga [Altotonga] de la jurisdicción de Xalapa [Jalapa], para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Señor Licenciado don Félix Suárez de Figueroa, del Consejo de Su Majestad, su Oidor de la Real Audiencia de esta Nueva España, Juez Privativo de cobranzas de débitos fiscales, condenaciones, multas, proveídos, composiciones de tierras, aguas, baldíos, indulto de ellas y demás segregado del Real Patrimonio de este reino, para que haga presentación de la merced o mercedes, títulos y demás instrumentos que pertenezcan a dichas sus tierras y pida a su señoría se sirva declararle haber cumplido con lo mandado por su edicto convocatorio y darle por libre de cualquier cargo, indulto y composición por tener merced de dichas tierras y declarando no tener ninguna sobra ni demasías, porque solo posee las tierras.
Sem títuloJosé Ceballos de Burgos, dueño de ingenio de hacer azúcar, ubicado en la jurisdicción de Jalapa, dio su poder cumplido a Juan Ravelo, vecino de esta provincia, que está presente, generalmente para en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, y para que pueda recibir y cobrar cualesquier maravedís, pesos de oro, plata, joyas, esclavos, mercaderías y otros bienes que le debieren por obligaciones, conocimientos, traspasos, cuentas de libros, o en otra manera en esta Nueva España; especialmente, para que en su nombre lo pueda obligar con cualesquier persona hasta en la cantidad de diez mil pesos de oro común.