Cipriano de Arriaga, vecino de la jurisdicción de Jalapa, dijo que él quedó como único heredero de Francisca de Orduña Castillo, su madre, quien en vida le comunicó que había vendido unos solares por los que no entregó escritura, por lo que en su nombre las otorga, que son las siguientes: a Cristóbal Martín, vecino de este pueblo, un solar de 17 varas de frente y 102 de fondo, por él se ensancha y remata en 84 varas, linda al frente con la Calle Real que de la Plaza Pública va a la tenería y al fondo con el arroyo, en 18 pesos de oro común; a Andrés de Bustillos otro solar de 28 varas de frente y 50 de fondo, linda al frente con la Calle Real, al fondo con solar del comprador, al poniente con solar de José Luis y al oriente con el de Lucas de Alarcón. Otro que le vendió a Juan de Irala con 50 varas en cuadro, linda al frente con solar de Miguel de Mafara, al poniente con el de José Luis, y al oriente con el de Cristóbal Martín, en 25 pesos de oro común.
JALAPA, JURISDICCIÓN DE
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El Licenciado Jacinto Zapata Mogollón, Presbítero domiciliario del Obispado de la Puebla, otorga que ha recibido de don José Pérez de Arellano, vecino de la jurisdicción de Jalapa, 290 pesos de oro común en reales de contado, que tiene en su poder, por cuya cantidad otorgó depósito en forma en favor de los menores hijos de Gervasio López y de doña Antonia de Torres, obligándose a tenerlos en depósito y fiel custodia durante el tiempo que no les entregue dicha cantidad.
El Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, de la Orden de Santiago, don Francisco García de Mendoza, los Capitanes Luis González de Lucena, don Bartolomé de Castro, don José Robledano de Cardeña, los Alféreces Juan de Morales y Juan José Rincón, Luis Fernández de Ulloa, Pascual de Castro, Diego de Castro, Cipriano Sancho y Lucas Francisco de Ayala, todos vecinos de la jurisdicción de Jalapa, otorgan poder especial a don Lorenzo de Richarte y a don Antonio Chavero Santa Cruz, residentes en la Ciudad de México, para que en sus nombres, de los demás vecinos y comerciantes de la jurisdicción de Jalapa y Jalacingo su agregada, por quienes prestan voz y caución, para que cualquiera de los dos parezca en la Real Almoneda que se celebrará en la Ciudad de México en el remate de las alcabalas de esta jurisdicción y de su agregada a hacer las posturas que por bien tuvieren bajo las condiciones, circunstancias y calidades que asienten.
Doña Catalina Lagunes, viuda vecina de la jurisdicción de Jalapa, vende a Ana de Arcos, mujer legítima del Alférez Juan de Morales, vecino del pueblo de Jalapa, una negrita esclava nombrada Manuela de 16 años más o menos que heredó por sustitución pupilar de Eugenia e Ildefonsa, en virtud de testamento que otorgó el Licenciado Francisco Lagunes, su hermano en la ciudad de los Ángeles el 16 de mayo de 1710, cuya esclava se encuentra libre de empeño, hipoteca y enajenación, en 280 pesos de oro común, cantidad que se da por entregada.
Francisco de Aguirre, vecino del pueblo de Jalapa, albacea y tenedor de bienes de Francisco de Araciel, su padrastro, nombrado por poder para testar, dijo que entre sus bienes quedó un solar de 89 varas de frente y 55 de fondo con el gravamen de 400 pesos de principal, censo que reconocía a favor del Convento del Señor San Francisco, pagándole 20 pesos de réditos en cada año, en cuyo solar esta fabricando una casa, del cual vende un pedazo a Juan Bautista de Arroyta, Escribano Público de la jurisdicción de Jalapa, que tiene de frente 29 varas y media y de fondo 50, linda por el frente con el cementerio del Convento, al fondo con el mismo solar, al poniente con casa y solar de los herederos de Ana González de Astudillo. La venta se hace en 177 pesos 6 tomines de oro común, 77 pesos y 6 tomines se los han pagado de contado y los 100 restantes quedan cargados a censo redimible.
El Capitán de Guerra José Camino y Velasco, Alcalde Mayor de la jurisdicción de Jalapa, otorga poder especial a don Javier Esteban Hugo de Omerique, y por su ausencia u otro impedimento a don Lucas Serafín Chacón, residentes en la Ciudad de México, para que en su nombre pidan, reciban y cobren del Doctor Miguel Ventura Gallo de Pardiñas, Presbítero prebendado de la Santa Iglesia de la Ciudad de México o de don Miguel González del Camino, como su fiador, 1, 600 pesos escudos de plata antigua por otros tantos que el Doctor recibió en la Ciudad de Cádiz y se obligó con el fiador a pagárselos en este Reino, como aparece por escritura de 13 de abril de este año.
Doña Catalina Lagunes, viuda vecina de la jurisdicción de Jalapa, vende a Marcos de Acosta, de la misma vecindad, una negrita criolla esclava nombrada María Feliciana, de 15 años más o menos, que heredó por sustitución pupilar de Eugenia Ildefonsa, en virtud del testamento que otorgó el Licenciado Francisco Lagunes, su hermano, el 16 de mayo de 1716 en la ciudad de los Ángeles, cuya esclava se encuentra libre de empeño, hipoteca y enajenación, en 300 pesos de oro común.
Don Miguel de la Barrera, podatario de Doña Eugenia Francisca de Amilibia Guraya y Lezama, administradora de la persona y bienes de su hija Doña Josefa Petronila de la Higuera Matamoros, vende a Francisco Hernández, vecino de esta jurisdicción, 104 vacas de año para arriba, a 4 pesos y 6 reales cabeza que suman 489 pesos 2 reales ; de los cuales, ha recibido 178 pesos, y el resto, a ciertos plazos.
Don Juan Bravo de Alarcón, vecino de la jurisdicción de Jalapa, salió por fiador de Diego León Bello, preso en la cárcel pública de este pueblo, por un adeudo de 65 pesos de oro común, de los réditos de un censo de 2000 pesos de principal cargados sobre un molino de pan moler, ubicado en el paraje de Sedeño, en favor del Monasterio de San Francisco de Jalapa, y se obligó a pagar los 65 pesos en un plazo de mes y medio.
Don Jacinto Ruiz de la Mota, vecino y labrador en la jurisdicción de San Juan de los Llanos, otorga en arrendamiento a Salvador de Guevara, de esa misma vecindad, la mitad de todas las tierras de la hacienda de labor nombrada San Nicolás Tetipanapa, ubicadas en la misma jurisdicción bajo los linderos que constan en sus títulos, por tiempo de 9 años que han de correr del 1 de enero del próximo año, en 300 pesos de oro común en cada año que ha de pagar a Juan de Lezama, su sobrino, vecino de la jurisdicción de Jalapa, en cuenta y pago de 1, 500 pesos que le debe y se obligó a pagarle con sus réditos correspondientes, bajo las condiciones que se suscriben.