Don Alonso Bonilla, español y vecino del pueblo de Teocelo, se obliga a pagar los diezmos caseros que pagan los españoles, indios y demás feligreses del partido y Curato de Ixhuacán de los Reyes, por el tiempo de 3 años, mismos que compró en la iglesia catedral de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, pagaderos por el tiempo de 3 años, en la cantidad de 245 pesos en cada año.
IXHUACÁN DE LOS REYES, CURATO DE
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José Antonio de Neira Claver, como principal, el Capitán Fernando Bazán de Otero como fiador, vecinos de la jurisdicción de Jalapa, de mancomún, deben y se obligan a pagar a la Santa Iglesia Catedral de la Ciudad de los Ángeles y en su nombre a los señores comisarios de la Masa General 3 640 pesos de oro común, mismos que importan los diezmos que a José Antonio se le vendieron del Curato de Ixhuacán de los Reyes, de los años 1714 hasta 1720, así también los de Naolinco, Tlacolulan y el ingenio que fue del Licenciado Miguel Pérez de Medina, que pagarán en los plazos en la forma que se expresa.
Simón de Liana y Gaspar Melchor, vecinos de Ixhuacán, el primero como principal y el segundo como su fiador, se obligaron a pagar al Lic. Don Juan de Escobar, cura beneficiado de Ixhuacán, 300 pesos de oro común, por otros tantos que al principal le prestó en reales, para de hoy día de la fecha en 6 meses, a razón de 100 pesos cada dos meses.