Bando del Virrey de Nueva España, don Lope Díez de Armendáriz, Marqués de Cadereyta, en el que se ordena que si en algún partido o jurisdicción se encuentran habitando franceses, se proceda al embargo de todos sus bienes, muebles, raíces, semovientes haciendas y papeles, los cuales pondrán en depósito seguro, asimismo se ordena el embargo de papeles de cualquier encomendero que tuviere correspondencia de encomienda u otros tratos con dichos franceses, en respuesta a las hostilidades y embargos que éstos han hecho contra los vasallos de Su Majestad en Flandes e Italia. El dinero, plata, oro y géneros que con facilidad de vendan, se remitan a la Real Caja, para después enviarlo todo a Su Majestad en la primera flota que se dirija a España, partiendo de San Juan de Ulúa a fines de marzo de 1636. Así mismo contiene instrucción dirigida a los alcaldes mayores, corregidores y justicias de Nueva España para la ejecución de su bando. Contiene el embargo de 38 cargas de harina propiedad del francés Juan Chico de Gofre, vecino de Tehuacán, y pleito entre éste y Juan Hernández, vecino de Orizaba y arrendatario de molino, por una deuda de 44 pesos de resto de mayor cuantía correspondiente a unas botijas de vino que le vendió el francés.
ITALIA
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Juan Bautista Raba, originario de Nazia de Piamonte en Italia, hijo legítimo de Bertume Raba y de María Pisana, hallándose enfermo, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara ser de estado soltero y sin sucesión alguna. Declara que sus bienes consisten en los intereses que tiene en Veracruz y en lo que le deben varios sujetos de aquella plaza, de esta villa y de otros puntos. Declara que a su criado José María Molina le está debiendo su salario y ordene se le pague, e igualmente se le satisfaga al facultativo doctor don José María Pérez el importe de las visitas que le ha estado haciendo en su enfermedad. Ordena que de sus bienes se le den 100 pesos al nominado su criado José María Molina. Ordena a su albacea procure saber si aún viven sus padres, en cuyo caso instituye a ellos como sus universales herederos, pero en el caso en que hayan fallecido, nombra a su alma como su heredera universal invirtiéndola en misas. Nombra albacea a don Alejandro Troncoso, vecino de Veracruz.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANO NACIONAL E INTERINO PÚBLICODon Andrés Semeria, originario del obispado de Albenga en Italia, hijo legítimo de don Antonio Semeria y de doña María Catalina Andrey, difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara fue casado en primeras nupcias con doña Manuela Ortiz de Zárate, con quien procreó un hijo nombrado Pedro [Semeria], que murió ya grande sin dejar sucesión. Declara que pasó a segundas nupcias con doña María Lugarda Gutiérrez, en cuyo matrimonio no han tenido hijos. Declara por bienes la casa de su morada, la cual reconoce 300 pesos a favor de la cofradía del Santísimo de esta parroquia; los muebles que existen y unas frioleras de muy poca monta en el vendaje. Nombra heredera a doña María Estanislao Toral, de veintinueve años, hija de su actual esposa y de su difunto marido. Nombra albacea a don Ramón Lozada, de esta vecindad.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Juan Bautista Guido, natural de los reinos de Italia, hijo legítimo de don Juan Bautista Guido y doña María Antonia de la Encarnación Guido, difuntos, otorga su testamento donde declara estar casado con doña Felipa Josefa Guido, con quien procreó a don Ambrosio José, de 33 años de edad; a don Vicente Felipe Andrés, de 28 años; a doña Rosa María, de 26 años; a don Juan José, de 25 años; a don José María, de 20 años; y a don Ildefonso José Guido de Guido, de 16 años. Declara por bienes una casa, con dos casas chicas contiguas, ubicadas en una de las esquinas de la Calle del Ganado. Nombra como albaceas a su esposa y a don Manuel Allen, de este comercio y vecindad, y como universales herederos a sus seis hijos.
Cristóbal Bares, natural del puerto de Longune en Italia, hijo legítimo de los difuntos Joaquín Bares y Teresa Verde, realiza testamento, en el cual nombra como albacea al Licenciado Luis Antonio de Fuentes y como heredera a su alma.
Juan Bautista Odo, natural de Italia, hijo de Bernardo Odo y de Antonia Bernarda Odo, estando enfermo en cama en su entero juicio otorga su testamento, donde hace las mandas acostumbradas. Debe a Nicolás Ferrer, residente en Cádiz 46 pesos 4 reales; a Antonio de Acame, residente en Cádiz 50 pesos. Tiene entre sus bienes 264 pesos en poder de Juan Ferrer; en poder de Juan Bautista tienen 96 pesos de mercaderías. Nombra como albacea a Juan Bautista Alberto y como herederos nombra a sus padres.
Don Felipe Parriani, natural de la ciudad de Navarra en Italia, hijo de don Juan Bautista Parriani y de doña Catarina Bechia, difuntos, estando enfermo en esta Villa de Xalapa otorga su testamento donde declara ha permanecido en estado célibe y que no ha tenido ni tiene hijo alguno y que desde sus primeros años ha estado al lado de don José García Dávila, Gobernador e Intendente actual de la Ciudad de la Nueva Veracruz, por cuya razón no tiene más bienes ni capital, más que el que dicho señor quiera asignarle. Nombra como albacea a don Miguel de Lizardi, vecino y del comercio de la Veracruz. Nombra como su único heredero a dicho García Dávila.
Don Pedro Olivieri, Presbítero, natural del pueblo de Sari, bautizado en la iglesia parroquial de San Martín del Obispado de Sagona en la Isla de Córcega adyacente a Italia, residente en Jalapa de la Nueva España, otorga poder especial a don Manuel de la Viña, vecino de Madrid, y a los Señores Directores de la Casa de los 5 Gremios de la Ciudad de Cádiz, para que impongan a su favor y por su vida en el fondo vitalicio establecido por Su Majestad en 30 de Mayo de 1779 a cargo de la dirección de los 5 Gremios Mayores de Madrid o en el nuevamente abierto por su Majestad en la próxima guerra pasada o en cualquier otro fondo vitalicio extranjero, la cantidad o cantidades de reales de vellón que les insinuare en sus cartas misivas hasta llegar a la de 58, 000 reales de la misma moneda.