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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0069 · Pièce · 1709/06/06
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, otorga debe y se obliga a pagar a Manuela de Briones, niña doncella huérfana, que en la fiesta de la Santísima Trinidad, el domingo 26 de mayo pasado, salió ganadora de la rifa en que se sortearon 300 pesos de oro común en reales, los mismos que por hacerle bien y buena obra le ha otorgado el Señor Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico de esta villa, y Comisario del Santo Tribunal de la Cruzada. Cuya cantidad se da por entregado, obligándose a tener en depósito como dote de la dicha Manuela de Briones para cuando tome estado, y en el ínterin le acudirá con sus réditos a razón de 5 por ciento cada año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0015 · Pièce · 1705/01/16
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Juan Jiménez, Escribano de Su Majestad, vecino de esta villa de Córdoba, natural de la Nueva ciudad de la Veracruz, hijo legítimo de Andrés Jiménez y de doña Antonia de Barrios, difuntos, dijo que por cuanto los descargos de su conciencia los tiene comunicados con el Capitán Antonio Sebastián Pérez Padrón, vecino de esta villa, y con doña Petrona Cortés, residente en el pueblo de Orizaba, por tanto, en aquella vía y forma otorga que da su poder a ambos para que hagan su testamento. Declara que su cuerpo sea amortajado con el hábito de San Francisco y sepultado en la iglesia parroquial de esta villa al pie de la pila principal de agua bendita. Nombra como albaceas testamentarios a los citados Antonio Sebastián Pérez Padrón y Petrona Cortés y como única tenedora a Petrona Cortés. Por último, nombra como universales herederos a doña Petrona Cortés y a Agustín Jiménez Cortés, niño huérfano, su ahijado que a la fecha tiene cuatro años y se halla criando en la casa de dicha Petra, y como es menor de edad, nombra a Petrona Cortés como su tutora.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0163 · Pièce · 1712/12/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Tomás López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, natural de ella, hijo legítimo del Capitán don Tomás López de Sagade y de doña María de Brito Lomelín, difuntos; y doña Juana de Ojeda, su mujer legítima, vecina de esta villa y natural de ella, huérfana que no conoció a sus padres, estando al presente enferma en cama del cuerpo; y ambos en su libre juicio y entendimiento otorgan poder para testar “el uno al otro y el otro al otro” para que puedan hacer su testamento como se tienen comunicados. Declaran que habrá tiempo de dieciocho años que contrajeron matrimonio, dicha Juana de Ojeda trajo de caudal 2 000 pesos que le legó doña Ana de Sandoval y Velilla Blanco, mujer legítima del Capitán Nicolás Blanco y dos negritas nombradas Teodora y Antonia; por su parte don Tomás López tiene de caudal como 9 000 pesos que heredó de sus padres, que están cargados sobre la hacienda San José [Suchiatl]; durante su matrimonio han tenido por hijos a don Francisco que será de dieciséis años, a don Tomás de catorce, don Miguel de diez, don José de cuatro, don Agustín de Sagade Bugueiro de dos años y medio. Para el cumplimiento de este testamento se nombran por albaceas “el uno al otro y el otro al otro”, y en el remanente que quedare de todos sus bienes, instituyen por sus únicos y universales herederos a sus hijos legítimos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0005 · Pièce · 1696/01/27
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan García de Miranda, vecino de esta villa, dijo que el 23 de diciembre de 1695 el Capitán Alonso López [de Sagade Bugueiro], Alcalde Ordinario que [roto] fue de esta villa, lo nombró por tutor y curador de la persona y bienes de Teresa Hernández, menor huérfana, hija legítima del Sargento [roto] Antonio Hernández [roto] y de Magdalena de Alcalá, [roto] en los autos de inventarios y aprecios, y en la partición de los bienes que quedaron por muerte de doña Isabel Galván, quien nombró a dicha menor por su heredera junto con Juan García de Miranda; en cuya conformidad y en atención a que la cantidad que le cupo a la dicha menor por su hijuela de partición fue de 607 pesos [roto] real y 5 granos y confesando que dicha cantidad está en su poder; otorga recibo en forma y se obliga a tener dicha cantidad en lo mejor parado de sus bienes para entregárselos a Teresa Hernández luego que tenga edad competente o tome estado y se le mande por el señor juez. Y para el seguro de dicha cantidad hipoteca un trapiche de hacer azúcar que tiene en la jurisdicción de esta villa y otorga como fiador a Antonio Martínez.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0003 · Pièce · 1681/02/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Catalina de Esparragossa [Esparrogosa], mujer legítima de José de Leyva [Leiva], vecino y Regidor de esta villa, con expresa licencia de su marido, dijo que por cuanto su marido y ella poseen en la jurisdicción de esta villa de Córdoba, un trapiche de hacer azúcar, cuyas tierras lindan por el oriente y parte del norte con tierras del trapiche que fue de Gaspar González, por lo restante del norte con tierras de los herederos de José de Brito; por el poniente con baldíos de esta villa; y por el sur con tierras del Capitán Nicolás Blanco. Asimismo, señala que tiene en esta villa una casa de vivienda con las paredes de cal y canto, cubierta de teja; sobre dicha hacienda de trapiche y casa tienen impuesto y cargado 1 000 pesos de principal de un censo a favor de la obra pía para casar huérfanas, que mandó instituir y fundar de sus bienes el padre Juan Francisco Ricardo, difunto, Cura Beneficiario que fue del partido de Tlacotepec; y para aumentar dicha hacienda de trapiche pretenden imponer y cargar sobre ella a censo principal redimible otros 500 pesos de oro común, los cuales para dicho efecto les da y tiene [roto] el padre Diego Jaymes [Jaimes] Ricardo [Villavicencio], actual Cura Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico de dicho partido de Tlacotepec y patrón de dicha obra, para que a favor de ella hagan la imposición sobre dicha hacienda de trapiche y casa. Para cumplimiento de lo anterior otorga poder a dicho Regidor José de Leiva, su marido, para que en su nombre y juntamente imponga y cargue sobre sus personas y bienes el dicho censo de los 500 pesos, y la obligue a la paga y satisfacción de sus réditos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0017-PC_0017_0037 · Pièce · 1681/10/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Francisco de Solís, Alguacil Mayor por Su Majestad de esta villa de Córdoba y San Antonio Huatusco, menciona que el 17 de octubre del mes de agosto del presente año otorgó testamento, sin embargo a la fecha se le ofrece añadir y quitar algunas cosas a dicho testamento y para darle efecto por vía de codicilio ordena lo siguiente: Declara que por cláusula testamentaria ordenó que después de los días de doña Gertrudis de Gatica, su mujer, con lo que rentaren en una casa que tiene en la ciudad de la Veracruz y otra en la villa de Córdoba, se saque una huérfana el día de San Antonio de cada año, y por la presente fecha ordena que a la huérfana que saliere se den solamente 300 pesos para su dote y de lo que restare de dichos arrendamientos se han de pagar los réditos de los censos que la casa de Veracruz tiene impuestos. Asimismo, ordena que en la elección que el Cabildo hiciere de las huérfanas que dicha obra pía hayan de salir, sean preferidas las parientas del susodicho o de su esposa. También declara que le adeudan las siguientes personas: Luis de Ulloa, hermano de la Tercera Orden; Salvador Pérez Milián; y los bienes del difunto don Gaspar González. Declara que de los “dos mil treinta y tantos pesos” que entregó al Capitán Francisco Canales [y Gacio] para llevar a Castilla se le adeudan 900 pesos, y si pareciera haber cobrado algo más de que no se acuerda se rebaje de dichos 900 pesos. Por otro lado señala que tiene en su poder el valor de un tercio de cordobanes de cuenta de Juan de Arebalo [Arévalo], vecino de Tecamachalco, y otro tercio de cordobanes del susodicho, ordena se le pague. Por último declara por sus bienes una mulata nombrada Antonia que está en servicio de doña María Pastrana.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0018-PC_0018_0014 · Pièce · 1682/05/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Manuel Gómez Ávila [Dávila], vecino de esta villa de Córdoba, casado con Juana de Gatica Padrón, huérfana criada en la casa de la morada de Jacinto Pérez Padrón, vecino de esta villa, dijo que dicho Jacinto Pérez y doña Juana de Contreras Gatica, su mujer, le mandaron por dote 955 pesos y 2 reales en bienes y reales que por la presente declara ha recibido. Asimismo, el otorgante por la honra de la limpieza y virginidad de su esposa le da y manda en arras propter nuptias 500 pesos de oro común, que suman con la dote la cantidad de 1 455 pesos y 2 tomines, los que se obliga a tener seguros y conservados en su persona y bienes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0019-PC_0019_0007 · Pièce · 1683/03/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio de Brito Lomelín, vecino de la villa de Córdoba, hijo legítimo de Salvador de Brito [Lomelín], difunto, y de [Andrea] Rodríguez [de Ortigosa], ordena su testamento de la siguiente manera: Ordena que el día de San Antonio de Padua de cada año se den seis arrobas de aceite para la lámpara del Santísimo Sacramento de la iglesia parroquial de esta villa. Manda se den al síndico de la Tercera Orden de San Francisco de esta villa 3 pesos de limosna. Manda se den 500 pesos a Juana de Arévalo, huérfana que ha criado en su casa, casada con Juan de Castro. Ordena que para la perpetuidad de las cosas que dejó dispuesto, queden éstas situadas sobre su hacienda de trapiche de hacer azúcar. Declara por bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar compuesta de 6 caballerías de tierra, una capilla, casas de calderas de purgar, asoleadero y otros jacales de vivienda de los sirvientes [roto] de la hacienda y trece esclavos y esclavas, 8 suertes de caña dulce, una recua. Nombra por albacea y tenedor de bienes al Bachiller Bartolomé Brito [Lomelín], Clérigo Presbítero, su hermano, a quien también nombra como heredero junto con [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], su madre. Ordena se le pague a sus sobrinos Miguel y Manuel Moreno que han trabajado en su trapiche. Declara que su padre lo dejó nombrado albacea, a lo cual él se desistió y su madre fue quien corrió con dicho cargo, señala que de los bienes que quedaron de su padre no entró en su poder cosa alguna, habiendo comprado él las tierras de su trapiche con sus suplementos y prestamos de amigos, y con su trabajo pagó lo que debía su padre de su funeral y cumplió su testamento. Ordena se den a Josepha [Josefa] de Brito [roto] 2 000 pesos de oro común y si la susodicha a los tres años después del fallecimiento de él hubiera tomado estado, manda se le entreguen para su sustento.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0006 · Pièce · 1716/01/31
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al Señor don Francisco Valero y Espinosa, Alcalde Ordinario por Su Majestad, una hacienda de dicho beneficio nombrada San Juan Baptista [Bautista] en esta jurisdicción, la cual linda por el oriente con ejidos del cabildo de esta villa; por el poniente con el comedero de Sacatepeq [Zacatepec]; por el norte con tierras del Licenciado don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero; y por el sur con tierras de Francisco Valero. Dicha hacienda la hubo y heredó del Regidor José de Leiva, su padre, asimismo, las tierras son las mismas que el Ilustre Cabildo de esta villa le repartió a Juan de Miranda y Leiva, su abuelo, como uno de los treinta primeros fundadores. La hacienda se compone media caballería de tierra, casa de vivienda de cal y canto, un asoleadero, una casa de calderas con su colgadizo, hornallas y pilares, trapiche con su molienda corriente, casa de purga, dos espumaderas, una bomba y un remillón, dos negros esclavos, nueve machos, doce suertes de cañas. La vende al precio de 7 300 pesos de oro común a censo sobre la hacienda y sus aperos, con la obligación de hipotecar y obligar al seguro de ellos 5 caballerías de tierra que posee el comprador por suyas a la linde de la citada hacienda. Asimismo, será obligado a pagar los réditos a razón de 5 por ciento anuales, por cuatrimestre y de la manera siguiente: 2 000 pesos que exhibirá de contado a Rafael y Miguel de Leiva, menores hijos y herederos del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, su hermano, y entregará para cuando tengan la edad competente; 500 pesos de los que entregará reconocimiento en favor de la obra pía para casar huérfanas que mandó instituir el Licenciado Juan Francisco Álvarez Ricardo, Presbítero; 2 000 pesos que quedarán cargados sobre dicha hacienda a censo en favor de la Madre Nicolasa Teresa de la Concepción, su hermana, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de Los Ángeles; 1 800 pesos sobre dicha hacienda a censo en favor de las religiosas Madres Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, sus hermanas, Religiosas Profesas del convento de Santa Clara de los Ángeles, y por fallecimiento de ambas, volverá el principal a los herederos y sucesores del Regidor José de Leiva; y los 1 000 pesos restantes se reconocerán sobre la hacienda a censo en favor del Comisario don José de Sagade.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0098 · Pièce · 1717/10/09
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ángela Ricardo, vecina de esta villa de Córdoba, mujer de Rafael García de Meza, otorga poder general al dicho su marido para que en nombre y en representación de su persona reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de los señores del Cabildo Eclesiástico de la iglesia de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y de quien con derecho pueda y deba, 450 pesos de oro común en reales, cantidad que le cupo de parte en dote de la obra pía de las huérfanas, que dejó dotadas por bienes el Licenciado don Juan Francisco Álvarez Ricardo, y de lo que recibiere y cobrare, de ello otorgue los recibos, cartas de pago y demás instrumentos que se le pidan.

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