Sebastián de Lero, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él se manifiesta que el 14 de abril de este año, doña Maximiliana Bueno, viuda de don Juan Palomeque, vecina de ésta, confesó haber recibido del Capitán don Francisco Antonio de la Llave, mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de ésta, 200 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular, con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, con el medio solar que posee por suyo propio, por herencia que le dejó su padre Alonso Bueno, dicha casa se halla en esquina, cogiendo dos calles, la una que del barrio que llaman el Calvario Viejo va a dar al del Barejonal, y la otra que del barrio de San Juan Tetitlán, alias las Casillas, va a dar a los ejidos de ésta, dicha casa está afecta por la misma cantidad en favor de la misma cofradía por instrumento que otorgó su padre en 8 de noviembre de 1720, y para seguridad de ambos principales hipotecó la referida casa y el medio solar.
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Blas Antonio Rodríguez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que en 6 de mayo de último mayo, el susodicho confesó haber recibido del Señor Capitán don Francisco Antonio de la Llave, Alcalde Ordinario de ella y su jurisdicción, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial, 50 pesos para reconocerlos por vía de depósito [roto] con obligación de réditos sobre un solar [roto] y casa de palos, cubierta de teja, situada en el barrio de San Juan de Teutitlán [Tetitlán], alias las Casillas; y se obligó a tenerlos y entregarlos en tiempo de cinco años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento, y para asegurar el pagó hipotecó el expresado solar y la casa.
UntitledVicente Gómez, exhibió dos copias testimoniadas de una propia escritura para que se registren en este libro y de ellas se manifiesta que en esta villa en 15 del corriente mes, el Capitán don Francisco Antonio de la Llave y don José Joaquín Enríquez, albaceas testamentarios de don Francisco de Castro Martínez, vendieron a doña Eugenia Gertrudis de Agra, viuda de don Agustín Alegre, vecina de esta villa, una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar propio de 25 varas de frente y 50 de fondo, ubicada en esta villa, en esquina, en dos calles, una que sale de la plaza Pública para el camino Real que va a la Nueva Veracruz y la otra que viniendo del ejido va a dar para el barrio que llaman Tetitlán, alias las Casillas; en precio de 2 100 pesos, los 1 050 que ha de reconocer sobre ella a censo principal redimible con obligación de réditos a favor de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial, con arreglo a lo que dispuso dicho difunto, y los 1 050 pesos restantes que dio de contado; por lo que la susodicha se obligó a pagar la cantidad con sus réditos de un 5 por ciento, y para mayor seguro del principal hipotecó la expresada casa.
UntitledDoña Agustina Vázquez, vecina de esta villa de Córdoba y viuda del Doctor Miguel de Prado, otorga poder especial al Sargento Miguel Díaz de Aguilar, hijo de la otorgante, para que en su nombre busque en la ciudad de la Nueva Veracruz o en la parte donde fuera conveniente, y tome a su dita y crédito la cantidad de 1 000 pesos de oro común en reales, de los cuales la obligue a pagar con los premios e intereses que ajustare, y en los plazos y tiempos que le fueren pedidos, otorgando en su nombre, la escritura o las escrituras de obligación que convengan. Y para seguridad de la paga, hipoteque una hacienda del beneficio de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción, además, una casa que tiene en esta villa de cal y canto cubierta de teja, que está en la calle que sale del convento del Señor San Antonio al barrio de las Casillas, la cual sólo se encuentra gravada con 300 pesos de principal a censo.
UntitledEl Capitán don Francisco José Rodríguez de Abouza, vecino de esta expresada villa, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, manifestó una escritura de 31 de diciembre de 1744, y en el consta que el Licenciado don Miguel Ignacio de Luque y Montenegro, Presbítero, Capellán del sagrado convento de señoras religiosas Carmelitas Descalzas de Santa Teresa de la Nobilísima ciudad de los Ángeles, en virtud y fuerza de poder de dicho Capitán don Francisco José Rodríguez se obligó dentro de nueve años a pagar 11 000 pesos de oro común, los mismos que el citado licenciado recibió de las arcas del convento, [para seguridad del principal] hipotecó su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor San Joseph [San José], alias Cacahuatal, y una casa que posee en esta villa en la calle Real en esquina, cogiendo dos calles, la una que baja de la plaza Pública y va al camino de la Nueva Veracruz y la otra que viene del barrio de San Sebastián y va al de San Juan Tetitlán, alias las Casillas; y de pedimento del otorgante la presente escritura fue registrada en este libro de censos.
UntitledDon Cayetano de la Parra, maestro cirujano, vecino de esta villa, exhibió un testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, por el que consta haber otorgado don Francisco Antonio de la Llave, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa, y con licencia del señor cura, la venta de una casa de cal y canto, que se compone de una sala y un corredor, fundada en solar propio con 20 varas de frente y 30 de fondo, ubicada en la calle que pasa a espaldas de la iglesia del barrio de San Sebastián y pasa a la del barrio de San Juan Tetitlán alias Casillas, al presente otorgante en 355 pesos, los 300 a reconocer a censo redimible sobre dicha casa que antes fue de don Pedro Álvarez Godoy, y los 55 restantes que exhibió de contado a dicho don Francisco como tal mayordomo, obligándose en ella a reconocer dicho principal a favor de la citada cofradía con hipoteca especial de la referida casa y a satisfacer sus correspondientes réditos de 5 por ciento en cada un año.
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