HIPOTECAS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0277 · Item · 1785/01/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan García de Malabear, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción nombrada San José de las Lagunas y San Francisco Tospan [Toxpan], hizo exhibición de una copia testimoniada de una escritura otorgada en 3 del corriente mes para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que don Leonardo Mateos Navarro, dueño que fue de las referidas haciendas, por escritura otorgada en la ciudad de México en 28 de septiembre de 1762 se obligó a reconocer sobre ellas con obligación de réditos, el principal de 3 000 pesos en favor de la obra pía de dotar huérfanas que fundó el Capitán don Manuel Fiallo en el Colegio de los Ex Jesuitas de la ciudad de Oaxaca, y que en consecuencia de haber pasado al referido don Juan García el dominio de las mencionadas haciendas, en virtud de remate que de ella se le notificó; y por tanto en la citada escritura otorgada por el susodicho, se obligó a reconocer sobre las referidas sus haciendas, sus fábricas, esclavos, cañas, ganados y demás pertenencias, los cuales se obligó a pagarlos a don José Moreno, Tesorero de la Santa Cruzada y Mayordomo del ilustrísimo señor obispo, y en el ínterin sus correspondientes réditos de 5 por ciento, y para seguridad del principal y réditos hipotecó las expresadas haciendas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0095 · Item · 1708/09/07
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga poder al Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa, para que en su nombre y representación demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de cualquier persona todas las cantidades de maravedíes, de oro, plata, joyas y otras cosas que le estuvieren debiendo; y para que con dichos sus deudores haga cualquier transacción, quitas, sueltas y esperas en poca o mucha cantidad. También le da poder para que venda cualquiera de sus bienes, joyas, esclavos, mercaderías, frutos de sus haciendas y otras cosas, a los tiempos que ajustare, comprando otros en su lugar en las calidades que sean necesarias, de contado o a censos, en penas e hipoteca, obligándolo a que redimirá sus principales, hipotecando su hacienda nombrada la Pura y Limpia Concepción, alias Acatengo, con todo lo que le pertenece. Asimismo, le da poder para que pueda pagar las cantidades de pesos que debiere a cualquier persona. Por último, le da poder para que lo defienda en todos sus pleitos, causas y negocios civiles o criminales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0109 · Item · 1708/10/19
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Nicolás Rodríguez Dávila, vecino y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, como principal; el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino y dueño de hacienda en esta jurisdicción; y Lorenzo de Guzmán, vecino de esta villa, como sus fiadores y principales pagadores que se constituyen, otorgan que se obligan de pagar al Capitán don Roque [Calderón] Salgado y Castilla, vecino de la ciudad de México, 3 000 pesos de oro común, los mismos que le ha prestado de contado, los cuales pagará en la siguiente manera: 2 000 pesos para el día 31 de enero de 1709, y los 1 000 pesos restantes el día 31 de julio de dicho año; para seguridad del pago don Nicolás Rodríguez hipoteca su hacienda nombrada Nuestro Señor San José Cacaguatal [Cacahuatal] y unas casas en esta villa; don Antonio de Leiva Esparragosa hipoteca su hacienda San Juan Bautista; y don Lorenzo de Guzmán, unas sus casas bajas de piedra y madera que tiene y posee en esta villa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0052 · Item · 1709/04/09
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Antonio de Lorza, Presbítero, residente en esta villa y vecino del pueblo de Orizaba, otorga que debe y se obliga a pagar a Domingo Mucio, vecino de esta villa y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, 225 pesos de oro común, los mismos que por hacerle bien y buena obra le ha prestado en reales de contado. Cuya cantidad pagará dentro de ocho meses y para seguridad de la deuda hipoteca un esclavo nombrado Juan Soberanes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0096 · Item · 1709/08/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, se obliga a pagar a doña Josefa de Origuela, niña doncella, la cantidad de 1 400 pesos de oro común en reales, los mismos que por hacerle bien y merced le prestó en reales doña Luisa Mayorga Cervantes, su madre, vecina de la ciudad de los Ángeles, perteneciente a la dote de la susodicha, por mano del Señor Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado de esta villa por Su Majestad, Vicario y Juez Eclesiástico en ella. Dicha cantidad pagará dentro de un año con sus réditos a razón de 5 por ciento al año y con hipoteca de una de sus haciendas de hacer azúcar que tiene en esta jurisdicción, nombrada Señor San José, la cual compró al Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa y está valuada en más de 30 000 pesos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0077 · Item · 1706/07/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa de Córdoba, Capitán actual de una de las Compañía Milicianas Españolas de ella, otorga que vende a Domingo Mucio, vecino de esta villa, una hacienda de trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph [José alias Panzacola], ubicada en el asiento que llaman de Tlacomulco; dicho trapiche se compone de un sitio de tierra para ganado mayor, que por una parte linda con tierras del Capitán Juan Gómez Dávila; y por la otra con tierras que fueron de doña Micaela Ramos. Declara que dicho trapiche le pertenece por haberlo fundado con su propio dinero, el cual lo vende con todo lo que le pertenece, según el arrendamiento que de él le hizo el 16 de octubre de 1704, en precio de 12 600 pesos de oro común; los 600 de ellos han de quedar sobre dicho sitio a favor del Capitán don Juan Mellado de Rivadeneira y los 12 000 se ha de obligar a pagar en la manera en que se declara en la escritura. La venta se realiza bajo las condiciones siguientes: Primeramente es condición que por cuanto la dicha hacienda la tiene hipotecada a la tutela de los hijos menores y herederos del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda del susodicho, su legítima mujer, cuya cantidad es bastante para su congrua; sin embargo, de tener el presente otorgante caudal bastante para ello, le da al citado Domingo Mucio dos a años de espera, y que los réditos él como otorgante los pagará. Es condición que cumplidos que sean los dos años, 1 de julio de 1708 hasta 1 de julio de 1709, ha de pagar dicho Mucio 2 500 pesos de los 12 000 con sus réditos y los que fueren corriendo en adelante por sus años cumplidos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0113 · Item · 1706/10/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez don Eugenio Serrano y Perea, residente en esta villa de Córdoba, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], otorga que debe y se obliga de dar y pagar al Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, y a don Tomás López de Sagade Bugueiro, su hermano, vecinos de esta villa de Córdoba, 1 000 pesos de oro común en reales de contado, los cuales pagará en dos años, y para seguridad del pago hipoteca una casa que posee en el pueblo de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec] y una tenería con todos sus aperos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0009 · Item · 1707/09/18
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Inés María de Serrano y Perea, viuda del Pagador don Juan de Buendía, difunto, vecino de esta villa de Córdoba, registró una escritura de obligación otorgada por el Bachiller don Juan López de Sagade Bugueiro, Presbítero, y don Tomás López de Sagade Bugueiro, su hermano, vecinos de esta villa, a favor de la susodicha y de sus menores hijos, de 4 236 pesos y 4 reales, a pagar dentro de dos años con sus réditos a razón de 5 por ciento en cada uno, con hipoteca de la parte que cada uno tiene en la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph [José Suchiatl] en esta jurisdicción. La escritura fue otorgada el 12 de [roto] de 1706.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0014 · Item · 1711/12/30
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa, exhibió un testimonio de una escritura, su fecha 29 de diciembre de 1711, otorgada por el susodicho y por los Capitanes Lope Antonio de Iribas, don Antonio de Leiva Esparragosa, don Nicolás Rodríguez Dávila y el Alférez don José Gómez Dávila, vecinos de esta villa, dueños de haciendas de hacer azúcar en su jurisdicción, sus fiadores, de cantidad de 3 800 pesos que se obligaron a pagar en términos de dos años a doña Inés María de Serrano y Perea y a sus menores hijos, con hipoteca de todos los bienes de los susodichos y especialmente de sus haciendas; la cual dicha escritura la exhibió para su registro en este libro del becerro.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0017 · Item · 1712/10/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel Sáenz de Rosas, Caballero del Orden de Calatrava, vecino de esta villa, exhibió para su registro en este libro una escritura de imposición de capellanía que mandó fundar por su alma y de sus bienes el Capitán don Hipólito del Castillo de Altra, difunto, Familiar que fue del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, Alguacil Mayor de la ciudad de los Ángeles, de 6 000 pesos de principal que debían imponer sus albaceas a censo redimibles sobre fincas seguras y abonadas de misas rezadas que se debían de decir por su alma, de sus padres y demás personas de su intención, diciendo en cada un año cien misas rezadas, dos en cada semana. Nombró por primer capellán al Muy Reverendo Padre Fray Baltazar del Castillo, su hijo, y por su muerte nombró por capellanes propietarios a los demás sus hijos legítimos, y para mayor seguridad del principal y réditos el dicho don Manuel Sáenz de Rosas hipotecó un trapiche de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora de Cosamaloapan, que posee en la jurisdicción de esta villa de Córdoba. La escritura fue otorgada en 17 de septiembre de 1698.

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