HIPOTECAS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0223 · Pièce · 1776/04/25
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, de él consta que en la ciudad de los Ángeles en 16 del corriente mes, el Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, vecino de ésta y residente en dicha ciudad, se obligó de pagar 2 000 pesos que las reverendas madres, presidenta del consejo, vicaria de casa, definidoras y contadoras del convento de religiosas de Santa Clara de dicha ciudad, le entregaron de sus arcas a satisfacerlas dentro de cinco años, y en el ínterin sus réditos; y para seguro del principal y rédito hipotecó una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en esta villa, en esquina, en dos calles, la una que va de la plaza Pública para la iglesia parroquial que llaman la Real, y sale al camino que va a Veracruz, y la otra que va de la plaza Pública para la iglesia parroquial.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0225 · Pièce · 1776/05/04
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Leonardo Mateos Navarro, dueño de hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción, vecino y del comercio de ésta, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que el 2 del corriente mes, en nombre del Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, y en virtud de su poder bastante de su pedimento en los autos de inventarios y avalúos de los bienes quedados por fin y muerte de su consorte doña Bárbara Carvajal, y en conformidad de dictamen, se le hizo aplicación y adjudicación de todos ellos en dominio y propiedad de las cantidades de sus avalúos, bajo las condiciones de pago a sus tres hijos menores don Ambrosio, don Mariano, doña María Gertrudis y doña Francisca Gómez del Corro de las cantidades de pesos que se les librase por sus hijuelas maternas, en la cuenta de división y partición que se forme luego que tomen estado o se habiliten por derecho, y en el ínterin convertir sus réditos en sus alimentos; por lo que dándose en nombre de su parte por entregado de dichos bienes y se obligó a su cumplimiento, y para el seguro del principal y el rédito hipotecó la hacienda intitulada San Juan Baptista Zacatepeque [San Juan Bautista Zacatepec], casa y demás bienes muebles.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0235 · Pièce · 1777/08/23
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel Álvarez de Abreu, de esta vecindad, hizo exhibición de una escritura para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que en esta dicha villa, en 21 del corriente, recibió del Capitán Francisco Antonio de la Llave, de esta vecindad y república, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio sita en la santa iglesia parroquial, 240 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular con obligación de réditos sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en 25 varas de solar de frente y 50 de fondo, el cual se halla en esta villa, en dos calles, la una que baja del barrio del Señor San José por el de la Cañada y va a dar al que nombran el Altillo, y la otra que cruza del ejido para la plaza Pública de ésta. Y manifestó que dicha cantidad la pagará dentro de cinco años y en el ínterin el rédito de 5 por ciento, y para mayor seguro del principal y rédito hipotecó la expresada casa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0241 · Pièce · 1778/04/06
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que en 4 del corriente mes doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, viuda del Capitán don José de Segura y Ceballos, hizo institución y fundación de una obra pía del principal de 10 000 pesos con arreglo a la disposición testamentaria que en virtud de poder bastante que le confirió dicho don José de Segura, otorgó en ésta con sus coalbaceas el Licenciado don Manuel de Rosas y don Gabriel de Segura y Ceballos, ya difuntos, en 1 de junio del año pasado de 1742, para que con sus réditos se conviertan en darle 100 pesos en cada un año a doña María Gómez y los 400 restantes para la niña doncella que nombrare anualmente la dicha doña Gertrudis como tal patrona, y que falleciendo dicha doña María, se agreguen a los 400; cuya institución hizo sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Cosamaloapan, alias Ojo de Agua, de la pertenencia de don Francisco José de Segura y Ceballos, su hijo, quien como es en su poder la dicha hacienda y en parte de su valor el referido principal de los 10 000 pesos se dio por entregado a su voluntad, y en conformidad de ello impuso y cargó la dicha cantidad sobre la insinuada hacienda, y se obligó a satisfacer sus réditos de 5 por ciento; cuya importancia de dichos réditos entregará dando 100 pesos a la dicha doña María durante su vida y los 400 pesos restantes como asimismo los citados 100 pesos por falta de la dicha María a la niña doncella que nombrare como va referido. Y para el mayor seguro de la paga del citado principal y sus réditos sujetó y gravó por expresa hipoteca la mencionada hacienda.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0248 · Pièce · 1779/09/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Vicente Gómez, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, su fecha a 9 del corriente, y de ella se manifiesta que el Licenciado don José de Leiva Blanco, Clérigo Presbítero de este obispado, vecino de ésta, por escritura de 19 de mayo de 1778, estando debiendo cierta cantidad de pesos a los bienes quedados por fin del Capitán don Ambrosio Gómez del Corro, con previo acuerdo de los Licenciados don Pedro Jerónimo y don Joaquín Laso, iguales Clérigos Presbíteros Domiciliarios de este obispado, albaceas testamentarios y tenedores de bienes del susodicho Ambrosio; los cedió y traspasó en cuenta y parte de pago de dicha deuda la cantidad de 3 000 pesos, mismos que le estaba debiendo don Manuel Santos de Terán por razón del importe de un rancho de sembrar tabaco que poseía el dicho licenciado y que le celebró venta; y que en virtud de dicha obligación se obligó el referido Santos a satisfacer a don Pedro Jerónimo Laso y don Joaquín Laso los 3 000 pesos en el mes de octubre del año venidero de 1781. También se manifiesta que tras el fallecimiento de doña Bárbara Carvajal, mujer legítima que fue del referido Ambrosio, le fueron adjudicados sus bienes al Licenciado don José de Leiva Blanco, bajo la obligación de satisfacer a los menores hijos legítimos y del dicho Ambrosio lo que a cada uno correspondiese en dichos bienes, por razón de su legítima herencia materna. Asimismo, se cita que siendo del cargo de dichos licenciados don Pedro Jerónimo Laso y don Joaquín Laso como tales albaceas y tenedores de los bienes de don Ambrosio, el reintegrarles lo que importare de ellos, en razón de que a la Madre Sor María de Jesús Joaquina de San Victoriano llamada en el siglo doña María Gertrudis Gómez del Corro, Religiosa Novicia en el convento de Nuestra Señora de la Concepción de la ciudad de la Puebla, le correspondieron en la cuenta de división y partición que se formó de los bienes de la referida doña Bárbara, como a una de sus legítimas hijos, por razón de su legítima y herencia materna la cantidad de 11 000 y más pesos; y mediante a estar próxima a su profesión, y para que ésta se verificara, era precisa circunstancia el que antes se otorgara en favor de dicho convento escritura de cesión de los mencionados 3 000 pesos, por razón del dote de dicha madre. Por tanto, los licenciados como tales albaceas procedieron a su efecto y cedieron al convento por razón de la dote de dicha madre los 3 000 pesos, para que los demande y cobre de don Manuel Santos de Terán, en el plazo en que está obligado, como asimismo los 150 pesos de sus réditos en la forma relacionada, y les confirieron poder para que siempre que lo demanden lo cobren y perciban, así como de los bienes hipotecados como de los fiadores don Toribio Rodríguez Cabanzón y don Domingo Ajamil. Finalmente, se señala que el expresado don Santos se obligó a satisfacer al referido convento o a quien por el fuere los conmemorados 3 000 pesos en el día 15 de octubre de 1781, como asimismo los 150 pesos de sus réditos mencionados a los tiempos y en la conformidad referida, y en seguras de dichas pagas, revalidó las hipoteca que tiene hecha en la citada escritura del mencionado rancho y demás bienes, y por lo tocante a dichos réditos los hipotecó, sujetó y gravó nuevamente por expresa y especial hipoteca para no poder venderlo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0252 · Pièce · 1780/06/05
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Joaquín de Tablas, Mayordomo de los propios y rentas del Ilustre Cabildo, hizo exhibición de un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y en él se manifiesta que, en esta villa, en 5 de octubre de 1778, don Lucas de los Ríos, de aquella vecindad, apoderado especial del Licenciado Juan Gómez Dávila, Clérigo Presbítero de este obispado, y éste último albacea testamentario de doña Marina Gómez Dávila, otorgó la venta de una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, ubicada en el barrio que llaman de Ixhuatlán, perteneciente a la susodicha, al Licenciado don Antonio José Bravo, Presbítero, en precio de 600 pesos, de los cuales 300 pesos se obligó a exhibir dentro de seis meses y los otros 300 por nueve años, con obligación de réditos de 5 por ciento, sobre la misma casa, con hipoteca de ella, en favor del convento de Señor San Antonio de Padua de esta villa y dotación de las tres misas anuales conforme a la voluntad de doña Marina.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0256 · Pièce · 1780/11/28
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Vicente Gómez, exhibió dos copias testimoniadas de una propia escritura para que se registren en este libro y de ellas se manifiesta que, en la ciudad de la Puebla de los Ángeles en 18 del corriente mes, el Capitán don Juan Agustín Urresola de aquella vecindad, en nombre de don Antonio Montes Rodríguez Peláez, vecino de Orizaba, principal deudor de la cantidad que se expresará; y de don Antonio Montes Argüelles, don Manuel Ames, don Marcos González, don Francisco Íñigo Vallejo y don Toribio Rodríguez Cabanzón, los cuatro primeros vecinos de Orizaba y don Toribio de esta vecindad; solicitó al obispo se le dieran de los principales exhibidos en las arcas del cofre de la santa iglesia parroquial de la referida ciudad, 6 000 pesos por vía de depósito irregular y calidad de réditos de 5 por ciento en cada un año por el tiempo de cinco años. Dicha solicitud la presentó por medio de los poderes el 20 de enero del presente año, la cual se ejecutó en 8 del presente mes, en donde se calificó de idóneos a los sujetos, razón por la cual le fue otorgada la cantidad que corresponde a dos capellanías de tres mil pesos cada una; por tanto, se mandó a que dicho Antonio Montes Rodríguez por medio de su apoderado otorgase escritura de obligación a favor de las capellanías, con hipoteca, y obligando a sus fiadores cada uno por la cantidad de 2 000 pesos. Y para dar cumplimiento a lo solicitado, el citado Capitán Juan Agustín Urresola, en nombre de Antonio Rodríguez, otorgó que debe los 6 000 pesos, y obligó a cada de los fiadores hasta en cantidad de 2 000 pesos, los que se pagarán dentro de cinco años, con sus respectivos réditos de 5 por ciento.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0274 · Pièce · 1784/03/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Francisco Antonio de la Llave, hizo exhibición de una copia testimoniada de una escritura para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta haberse otorgado en esta villa el 17 de septiembre de 1776 por el Capitán don Félix de Gándara, vecino republicano que fue de esta villa, por la que se demuestra que en 31 de julio de dicho año se celebró remate por don Francisco González de Albelda, Alcalde Mayor que era de ésta, al mencionado Capitán don Félix de Gándara de una hacienda de fabricar azúcar nombrada Señor San Joseph [José], alias el Corral, y un rancho de ganado mayor fundado en tierras pertenecientes al pueblo de Santiago Huatusco de este distrito, quedado por bienes de don Gaspar Fernández de Ávila, en cantidad de 39 000 pesos de oro común; y que hallándose la nominada hacienda afecta y gravada en la cantidad de 19 413 pesos y 6 reales de distintos principales que sobre ella se reconocen con obligación de réditos, de entre los cuales 2 506 pesos 7 reales pertenecen a don Diego Bringas de Manzaneda, vecino del pueblo de Orizaba. Por tanto, se obligó a pagar a las personas y obras pías, asimismo, se obligó pagar en rédito hasta que lo redima y a satisfacer la cantidad de 13 478 pesos 4 reales que quedaron purificados en favor de los herederos legítimos del referido don Gaspar Fernández de Ávila, y para asegurar los pagos hipotecó la expresada hacienda y dio por sus fiadores y principales pagadores a doña Ana María de Soto Guerrero, don Juan Antonio de Cora, don Antonio Hernández Navarro, don Ambrosio Gómez del Corro, don Miguel de Leiva Esparragosa, don Gaspar Mejías de Reinoso, don Agustín de Gándara y don Jacobo Pérez Richardi, en cantidad de 2 000 pesos cada uno.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0278 · Pièce · 1785/01/05
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan García de Malabear, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de fabricar azúcar en su jurisdicción nombrada San José de las Lagunas y San Francisco Toxpan, hizo exhibición de una escritura otorgada el día de ayer para que se registre en este libro, y de ella se manifiesta que don Francisco Mateos Navarro, vecino que fue del comercio de la ciudad de México, por él y en nombre de doña María Dávila Barrientos, vecina de ésta, viuda del Regidor don José Mateos Navarro, en virtud de su poder, se obligó y la obligó como dueños que eran ambos de dichas haciendas, a reconocer sobre la nominada San José de las Lagunas la cantidad de 8 500 pesos de principal, por escritura otorgada en 7 de junio de 1755, en favor de la obra pía de dotar huérfanas que se halla fundada en el Colegio de los Ex Jesuitas de la ciudad de Oaxaca, y a satisfacer sus correspondientes réditos de 5 por ciento en cada un año, por vía de depósito irregular, por tiempo de ocho años; y que habiéndose redimido hasta el presente los 6 500 pesos de dicho principal, han quedado existentes sobre la referida hacienda 2 000 pesos restantes, y en consecuencia de ella y de haber pasado al referido don Juan García el dominio de la mencionada hacienda, por remate que de ella se le hizo, ratificó en la citada escritura por lo tocante a dichos 2 000 pesos de principal y se obligó a reconocerlos sobre la referida hacienda de San José de las Lagunas en favor de la mencionada obra pía, y a darlos y pagarlos al Señor don José Moreno, Tesorero de la Santa Cruzada y Mayordomo del ilustrísimo señor obispo de dicha ciudad, y en ínterin sus réditos de 5 por ciento desde el año pasado de 1783, y para seguridad del principal hipotecó la expresada hacienda.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0069 · Pièce · 1708/07/12
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco de la Concha Cueva Rebollar, Alcalde Mayor de esta villa de Córdoba, Teniente de Capitán General en ella, el de San Antonio Huatusco, San Juan Coscomatepec, su partido y jurisdicción, como principal deudor, y los capitanes don Lope Antonio de Iribas, don Nicolás Rodríguez Dávila y don Juan de los Santos Cubillos, dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, y Antonio Millán Quijada, mercader, vecinos que son de esta villa, como sus fiadores y principales pagadores, otorgan que se obligan de dar y pagar al convento de señoras religiosas de Santa Clara de la ciudad de la Puebla de los Ángeles y en su nombre al Licenciado don José Arias Maldonado, mayordomo de dicho convento, 5 000 pesos de oro común en reales, los 3 000 que pertenecen al convento y los 2 000 a la Reverenda Madre María de la Encarnación, Religiosa de Velo y Coro de dicho convento, que por hacerle buena obra le ha prestado de mano de don Francisco Pibot y Tapia, albacea y tenedor de los bienes del General don Francisco Sigler del Rebollar, difunto, Alcalde Mayor que fue de esta villa, quien se lo debía a dicho convento, los cuales pagará en el término de dos años.