Bartolomé Laurencio, vecino de esta villa, exhibió un testimonio de escritura para que se registre en este libro, y de él consta haberla otorgado el expresado don Bartolomé en la ciudad de la Puebla de los Ángeles el 17 de febrero del presente año, y que dándose como en ella se dio por entregado de la cantidad de 4 000 pesos de oro común y se obligó a entregar al administrador de los maitines de la festividad del Corpus Christi que se celebra en la iglesia catedral de dicha ciudad, con hipoteca de una hacienda de fabricar azúcar nombrada Señor San José [Joseph] de Abajo que posee en término de esta jurisdicción, y unas casas de edificio alto y bajo que posee en esta villa.
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Don Bernardo de Ceballos, Alcalde Ordinario, exhibió el testimonio de una escritura, en donde consta que don Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, de esta vecindad, recibieron del expresado Bernardo como heredero albacea de don Carlos Mosquera, vecino que fue del pueblo de Orizaba, la cantidad de 8 000 pesos de oro común, obligándose a mantenerlos en su poder por vía de depósito irregular y tiempo de nueve años en favor de la escuela de niños de todas calidades y condiciones, que conforme a la voluntad de referido don Bernardo y a beneficio del alma del citado Mosquera ha de establecerse en dicho pueblo de Orizaba; y a pagar sus réditos de 5 por ciento, para seguridad del pago hipotecaron una casa principal de edificio bajo de cal y canto, cubierta de madera y teja, fundada en solar propio que tiene en esta villa, y una hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada San Joseph [José] del Cacahuatal con todo lo que le pertenece.
Sem títuloBernardo de Ceballos, vecino republicano de esta villa de Córdoba, Alcalde, exhibió tres testimonios de otras tantas escrituras, y en el primero consta que Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, ambos de esta vecindad, recibieron del citado don Bernardo como heredero, albacea y fideicomisario de don Carlos Mosquera, vecino que fue del pueblo de Orizaba, la cantidad de 2 000 pesos de oro común, obligándose a mantenerlos en su poder por vía de depósito irregular y por tiempo de nueve años a favor de la fiesta anual, que conforme a la voluntad de don Bernardo y a beneficio del alma del citado Mosquera, ha de celebrarse perpetuamente en el convento de San Antonio de esta villa y con toda la solemnidad al Apóstol Santiago el 25 de julio de cada año. Del segundo testimonio consta que los expresados don Gaspar Mejías de Reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, confesaron haber recibido de don Bernardo de Ceballos, la cantidad de 3 000 pesos de oro común, por los mismos que en nombre de dicho difunto don Carlos Mosquera y a beneficio de su alma aplicó el referido don Bernardo a doña Ana María Mosquera, su sobrina, niña doncella, vecina del pueblo de Orizaba, hija legítima del Alguacil Mayor don Pedro Bernardo Mosquera de Valladares y de doña Francisca Javiera Gutiérrez del Mazo, difuntos, para que cuando tome estado se le entregue el expresado principal, y mientras se le satisfagan sus réditos, y si falleciere la susodicha sin tomar estado, entre desde el primer día de su muerte en el nominado principal y réditos la escuela de niños de todas calidades y condiciones, y se obligaron a tenerlos por vía de depósito irregular y a pagar a Francisca Javiera. Y en el último testimonio consta que Gaspar Mejías de reinoso y doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza, su mujer, otorgaron haber recibido del citado [Bernardo de Ceballos] la cantidad de 3 000 pesos de oro común [roto], en nombre de dicho difunto, los cuales aplicó [a] María Ignacia, niña doncella, hija legítima del Regidor don Pedro Laso y doña Juana de San Pedro Rodríguez Romano, todos vecinos de esta villa, para que cuando tome estado se le entreguen y en el entretanto se le den los réditos, y en caso de que fallezca sin tomar estado, entre en esta piedad el hospital de mujeres enfermas que se intenta fundar en esta villa, y si no tiene efecto la fundación, entre en el principal y réditos el convento de Señor San Antonio de esta villa para que se convierta en uno y otro en la obra material; de cuya cantidad otorgaron haber recibido y se obligaron a tener por vía de depósito irregular. Y para seguridad de las tres cantidades que suman 8 000 pesos hipotecaron el importe de las legítimas paternas y maternas de la mencionada doña Manuela Antonia Rodríguez de Abouza y Meza; una casa principal de edificio bajo de cal y canto cubierta de madera y teja que poseen en esta villa; y también una hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada San Joseph [José] del Cacahuatal con todo lo que les pertenece.
Sem títuloDon Pedro Ignacio de Andrade, vecino de esta villa, Procurador de Causas de su Audiencia Ordinaria, entregó un testimonio de una escritura otorgada en la ciudad de la Puebla de los Ángeles en 10 de este mismo mes y año, en la cual don Lucas Antonio de Vargas, Procurador de los Juzgados Eclesiásticos de dicha ciudad, en virtud de poderes de don Marcos José [Hería] y de don Pedro de Hería, su padre, ambos vecinos de esta villa, recibió 2 000 pesos de oro común de las arcas de capellanía y obras pías, y se obligó a pagar los 1 000 de ellos a favor de la capellanía que con la dote de 2 000 pesos fundó Juan Bautista de Priego, y los otros 1 000 a la obra pía que fundó don Diego de Padilla Ocampo, y para asegurar el pago hipotecó una casa principal de cal y canto cubierta de madera y teja, perteneciente a don Marcos José.
Sem títuloDon Pedro de Solís y Padilla, vecino de esta villa de Córdoba, hizo manifestación de tres testimonios de una misma escritura a fin de que se registre en este libro, y de ellos consta que don Gabriel de Segura y Ceballos, reelecto Alcalde Ordinario de la Nobilísima ciudad de la Puebla de los Ángeles, se dio por entregado de la cantidad de 6 500 pesos de oro común que por decreto del obispo se le mandaron entregar de los principales que se halla en las arcas del convento, capellanías y obras pías; y en dicha escritura se obligó a pagar los 3 150 pesos a quien fuere parte legítima de la capellanía que se fundó por el alma y de los bienes de Magdalena Sánchez de la Barba; 1 550 por la que mandó fundar doña Andrea Carmona Tamariz; y los 1 800 restantes a la Madre Ana María Dominga de San Pantaleón, Religiosa Profesa en el convento de la Santísima Trinidad; y que haría los pagos de las tres cantidades dentro de dos años con sus réditos de 5 por ciento. Y para mayor seguridad del pago hipotecó una hacienda de fabricar azúcar titulada Señor San Joaquín que tiene en esta villa.
Sem títuloDon Cayetano de la Parra, maestro cirujano, vecino de esta villa, exhibió un testimonio de una escritura a efecto de que se registre en este libro, por el que consta haber otorgado don Francisco Antonio de la Llave, como mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de esta villa, y con licencia del señor cura, la venta de una casa de cal y canto, que se compone de una sala y un corredor, fundada en solar propio con 20 varas de frente y 30 de fondo, ubicada en la calle que pasa a espaldas de la iglesia del barrio de San Sebastián y pasa a la del barrio de San Juan Tetitlán alias Casillas, al presente otorgante en 355 pesos, los 300 a reconocer a censo redimible sobre dicha casa que antes fue de don Pedro Álvarez Godoy, y los 55 restantes que exhibió de contado a dicho don Francisco como tal mayordomo, obligándose en ella a reconocer dicho principal a favor de la citada cofradía con hipoteca especial de la referida casa y a satisfacer sus correspondientes réditos de 5 por ciento en cada un año.
Sem títuloDon Pedro de Solís y Padilla, exhibió un testimonio para que se registre en este libro y en él consta que el Licenciado don José Miguel de Figueroa, Presbítero de este obispado y vecino de esta villa, el día 4 del presente en la ciudad de los Ángeles, confesó haber recibido en el cofre de la santa iglesia Catedral, la cantidad de 1 500 pesos de oro común, pertenecientes a la obra pía que han de fundar los Licenciados don Cristóbal de Escalona Matamoros y don Manuel Mariano de Loaiza, Presbítero, como albaceas de Mateo Grajales; en cuya consecuencia se dio por entregado y obligó a pagarlos en tiempo de cinco año, y para asegurar el principal hipotecó una casa de altos, cubierta de madera y teja.
Sem títuloDon Andrés Gómez, de esta vecindad, exhibió el testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta que en esta dicha villa, recibió de don Bernardo de Ceballos, como mayordomo de la archicofradía del Santísimo Sacramento sita en la santa iglesia parroquial, 400 pesos pertenecientes a dicha archicofradía, los cuales impuso y cargó por vía de depósito irregular sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en solar propio, y se obligó a pagarlos cuando se lo pida la archicofradía y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año, para seguridad del principal hipotecó la expresada casa.
Sem títuloEl Señor Capitán don Francisco Antonio de la Llave, Alcalde Ordinario [roto] mayordomo de la cofradía de las Benditas Ánimas del Purgatorio, sita en la iglesia parroquial de ésta, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que esta villa el 12 de noviembre de 1774, el expresado capitán como mayordomo de dicha cofradía, otorgó escritura de venta a doña Antonia de Olivos, de esta misma vecindad, de una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, fundada en medio solar de tierra en esquina, en dos calle, la una que de la plaza Pública por donde está el tajón de la carnicería de carne de toro o novillo se sale para el camino de San Juan Coscomatepeque [Coscomatepec], y la otra que del puente del río que nombran de San Antonio se va a los ejidos. La venta la hizo en cantidad de 1 500 pesos, los mismos que ha de reconocer sobre ella en favor de la citada cofradía con obligación de satisfacer sus correspondientes réditos de un 5 por ciento en cada un año al referido Francisco Antonio como actual mayordomo de la cofradía. Asimismo, en dicho testimonio consta que la referida Antonia para asegurar el pago del principal hipotecó la expresada hacienda y medio solar.
Sem títuloDon Vicente Gómez, de esta vecindad, hizo exhibición de un testimonio de escritura otorgada en la ciudad de Puebla en 10 del corriente mes, por doña María Gertrudis de Gorospe y Padilla, vecina de ella, viuda del Capitán don Gabriel de Segura y Ceballos, Regidor Honorario que fue de dicha ciudad, su albacea testamentaria, tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de sus menores hijos, en la que está incluido el auto en que se le hizo adjudicación de todos los bienes, y donde se obligó de pagar de lo que se les libre en las cuentas de división y partición cuando tomen estado, y en el ínterin sus réditos los convertirá en alimentos y crianza de los menores, con hipoteca de todos sus bienes.
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