Don Manuel Allen, de este comercio y vecindad, otorga que ha recibido de doña Teresa Méndez, de esta misma vecindad, la cantidad de 200 pesos en reales efectivos, cuya suma es la misma que le suplió mediante escritura de obligación el 6 de noviembre de 1802, por cuya cantidad hipotecó una casa ubicada en el Callejón del Chorro del Poblano, por lo que da por cancelada dicha deuda.
HIPOTECAS
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Doña María Gertrudis y doña María Feliciana Segovia y Borja, hermanas, vecinas de esta Villa, mayores de 25 años, de estado libre la segunda y casada la primera con Gregorio Hernández, otorgan que han recibido de don Martín Sánchez y Serrano, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 212 pesos, que en varias partidas les ha suplido por hacerles beneficio y buena obra, de lo que le otorgan recibo en forma y se obligan a pagar y para la seguridad de ello, hipotecan una casa de paredes ubicada en la primera cuadra de la Calle de San Francisco de Paula por donde hace su frente, y del otro lado casa que fue de don Pedro Miguel Martínez, al fondo que es el sur con casa que fue de Diego [de] Vargas, al oriente con casa alta de don Juan Antonio Pardo, al poniente con casa que fue de don Mariano Soane.
Don José Fernández de Castañeda, de este comercio y vecindad, declara que debe y se obliga a pagar a la Cofradía de la Pura y Limpia Concepción la cantidad de 120 pesos, 100 pesos a la Cofradía de Nuestra Señora del Carmen y 100 pesos a la de la Santa Veracruz, cuyas sumas ascienden a 320 pesos y son las mismas que reconocía el finado Antonio Ortiz, maestro platero, sobre una casita ubicada en esta Villa que ahora es propiedad del otorgante, cuya cantidad se obliga a tener en calidad de depósito irregular por término de 5 años y a pagar el rédito de 5% anual. Como seguro de la deuda hipoteca la citada casa, ubicada en la segunda cuadra de la Calle del Calvario y Amargura, por donde hace frente hacia el poniente y del otro lado de la calle con casas de la Cofradía de Nuestro Padre Jesús; por el norte linda con casa que fue del finado don Miguel de Barradas; y por el sur con casa que fue del difunto don Pedro Hernández.
Don José Ignacio Pavón y Muñoz, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta Villa, dijo que en virtud del poder general que don Ignacio Ampaneda le confirió en la Capital de México el 18 de septiembre de 1807, declara que ha recibido de don Mariano Ladrón de Guevara y Campos, de este comercio y vecindad, la cantidad de 6 000 pesos, cuya cantidad es la misma que el compareciente le suplió a Guevara por orden de Ampaneda, quien otorgó escritura de obligación el 26 de septiembre de 1807, en la que hipotecó una casa ubicada en la primera cuadra de la Calle Real, cuya escritura queda cancelada por la presente.
José Huesca, avecindado en el paraje nombrado Rancho Viejo, jurisdicción de la Antigua, residente en esta Villa, declara que ha recibido de don Juan Francisco de Zulueta, de este comercio y vecindad, la cantidad de 400 pesos, obligándose a satisfacerla en el término de 2 años sin causa de réditos, pues le ha cedido por el mismo término de 2 años las tierras nombradas San Diego. Como seguro del principal hipoteca una casa ubicada arriba de la cuesta de Xallitic o Temascalapa, en la calle que desde la Plazuela del Carbón atraviesa hasta el Camino Real, que comunica a las garitas de Veracruz y México, y sigue para el Camino de Naolinco, la cual hace esquina con unas paredes que tiene al oriente y sur, por el primer rumbo hace su frente principal a dicha calle y del otro lado casa que fue de un tal Casas; por el sur linda con plaza que nombran de Juan Carbonero; por el norte con tierra de indios de esta Villa; y por su fondo hacia el poniente, con solar que fue del difunto Pascual Toral.
Don Mateo Badillo, del comercio de España, vecino de esta Villa, declara ha recibido de don Manuel Fernández del Campo, actual Subdelegado del Partido de Xicayán, en la Intendencia de Oaxaca, la cantidad de 1 300 pesos, cuyo principal es el mismo que suplió el otorgante a su padre, don Nicolás Manuel Fernández, a premio de 5% anual por término de 3 años, de cuya deuda otorgó escritura de obligación con hipoteca de dos casas ubicadas en la esquina de la Calle Real y de la Raqueta, cuya escritura cancela por la presente.
Don José Fernández de Castañeda, de este comercio y vecindad, declara que ha recibido de don Miguel Ignacio de Miranda, del comercio de la Nueva Veracruz, la cantidad de 1 276 pesos 2 y 3 octavos reales pertenecientes a la herencia paterna y materna de doña María Javiera de Medina, su sobrina, obligándose a tenerla en calidad de depósito irregular por término de 5 años con causa de réditos del 5% anual y con hipoteca de una casa de edificio alto y bajo, con un solar y paredes contiguo, situada en esta Villa, haciendo esquina a la Plazuela del Rey y Calle del Calvario, por donde hace su frente con 46 varas hacia dicha plazuela por el oriente; tiene 123 varas de fondo hacia el poniente, por donde hace otro frente con la Calle del Ganado y del otro lado casas de los herederos del difunto don Antonio López; por el norte con casa que fue del finado don José Joaquín Morales; y por el sur hace otro frente con el Callejón de Gallos, que va para la carnicería, y del otro lado casas que pertenecen a la Cofradía de Nuestro Padre Jesús de Nazareno y de la difunta doña María Josefa Ribot.
Doña María Josefa y don Joaquín de Herrasti y Alba, albaceas y únicos herederos de la difunta doña María Ignacia de Alba, declaran que han recibido de don Carlos Díaz y Herrero, marido de dicha doña María Josefa, y hermano político de don Joaquín, la cantidad de 8 500 pesos, que de la pertenencia de don Joaquín y del finando don José Mariano como herencia paterna, impuso la madre de ambos a premio de su poder y de la cual don Carlos Díaz otorgó escritura de obligación con hipoteca de una casa ubicada en esta Villa, en la esquina de la Calle Real y Callejón del Diamante, por lo cual otorgan cancelación de dicha deuda.
Don José Antonio de la Peña, vecino de esta Villa, albacea del difunto Juan Manuel del Cotarro, ratifica la escritura de obligación que Cotarro dejó en relación a sus bienes, con la especial hipoteca de una tienda, entregando por ahora la cantidad de 3 050 pesos del resto de los 4 000 del primer plazo vencido, aunque señala que el pago total es de 20 271, 6 y 5 octavos de reales que según dicha escritura debe hacerse a los 9 años de su fecha. Comprometiéndose a dar otras cantidades de dinero en diferentes fechas, dando para seguridad de dichos pagos las fincas de su esposa doña Josefa Gómez de Estrada y de María Concepción Rodríguez, morena libre, quienes se obligaron a no vender, enajenar o hipotecar hasta que la deuda este pagada.
Don Lino Carasa [Jiménez], de esta vecindad, como albacea del difunto don José de San Martín Murieta, otorga que separa de los bienes mortuorios de dicho San Martín, la cantidad 3 000 pesos, los cuales se obliga tener en depósito irregular, por término de 9 años, pagando el 5 % de réditos, que entregará al señor cura de esta parroquia o a las personas a cuyo cargo estén las misas de doce, para que se apliquen a ellas, y para seguridad de dicho capital, hipoteca una casa de cal y piedra de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, que quedó por bienes del mismo difunto, situada en esta Villa, en la Calle del Beaterio, y se compone de 23 varas de frente que lo hace al norte, dicha calle en medio y del otro lado casa Beaterio que fue de don Remigio Fernández y quedó por bienes de Mateo Badillo, y 46 ½ de fondo así al sur por donde linda con casa de don José Ignacio del Toro, por el costado del oriente linda con casa del Presbítero don Juan Nepomuceno [Fernández] de Ulloa, y por la del poniente con la de don Pablo Fraile [de] Santa María.