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              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0237 · Item · 09/03/1722
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Tomás Martínez Navarro, vecino del puerto de Santa María en los Reinos de Castilla, residente en el pueblo de Jalapa, dijo que el Capitán Juan Rodríguez de Tejada, vecino de la Ciudad de la Puebla, y Juan José de Thormes, de esta vecindad, le confirieron poder para cobrar a los herederos de doña Gertrudis de la Gala y Thormes, y en atención a que los albaceas del Capitán Antonio Cardeña se obligaron a pagar a doña Gertrudis de la Gala 1, 520 pesos 5 tomines y medio de oro común, 796 de ellos pertenecientes a los herederos de Juan de Thormes, en cuya virtud Tomás Martínez Navarro otorga que ha recibido de Félix Antonio y Vicente José Cardeña, hijos y herederos del capitán Antonio Cardeña, los mencionados 796 pesos de oro común de los cuales se da por entregado a su voluntad.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0310 · Item · 23/06/1723
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Esteban Márquez y el Alférez Francisco Bandala, vecinos del pueblo de Jalacingo, dijeron que tienen contratado sacar comisión para ser Juez del Real Asiento de los Naipes de la jurisdicción de Jalapa; el primero como principal y para ello se le ha de entregar diferentes porciones de barajas por el Capitán Pedro de Aróstegui, vecino de la Ciudad de Los Ángeles, quien les ha pedido otorgue escritura a su favor, en tal virtud confiesa haber recibido de los herederos del difunto José Joaquín de Villegas, y de don Antonio Caro del Castillo, Comisario General de la Real Fábrica 117 barajas, bajo las condiciones que se mencionan.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0298 · Item · 08/03/1717
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Francisca Espinosa Montero Matamoros, vecina del pueblo de Jalapa, dijo que por cláusula de testamento que otorgó don Tomás de Torres, dejó como heredera a doña María Josefa, su hija natural y al otorgante como su tutor, y en concurso de otros acreedores de su herencia con los instrumentos que justifican los derechos del otorgante y su hija para cobrar sus bienes y los réditos pupilares que hubieren corrido, en cuya virtud otorga poder al Licenciado don Francisco Orbe Arbieto y Tovares, Abogado de la Real Audiencia, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, al Capitán José Muñoz Calderón y a don Juan Dionisio de Luna, vecino de la Ciudad de la Veracruz, a todos de mancomún, para que lo representen ante las justicias que convengan y ante todas las que por esta causa puedan y deban conocer.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0412 · Item · 22/10/1718
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Francisca Suero Zavala, viuda de Bernardo Velásquez, vecina del pueblo de Jalapa, de una parte y por la otra Agustín Zavala y María Velázquez Zavala, viuda, de la misma vecindad, herederos del mencionado Bernardo, su padre, en concurso de Bernabela Antonia, viuda vecina de la Nueva Veracruz y Lorenza, soltera mayor de 25, ausentes, hermanos, prestando voz a los ausentes, venden a Sebastián Barradas, una casa de piedra, que linda con solar de Francisca Ramírez, con solar y casa que fue de Diego Sánchez, difunto, hace frente con el manantial de agua llamado Techacapa y con la Calle Real que sale de este pueblo para la Veracruz. La venta se hace en 600 pesos, 100 de ellos los ha recibido y los 500 restantes los ha de pagar de 100 pesos por cada viaje que haga con su recua cargada de la Ciudad de la Veracruz a la de México, Puebla o Tlaxcala.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0072-PX_0072_0036 · Item · 22/03/1808
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don José Mariano Rosado, Clérigo Domiciliario de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, otorga que vende a favor de su hermana doña Josefa Rosado, mujer y conjunta persona de don José Nicolás Campomanes, la mitad que le corresponde de una casa de edificio alto y bajo, que por herencia del difunto su padre don Pedro Antonio Rosado heredó a él y a la otorgante. La casa es de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en la tercera cuadra de la Calle Real y Barrio del Señor San José; se compone de 19 varas de frente a sur y 67 de fondo hacia el norte. La vende en 1 520 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0060-PX_0060_0038 · Item · 11/05/1795
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Juana Fernández de Castañeda, mujer legítima de don Pedro González de Peñalba, vecina de la Villa de Xalapa, otorga poder especial a don Francisco Javier del Callejo, vecino de la ciudad de la Puebla, para que en nombre de la otorgante, en calidad de madre y tutora de su menor hija María Josefa Carricarte, nieta y heredera de don Pedro de Carricarte, se presente en el juzgado donde corresponda el concurso y quiebra de doña María Ortega Caballero, difunta mujer que fue de don Pedro de Carricarte, y cobre el resto de la legítima herencia que pertenezca a dicha su hija.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0031 · Item · 1719/04/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              De una parte, el Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, marido y mujer, dueños de haciendas del beneficio de fabricar azucares en jurisdicción de esta villa; y del otro don Rafael de Leiva, casado, hijo del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, difunto, y de la dicha doña Agustina, de primer matrimonio. Dijeron que don Lope Antonio y doña Agustina, tienen nombramiento de tutores y curadores de la persona y bienes de don Rafael en la cantidad de 15 237 pesos 5 tomines y 10 granos que le cupieron en la hijuela de partición, asimismo, la cantidad de cuatro mil [roto] y cuarenta y un pesos que también le cupieron de herencia de su abuelo. Ambas cantidades están en poder de sus tutores y han corrido de réditos de una y otra cantidad 5 389 pesos hasta hoy día de la fecha, menos los gastos pupilares de Rafael correspondientes a manutención de su persona de 600 pesos anuales. Y ahora con ocasión de haberse puesto en estado don Rafael con Inés Valero Caballero de Grajeda, solicitó a sus tutores le entreguen su legítima paterna y abolenga, quienes aceptaron en hacerlo en una hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor San Joseph [José] con todo lo que le pertenece. Señalando como valuadores de tierras, campo de cañas, esclavos, ganados mulares y caballares a don Francisco de Aguilar, Regidor Perpetuo de esta villa por Su Majestad, y a don Francisco de Barrios; y por lo que tocaba a casa de trapiche, de calderas, de purga, asoleaderos, de vivienda y demás oficinas al Sargento Antonio de Villavicencio y a José Ramírez, maestro de carpintero; y por lo que tocaba a los cobres y demás herramientas a Juan de Aragón, maestro caldero, todos vecinos de esta villa. Presentando su avalúo, el día 5 de enero del presente año, de lo que dieron memoria simple a don Rafael de Leiva solo extrajudicialmente, quien dijo que estaba apreciado el sitio de tierra en más de lo que se había valuado por muerte de su padre y se convino con su tutor a que se le rebajase el exceso que eran 2 550 pesos de dichas tierras, y habiendo aceptado el tutor, la hacienda quedó en 31 783 pesos y 2 reales y lo demás del avalúo lo aprobó con más 2 262 pesos real y medio que importó el valor de otros bienes muebles; y según consta de memoria simple firmada por los susodichos, todo importa 34 045 pesos 3 reales y medio que tiene recibidos Rafael en el valor de la hacienda y bienes muebles, de cuya cantidad sus tutores le han pedido le otorgue recibo. Por lo cual, don Rafael otorga ha recibido del Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, sus padres, tutores, curadores y de sus fiadores los 34 045 pesos 3 reales y medio en la forma siguiente: 15 237 pesos y 5 tomines de su hijuela por su legítima paterna de los bienes del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, su padre; 4 641 pesos de legítima del Regidor don José de Leiva y doña Catalina de Esparragosa, sus abuelos; 5 389 pesos réditos de toda la mencionada cantidad hasta hoy día de la fecha. Rafael se obligará a reconocer sobre el trapiche la cantidad a favor de los capellanes que sabe y le consta al Capitán don Sebastián de Guevara y Lucio, vecino de la ciudad de los Ángeles, por cuya mano a corrido la paga [de los] réditos, asimismo, los ha de pagar don Rafael en el ínterin que no los redima su principal desde el día 20 de enero del presente año en adelante, dejando en su fuerza y vigor la escritura de su imposición y sus cláusulas, y llevará a su ejecución 500 pesos a favor de Juan José de Leiva para cuando tome estado o tenga la edad competente, y en el ínterin sus réditos desde el día 20 de enero del presente año; 1 250 pesos a favor del convento de religiosas Santa Clara de la ciudad de los Ángeles y en el ínterin que no los redimiere sus réditos desde dicho día 20 de enero pasado en adelante. Y los 4 027 pesos 6 reales y medio que pertenecen a doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su madre, y por muerte de ésta los deja a sus albaceas para dar cumplimiento a sus disposiciones y en el ínterin pagar sus réditos, que contarán desde el día 20 de enero pasado del presente año. De la hacienda y bienes muebles se dio por entregado a su voluntad, otorgando por ello recibo y cancelando la hijuela de partición y escritura de tutela y fianza. Como dueño de la hacienda de San Joseph [José] otorga sitúa y carga sobre ella los 8 777 pesos 6 reales y medio a favor de las personas que van mencionadas en esta escritura, a quienes reconoce como dueños y señores de ellas como con sus principales y se obliga a pagar sus réditos a razón de 5 por ciento anuales ínterin que no los redimiere.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0243 · Item · 1778/10/31
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Joaquín Antonio Fortunes, Presbítero, Abogado de la Real Audiencia de este reino, y de esta vecindad, hizo exhibición de tres copias testimoniadas de una escritura para que se registre en este libro, y de ella consta que en la ciudad de la Puebla de los Ángeles en 24 del que expira, doña María Gertrudis de Gorospe y Padilla, vecina de ella, viuda de don Gabriel de Segura y Ceballos; y como interesados don Mateo Romanos, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado, tutor y curador ad bona de los menores hijos del Coronel don Miguel de Sesma y Escudero, difunto; y don Joaquín Ramírez, marido de doña María Jacinta de Sesma Noroña, una de las hijas y herederas de dicho coronel y de doña Antonia María de Noroña Alencastre; presentó memorial ante el obispo Victoriano López Gonzalo, diciendo que sobre el ingenio de hacer azúcar nombrado Nuestra Señora de la Concepción Tuxpango que posee en jurisdicción de Orizaba, por adjudicación que se le hizo en los autos de inventario de su marido, se hallaban impuestos al 5 por ciento 52 000 pesos, parte del precio en que su marido lo compró al citado coronel don Miguel de Sesma y Escudero, y al presente toca a sus hijos y herederos. Asimismo, consta que “habiéndose puesto en estado la dicha doña María Jacinta de Sesma para entregarle al citado tutor la dote y herencia que le pertenece”, no obstante, que la dicha María Gertrudis no estaba obligada a exhibir cantidad alguna, sin embargo, deseaba tuviera efecto la exhibición de 26 000 pesos que es la legítima de dicha doña María Jacinta para lo que estaba pronta a subrogar otra tanta cantidad en su mismo lugar y grado; por lo que suplicó a su señoría ilustrísima se sirviera mandar se le entreguen al 5 por ciento de los principales que se hallaren en las arcas de los conventos de religiosas. Y por decreto de 21 le fue hecho pretensión a los interesados en dicha cantidad y consintió se otorgase por la dicha doña María Gertrudis la escritura de subrogación por los citados 26 000 pesos y sus réditos en la siguiente manera: 14 000 pesos que pertenecen a los propios y rentas del convento antiguo de religiosas Carmelitas Descalzas de San José y Santa Teresa de dicha ciudad; 9 000 pesos del peculio de la Reverenda Madre María Francisca de San Felipe Neri, Religiosa del de San Gerónimo, y los 3 000 pesos a la obra pía para limosna a pobres gachupines que vienen nuevamente de la Europa, que fundó el Señor Chantre don Alonso Pérez de Andrade; reconociendo la cantidad en el mismo lugar que se hallan a favor de don Miguel Sesma y al presente sus herederos, sobre dicho ingenio y la hacienda de hacer azúcar nombrada San Joaquín en esta jurisdicción, con expresa hipoteca de ambas fincas. Y para el otorgamiento de la escritura concurrieron el citado curador don Mateo Romanos y don Joaquín, marido de María Jacinta, por lo que poniendo en ejecución y dándose por entregados de los dichos 26 000 pesos lo subrogaron, colocaron y sustituyeron en el mismo lugar que tienen sobre dichas dos haciendas los referidos 52 000 pesos de los hijos y herederos de dicho coronel, a los que desistieron y apartaron de los derechos y acciones legales, que los 26 000 le pertenecen y cedieron y traspasaron en el expresado convento, peculio y obra pía; y en cuanto a los dichos 26 000 dieron cancelada la expresada escritura de imposición que en la venta que el dicho coronel hizo al citado don Gabriel de Segura y Ceballos. Por lo que respecta a los herederos, dejándola en su fuerza, así por lo que mira a la venta, como al favor de dicho convento, peculio y obra pía, y también por lo que toca a los otros 26 000 pesos que a los dichos menores le quedan, y la citada doña María Gertrudis reconoció sobre dichas dos haciendas los nominados 26 000, y por dueño y señor a dicho convento, peculio y obra pía, a cuyas partes se obligó a pagarlos y cuando los redima, y para mayor seguro ratificó la hipoteca de las fincas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0006 · Item · 1697/01/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Doctor don Manuel Fernández de Santa Cruz, Obispo de la Puebla de los Ángeles del Consejo de Su Majestad, dijo que por cuanto el Licenciado don Antonio Serda [Cerda], Presbítero del mismo obispado, lo instituyó y nombró por heredero en todos sus bienes, atento a no tener ascendientes ni descendientes, cuya herencia aceptó, y para mayor descargo de la conciencia de dicho licenciado y que presume sería de su voluntad el que se empleasen dicho bienes en la utilidad del convento de religiosas Recoletas de Santa Mónica del orden de Nuestro Padre San Agustín de la ciudad de Puebla; otorga hace gracia y donación al citado convento y sus religiosas de todos los bienes que le heredó dicho licenciado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0037-PC_0037_0090 · Item · 1702/09/05
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Diego García Calvo, Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles, Teniente de Cura de esta villa, Vicario y Juez Eclesiástico, otorga poder especial a Nicolás Álvarez, vecino de la ciudad de los Ángeles, y a Domingo de Córdoba, Procurador del Número de la Real Audiencia de México de esta Nueva España, para que en su nombre comparezcan ante el señor juez general de bienes de difuntos de esta Nueva España y ante otros jueces y justicias, tribunales superiores e inferiores que a su derecho importen, y sigan, fenezcan y acaben por todos artículos, grados e instancias relativos al poder para testar que doña Ana López de San José, su difunta tía, otorgó por el mes de julio pasado, por ante Bartolomé de Luey Escandón, Escribano Real, en que instituyó y nombró por sus albaceas testamentarios fideicomisarios a don Andrés José de Heredia, su hermano, y a Pedro de Molina, y del remanente de su bienes instituyó como heredero al otorgante y al Bachiller Antonio García Calvo, Presbítero, y a doña Rosa María García Calvo, sus hermanos, siendo esta última mujer legítima de don Andrés José de Heredia. Y por cuanto habiendo la dicha difunta declarado su última voluntad, el dicho Bartolomé de Luey en la cláusula de dichos herederos suspendió dicho poder y puso certificación de que la dicha “doña Ana López de San José estaba integra”, por cuya causa por el alcalde mayor de dicha ciudad de los Ángeles se hicieron diferentes autos, y uno con parecer de asesor en que declaró haber fallecido dicha difunta intestada, y dichos autos se remitieron al juez general de bienes de difuntos, a donde ocurriesen las partes interesadas a decir su defensa. Cuyo poder otorga para que en dicho tribunal pidan se declare dicho poder para testar por válido y el otorgante, junto con sus hermanos, como herederos universales, y que se levante el embargo hecho en los bienes de dicha difunta por la Real Justicia de la jurisdicción de Ysucar [Izúcar], y hasta que se consiga lo referido, pidan se remueva el depósito e dichos bienes en el dicho don Andrés José de Heredia, y hagan todo lo necesario para ello.

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