Don Juan Rodríguez de Tejada, residente en Jalapa, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, como marido legítimo de Juana de los Santos y Thormes, hija natural y heredera del Capitán Juan de Thormes, en virtud del poder en el cual acepta la herencia con beneficio de inventario y protestación de no confundir sus derechos, recibe del Alférez Sebastián de Flores Moreno, mercader vecino de Jalapa y de Gertrudis de la Gala y Thormes, como albaceas de su padre, la cantidad de 8, 103 pesos y 3 reales y medio.
HERENCIAS
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Pablo de Quiroz, vecino del pueblo de Jalapa, heredero de Lázaro de Quiroz, vende a Ángela de Quiroz, su hermana, mujer de Blas Ramírez, la parte que en una casa y solar le cupo de herencia de su padre, ubicado en la Calle de Tecuanapa, que mide 18 varas de frente y de fondo. La venta se hace con todas sus entradas, salidas, usos y costumbres, libre de censo, empeño e hipoteca, en 54 pesos de oro en reales.
Don Luis González de Lucena, vecino de Jalapa, como hijo legítimo y heredero del Capitán García González de Lucena y de doña Juana María de Vesa, vecinos que fueron de la Ciudad de Cádiz, cuyas herencias tiene aceptadas con beneficio de inventario, otorga poder especial en primer lugar a Julián González de Lucena, Caballero de la Orden de Santiago y Alguacil Mayor del Santo Tribunal de la Inquisición de la Ciudad de Moguel, en los Reinos de Castilla, y por su ausencia al Licenciado Lucas González de Lucena, Presbítero, y por la de ambos a Francisca González de Lucena, sus hermanos, vecinos de dicha ciudad, para que en su representación reciban cuentas de cualquier albaceas, depositarios o administradores que hayan dejado sus padres.
El Licenciado Juan de Alvarado, Presbítero, Cura del partido de Teziutlán, con poder del Licenciado Gabriel Pérez de Alvarado, dijo que habiendo hecho la cobranza de los réditos corridos de una capellanía de 1, 000 pesos de principal que le quedó debiendo Juan Bravo de Alarcón, cuyos fiadores fueron Diego de la Torre Arnate y Antonio Barradas, vecinos del pueblo de Jalapa, hallaron que los herederos de Juan Bravo no podían satisfacer la deuda ni proseguir con la obligación por no haber aceptado la herencia, ya que los bienes no eran equivalentes para todas sus dependencias y ha convenido con los fiadores hacerle devolución de las tierras en que están impuestos los 1, 000 pesos de la capellanía, por lo que quedan libres de obligación tanto en los bienes del difunto como sus fiadores.
Doña María de Neira Claver, española, doncella, vecina de Jalapa, dijo haber heredado de sus padres una esclava mulata nombrada Josefa, casada legítimamente con José Esteibar, natural de las Islas Filipinas, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, y porque le han pedido le otorgue carta de libertad, por la presente, dio su poder cumplido al Lic. Don Juan Jerónimo Duardo, Abogado de la Real Audiencia de Nueva España, vecino de la Veracruz, para que en su nombre cobre de los dichos José Esteibar y Josefa de Neira, su mujer, 300 pesos de oro común, y estando en su poder, otorgue en su nombre carta de libertad en favor de Josefa de Neira para que pueda residir donde quisiere, parecer en juicio, otorgar su testamento y otras disposiciones.
Juan Montañés de la Cueva, albacea, heredero y tenedor de bienes del Capitán Luis Fernández de la Flor y Pareja, otorga poder especial al Capitán de Caballos José Pérez de Arellano, para que en representación de su persona, se oponga a la apelación que puso Francisco de Thormes, y a los demás pleitos civiles, criminales, presentando la documentación, probanzas, testigos que necesite.
Francisco Javier Rodríguez, vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, junto con don Tomás Jerónimo Rodríguez, vecino de la Ciudad de la Puebla de los Ángeles, hermanos y residentes en este pueblo de Jalapa, herederos de don Tomas Rodríguez difunto y vecino de la ciudad de Veracruz, otorgan poder especial a don Juan Bautista Belaunzarán, vecino de la Ciudad de Veracruz, para que a sus nombres disponga lo necesario en el testamento de su difunto padre.\r\n
Don Dionisio Noriega, natural de esta Villa, dijo tiene en unión de su hermana, doña Gertrudis Noriega, tres casas bajas ubicadas en la Calle de la Raqueta de esta Villa, con el apelativo de la Sandria, mismas que heredaron de sus difuntos padres con varios gravámenes sin redimir; y por la presente acuerda con su hermana que ella administre dichas casas en la forma que le pareciere, dándole al otorgante 10 pesos mensuales para su subsistencia.
Don Mariano Antonio de Ávila, don José y don Pedro Rodríguez, mayores de 25 años, hijos legítimos de don Antonio Rodríguez y de doña Juana Josefa de Ávila, difuntos, vecinos del rancho de los Otates, y doña María Gertrudis de Ávila, de esta vecindad, viuda del difunto don José Joaquín de Zárate, por si y en nombre de su hermana y tía doña Dorotea de Ávila, viuda del difunto don José de Acosta, vecinos de los Otates, dijeron que como hijos que fueron del difunto don Antonio de Ávila, natural de la ciudad de la Habana, quien lo fue de don Francisco de Ávila, que murió en ella dejando bienes en que tienen parte los comparecientes como sus descendientes y habiendo legitimado sus personas y derechos, otorgan poder especial a don Francisco de Paula Cortés, de esta vecindad y comercio, para que en sus nombres cobre lo que resultase pertenecer al referido don Antonio de Ávila de herencia de su padre don Francisco de Ávila.
Don Rafael Pérez Lebrón, residente en esta villa, dijo que por cuanto ha fallecido doña Beatriz Pérez Lebrón en el lugar de Cudillero, Obispado de Oviedo, Principado de Asturias, en los Reinos de Castilla, hermana de su padre don Antonio Pérez Lebrón, difunto, e hijos de su abuela doña Rosa de Arango, la cual su tía quedó en posesión de los bienes de la citada su abuela, y correspondiéndole estos como uno de sus nietos, otorga poder especial a don Juan Manuel Blanco, vecino y del comercio de la ciudad de Veracruz, para que en su nombre se presente ante el juez de la testamentaria de dicha su tía doña Beatriz a promover sus derechos como heredero de su abuela.\t