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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0064 · Item · 1713/09/06
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lucas de Contreras y doña Josefa de Meza y Ascanio, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, como una de las hijas y herederas de doña Juliana de Villar y Estrada, su difunta madre, otorgan haber recibido de don Juan de Meza y Ascanio, su padre, vecino de esta villa, 2 706 pesos 5 reales y medio de oro común en reales, los mismos que le cupieron a doña Josefa de Meza y Ascanio por razón de su legítima materna. Declaran que el 19 de agosto pasado otorgaron otro recibo por la misma cantidad en una libranza contra el Alférez don Ambrosio Vidal, vecino de la Nueva Veracruz, y por tener en su poder dicha cantidad se dan por entregados para que no valga tal recibo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0056 · Item · 1714/04/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan de Leiva, vecino de esta villa, dijo que heredó de Jerónimo de Leiva, difunto, y de Isabel Pérez de Moya, vecina de esta villa, la cantidad de 135 pesos de oro común que recibió de Gertrudis Pérez, vecina de esta villa, viuda, albacea y tenedora de bienes de Andrés de Leiva, difunto, y don Francisco Valero y Alvarado, también albacea de dicho difunto; cuya cantidad tenía dicho Andrés en su poder por escritura de 30 de diciembre de 1711 y se obligó a pagarle de su legítima, mismos que se da por entregados, cancelando dicha escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0092 · Item · 1714/08/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Ortiz de Rosas, vecino de esta villa, marido y conjunta persona de doña Gertrudis de Carvajal, hija y heredera del Capitán y Regidor Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y de doña Juliana de Contreras y Cid, difuntos; otorga que recibido del Capitán don José de Carvajal y Contreras, Alcalde Ordinario de esta villa por Su Majestad, albacea testamentario y tenedor de bienes de dichos difuntos, 4 708 pesos 7 reales y medio, mismos que cupieron de parte a doña Gertrudis de Carvajal en la hijuela de partición que se hizo entre los demás herederos, con más 428 pesos y 2 reales de los réditos del tiempo de que la dicha se casó. Cantidad que el capitán se obligó a pagar, por escritura de 7 de julio de 1709, a favor de dicha su mujer y demás menores y de la que se dio por entregado y otorgó recibo en forma, cancelando la mencionada escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0037 · Item · 1715/03/15
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Hipólito del Castillo de Altra, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, tutor y curador de las personas y bienes de sus hijos menores y de doña Nicolasa del Monge y Mendoza, su difunta esposa; asimismo, albacea y tenedor de bienes del Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza, su difunto suegro, quien fue natural del lugar de Alfaro en la Rioxa [Rioja], hijo legítimo de don Diego del Monge y de doña Jacinta de Mendoza, difuntos. Como tal albacea, otorga poder general a don Juan Antonio Gambino, vecino de la ciudad de México, próximo a hacer viaje a los reinos de Castilla en la flota del General don Juan Esteban de Ubilla; y por su muerte, ausencia u otro impedimento al Capitán don Francisco de Eguilaz, vecino de la ciudad de Cádiz, dueño de uno de los navíos de la conserva de dicha flota; para que en nombre y en representación de su persona pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente en la ciudad de Alfaro en la Rioxa [Rioja], de los albaceas de don Diego del Monge y de doña Jacinta del Monge, o de doña Josefa del Monge, hija de los antedichos, o de sus albaceas y de quien en derecho pueda y deba, la herencia del remanente de los bienes de los susodichos que le cupieron a su difunto suegro. Si sobre dichas cobranzas fuere necesario contienda de juicio, hagan pedimentos, protestaciones, solturas, embargos y demás que se requiera, y conseguida la herencia guarden las órdenes que les dará por cartas misivas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0108 · Item · 1715/09/26
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Luisa de Brito Lomelín, vecina de esta villa de Córdoba, mujer de don Juan del Campo Vizcarra, hija y heredera del Alférez don José de Brito Lomelín, difunto, otorga poder a su marido don Juan del Campo Vizcarra, a don Juan del Campo González, vecino de esta villa, y a don José Francisco de Landa, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, a los tres juntos de mancomún y a cada uno con igual facultad, para que en nombre y en representación de su persona sigan y concluyan los autos, avalúos y juicios divisorios de los bienes que quedaron por muerte de su padre, el Alférez don José de Brito, asimismo, puedan nombrar, recibir y cobrar judicial y extrajudicialmente lo que le tocare a ella, sus hermanos y demás herederos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0053-PC_0053_0077 · Item · 1717/08/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila, dueño de trapiche de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa de Córdoba, y don José Manuel de Castro, vecinos de ella, dijeron que el día 7 del presente mes se le remató a don José Manuel el trapiche de hacer azúcar nombrado San Antonio de Padua, que quedó por bienes de don Juan Rodríguez Durán, padre de dicho capitán, mismo que poseía sin título don Manuel Gómez Dávila, más que con solo la administración de él; el cual se le remató en 29 159 pesos y 6 reales, y sobre cuya propiedad el citado Nicolás Rodríguez ha estado siguiendo artículo contra los albaceas del citado Manuel Gómez, su tío, sobre que presentaren el título de propiedad. Y respeto a “que somos mortales” y solicitan la paz, quietud y sosiego de sus hijos y herederos, se han comprometido y ajustado en lo siguiente: El Capitán Nicolás, dijo que hizo renuncia, cesión y traspaso en don José Manuel de Castro de todos los derechos que tiene sobre la hacienda nombrada San Antonio de Padua. Es condición que si el Capitán don Nicolás ganase en el litigio que sigue sobre el trapiche nombrado San Antonio y su propiedad, no le tiene que pedir a Castro más cantidad que en la que se le remató, en caso de declararse como suya y mandársele entregar por los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, y ha de ser obligado a mantenerlo en la propiedad de la hacienda como si por [él] en venta real se le hubiese celebrado escritura, quedando en la obligación de hacérsela buena y apartando a sus hijos y sucesores de la propiedad y derecho que a ella pudieren representar, dejándoles sólo el derecho de poder demandar la cantidad que quedase líquido pagado los acreedores que fueren o hubiesen sido del cargo de la hacienda del tiempo que la poseyó su padre. De cuya cantidad se le rebajarán 5 000 pesos que reconocerá a censo don José Manuel, los 3 000 a favor del convento de religiosas de descalzas de Santa Teresa de la ciudad de los Ángeles, 2 000 pesos a favor de la capellanía, cuyos cargos hoy se hallan sobre su hacienda nombrada Señor San José y cobrar como capellán el Bachiller don Nicolás de Barrios. Asimismo, 4 275 pesos que tiene a censo sobre las casas de su morada a favor de los menores hijos y herederos de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor Perpetuo que fue de esta villa. Y José Manuel de Castro hará obligación y reconocimiento sobre la hacienda a favor de los menores y pagará sus réditos a finales de cada año, que empezaron a correr desde el día del remate; con declaración, de que si alguno de los menores se pusiese en estado dentro de dos años de la fecha del remate ha de ser de cuenta del Capitán don Nicolás Rodríguez Dávila el pagar la cantidad que cada uno tiene de principal sobre la casa, y pasados los dos años, no poniéndose en estado cualquiera de los menores, al siguiente año se pusiesen en estado de casado o tuviese la edad competente dispuesta por derecho o ser sacerdote, don José Manuel le ha de entregar sus legítimas llanamente sin pleito alguno. Estando presente don José Manuel de Castro, se obligó a reconocer a censo en la forma y manera que van expresados, y a pagar sus réditos, junto con los réditos de los 4 275 pesos a favor de los menores del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, y que el principal con los 5 000 pesos antecedentes de la capellanía y religiosas, cargaría de principal sobre su hacienda nombrada San Antonio de Padua, y que si al tercer año se pusiesen en estado o tuviesen la edad competente entregará a los hijos y herederos del Regidor don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente sus legítimas por entero, y también se obliga a que entregará al Capitán don Nicolás Rodríguez, luego que se halla [roto] remate por los señores de la Real Audiencia de esta Nueva España, un cofre grande que tiene demás la hacienda y 18 piezas de esclavos y lo que quedare debiendo, según el avalúo liquidando la cuenta, incluyéndose en ella los censos arriba expresados, lo que restare a deber lo ha de reconocer a censo sobre dicha su hacienda y pagará sus réditos al Capitán don Nicolás Rodríguez o a los herederos, y los costos del litigio han de ser dé cuenta del dicho don José Manuel de Castro.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0055-PC_0055_0090 · Item · 1719/09/01
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don Nicolás Ruiz Buencuchillo, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, tutor y curador de las personas y bienes de doña María Teresa y don Antonio de Carvajal, hijos menores de don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y de doña Gertrudis Jaimes Navarro, difuntos, y como albacea, tutor y curador que fue de doña Nicolasa de Carvajal y Navarro, también hija de los susodichos. Cargo que usa para otorgar que recibió del Capitán don Nicolás Rodríguez [Dávila], vecino de esta villa y dueño de hacienda de trapiche, a saber [roto] en oro común, de los cuales 1 775 pesos importaron la legítima paterna y materna que quedaron a réditos sobre la casa que se le remató al susodicho en almoneda, y los 600 pesos restantes cumplimiento a réditos corridos hasta el 17 de junio pasado del presente año [roto]. De lo cual entregó carta de pago, recibo, cancelación y finiquito.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0122 · Item · 1720/11/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, mercader y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que los bienes del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, le están debiendo 1 240 pesos de que se halla opuesto a sus bienes como uno de sus acreedores en el juicio que se sigue ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, habiendo reconocido la deuda el Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, albacea del dicho capitán; y ahora con ocasión de haber tenido litis con los albaceas y herederos de doña María Milián Perdomo, su difunta suegra, sobre la parte que a la susodicha difunta le toca de herencia en los bienes de su hija doña Francisca Milián Perdomo, difunta esposa del otorgante, habiéndose ajustado que los bienes de su mujer, doña Francisca, quedaron condenados en 2 600 pesos, cuyas pagas fueron en ropa, reales y 693 pesos 3 reales que les había de traspasar en los 1 240 pesos que le deben los bienes de dicho Capitán Gómez Dávila. Por lo cual, otorga que cede, renuncia y traspasa a los herederos, hijos y nietos de la dicha difunta, los 693 pesos 3 reales para que los cobren de los bienes del Capitán don Manuel Gómez Dávila, cuyos herederos a sazón son los siguientes: doña Inés Milián Perdomo, hija del otorgante y mujer legítima de José Miguel de Rivera; doña Josefa Milián Perdomo, su hija, doncella; Estefanía Milián Perdomo, mujer legítima de Juan Francisco Sánchez; doña Brígida Francisca Milián Perdomo, doncella; doña Catalina Milián Perdomo, mujer legítima de Juan Mitre; doña María Josefa Milián Perdomo, mujer legítima de Juan de Barrios; doña Francisca Caravallo, mujer legítima de Joaquín Montaño; Gabriel José Suárez y su hermana Jerónima Suárez, nietos de la dicha difunta, en representación de sus padres y madres hijos legítimos que fueron de la susodicha.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0147 · Item · 1709/11/12
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Lorenzo Antonio Blanco, vecino de este pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], jurisdicción de la villa de Córdoba, otorga poder general a Dionisio Serrano y Perea, vecino de este pueblo, para que pida, demande, reciba y cobre judicial o extrajudicialmente de don Juan Mellado de Rivadeneira, de sus bienes, albaceas y herederos la cantidad de 6 000 pesos de oro común en reales, los mismos que paran en su poder y le pertenecen al otorgante por su legítima paterna de los bienes del Capitán Marcos Blanco, su difunto padre, los cuales Dionisio Serrano se obligó a pagár en la compra de la hacienda de Masapa [Mazapa], que hubo y compró a Micaela Ramos, madre del otorgante.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0011 · Item · 1710/02/16
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Ignacia Francisca Muñoz de Herrera, mujer legítima de don Francisco López del Castrillo, vecinos de esta villa de Córdoba, hija legítima y heredera del Capitán Juan Muñoz de Herrera, difunto, y de doña Felipa de Torres, otorga poder general a José Ramírez, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre como una de las herederas de su padre y donataria del Bachiller don Juan Muñoz de Herrera, su hermano, Presbítero, Cura Beneficiado por Su Majestad del pueblo de Acaiuca [Acayucan], Vicario y Juez Eclesiástico del obispado de Antequera valle de Oaxaca, también heredero de dicho difunto, pueda vender en concurso de sus demás hermanos, las dos partes que tiene en las casas que dejó su padre, ubicadas en la dicha ciudad de la Veracruz, en la calle que llaman de las Damas.

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